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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2024 (09/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Sábado 9 de marzo de 2024 El Peruano / o en su defecto por un tercero adjuntando una carta poder simple de autorización expresa, consignando el número del DNI de el/la titular que autoriza la solicitud del trámite. Artículo 7.- Publicación El presente Decreto Supremo es publicado en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 8.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZ Ministra de Educación 2268863-2 Aprueban la actualización al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00177-2024-MINEDU/SG-OGRH Lima, 6 de marzo de 2024VISTOS, el Expediente Nº OGEPER2024- INT-0106945; los Memorándums Nº 00265-2024-MINEDU/ SG-OGRH y Nº 00320-2024-MINEDU/SG-OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 00165-2024-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER y el O fi cio Nº 0807-2024-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER de la O fi cina de Gestión de Personal; el Informe Nº 00047-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME de la Unidad de Organización y Métodos; el Memorándum Nº 00155-2024-MINEDU/SPE-OPEP de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; y, CONSIDERANDOQue, el literal a) del numeral 2) del artículo 5 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece entre las funciones técnico-normativas del Ministerio de Educación, la referida a aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “ Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ”, (en adelante, la Directiva), la misma que establece y precisa normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, de acuerdo con el literal b) del numeral 5.1 de la Directiva, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) es el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE). Asimismo, para efectos de la elaboración de la propuesta del CAP Provisional del Minedu, se ha tomado en cuenta las responsabilidades dispuestas en los numerales 5.2.3, 5.2.4 de la referida directiva; Que, el numeral 6.4.1.1. de la Directiva, establece que la Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces puede actualizar el CAP Provisional de la entidad en atención a entre otros, el supuesto contemplado en el literal e. referido a: “ Otras acciones de administración del CAP Provisional que no afecten a los cargos, las posiciones, las correspondientes compensaciones económicas establecidas en el PAP vigente ni el cumplimiento de los límites dispuestos en los numerales 2 y 3 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público ; Que, el numeral 6.4.1.2 de la Directiva estipula que los ajustes que se realicen en el marco de la administración del CAP Provisional se aprueban mediante resolución de la ORH o la que haga las veces, de la entidad, previo informe de la OPP, o la que haga la veces, pudiendo SERVIR realizar controles posteriores a fi n de veri fi car que en ningún caso se hayan desconocido o modi fi cado los criterios que sus informes favorables hayan establecido; Que, asimismo, el numeral 6.4.1.3 de la referida Directiva, señala que ningún ajuste realizado en el marco del numeral 6.4.1.1, respecto a la actualización del CAP Provisional, puede modi fi car el total de cargos y posiciones del CAP Provisional aprobado; de igual forma, la actualización del mencionado documento de gestión institucional, no implica en ningún caso la eliminación de cargos en situación de ocupado, salvo que hubieran devenido en situación de previsto en el transcurso del tiempo; Que, el numeral 6.4.1.4. establece que las actualizaciones realizadas al CAP Provisional en el transcurso del año fi scal, aprobadas mediante resolución de la ORH, deben ser formalizadas, y compendiadas anualmente, como máximo, el 31 de diciembre mediante resolución del(la) titular de la entidad, bajo responsabilidad, y ser publicadas en los portales institucionales y de transparencia. Que, con la Resolución Jefatural Nº 00771-2023-MINEDU/SG-OGRH de fecha 30 de noviembre de 2023, se aprueba la actualización del CAP Provisional del MINEDU, reordenado mediante la Resolución de Secretaría General Nº 003-2023-MINEDU; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 197-2022-MINEDU, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Educación, modi fi cado con Resolución de Secretaría General Nº 216-2023; Que, con el Informe Nº 00165-2024-MINEDU/SG- OGRH-OGEPER la O fi cina de Gestión de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, sustenta la propuesta de actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, actualizado mediante la Resolución Jefatural Nº 00771-2023-MINEDU/SG-OGRH y reordenado con Resolución de Secretaría General Nº 003-2023-MINEDU, en el marco de lo establecido en los numerales 6.4.1.1 y 6.4.1.3 de la Directiva, sobre la base de la estructura orgánica contenida en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, y las funciones asignadas en dicha norma, precisando además que la citada propuesta no demanda mayores recursos presupuestarios; Que, la propuesta de actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Educación obedece a las siguientes necesidades institucionales: a) modi fi car la ubicación, denominación y clasi fi cación de los 08 cargos especi fi cados en el numeral 4.2 del Informe Nº 00165-2024-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER; y, b) realizar la modi fi cación de la denominación y de la clasi fi cación del cargo estructural de Ingeniero Civil, clasi fi cado como Servidor Público- Especialista, en situación de ocupado (O) de la Dirección de Saneamiento Físico Legal y Registro Inmobiliario a Técnico Administrativo, clasi fi cado como Servidor Público de Apoyo (SP-AP) en situación de ocupado (O) en la Dirección antes mencionada, según lo indicado en la Resolución Jefatural Nº00799-2023-MINEDU/SG-OGRH, con e fi cacia a la fecha de emisión de la presente resolución jefatural; Que, mediante Memorándums Nº 00265-2024- MINEDU/SG-OGRH, de fecha 02 de febrero de 2024 y