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20 NORMAS LEGALES Sábado 9 de marzo de 2024 El Peruano / Finanzas, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de DefensaEncargado del despacho delMinisterio de Economía y Finanzas MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZ Ministra de Educación 2268863-1 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Ministerio de Educación y de diversos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 024-2024-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante el O fi cio Nº 00711-2024-MINEDU-SG, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, a favor del citado Ministerio y de diversos gobiernos regionales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar la creación de mil cincuenta y seis (1,056) nuevas plazas de docentes, identi fi cadas como necesarias en instituciones educativas públicas, a fi n de culminar el fi nanciamiento de la brecha neta determinada durante el proceso de racionalización del año 2023; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00346-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del referido Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;Que, mediante Memorando Nº 0348-2024-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 0541-2024-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, señala que el costo estimado para fi nanciar mil cincuenta y seis (1056) nuevas plazas docentes, identi fi cadas como necesarias en las instituciones educativas públicas, con la fi nalidad de culminar el fi nanciamiento de la brecha docente determinada durante el proceso de racionalización 2023, a favor del Ministerio de Educación y de diversos gobiernos regionales, asciende a la suma total de S/ 35 712 864,00,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), por el periodo de marzo a diciembre del Año Fiscal 2024; Que, en consecuencia, corresponde autorizar, excepcionalmente, una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 35 712 864,00,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Educación y de diversos gobiernos regionales, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos, por su naturaleza y coyuntura, no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente Año Fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1.- Objeto1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 35 712 864,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Educación y de diversos gobiernos regionales, para fi nanciar, de manera excepcional, la creación de 1,056 nuevas plazas de docentes identi fi cadas como necesarias en las instituciones educativas públicas, con la fi nalidad de culminar el fi nanciamiento de la brecha docente determinada durante el proceso de racionalización del año 2023, aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 074-2023-MINEDU, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 35 712 864,00 ============ TOTAL EGRESOS 35 712 864,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : M. de EducaciónFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 507 285,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales