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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2024 (12/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Martes 12 de marzo de 2024 El Peruano / responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos, lo que, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia; Que, adicionalmente, a través del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley N° 31953, se han asignado recursos en el pliego SIS para que durante el Año Fiscal 2024, se fi nancie la continuidad de las políticas de Aseguramiento Universal en Salud dispuestas por los numerales 2.1, 2.2, del artículo 2 y los numerales 3.1, 3.2, 3.3 y 3.7 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 046-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera para fortalecer el Aseguramiento Universal en Salud en el marco de la Emergencia Nacional por la COVID-19, modi fi cado mediante Decreto de Urgencia N° 078-2021, así como fi nanciar los gastos de viáticos y transporte del personal de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) Públicas que participen en la atención de salud de las poblaciones comprendidas en los ámbitos de intervención; para lo cual los numerales antes mencionados del referido Decreto de Urgencia mantienen su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024; Que, con Resolución Jefatural N° 000019-2024-SIS/J, se aprueba la Directiva N° 008-2024-SIS/GNF-V.03 “Directiva de Monitoreo, Supervisión y Seguimiento a las Trasferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, estableciendo en el literal b) del numeral 7.1 del artículo VII que es responsabilidad de la Gerencia de Negocios y Financiamiento: “Realizar el proceso de monitoreo en gabinete a nivel fi nanciero y nacional en el marco de los convenios, adendas suscritas y actas de compromiso”; Que, el Seguro Integral de Salud, el Fondo Intangible Solidario de Salud y las Direcciones de Redes Integradas de Salud (DIRIS), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y los Gobiernos Regionales (GORES) han suscrito convenios para el periodo 2022-2024, con el objeto de brindar y fi nanciar las prestaciones de salud y administrativas de los asegurados SIS; Que, mediante Memorando N° 000204-2024- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional remite el Informe N° 000003-2024-SIS/OGPPDO-DDZ, por medio del cual emite opinión previa favorable de disponibilidad presupuestal y aprueba el Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 350, por el importe de S/ 1 539 267 838 (Mil quinientos treinta y nueve millones doscientos sesenta y siete mil ochocientos treinta y ocho y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas, y conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento; Que, con Memorando N° 000373-2024-SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional hace suyo el Informe N° 000005-2024-SIS/OGPPDO-DDZ, por medio del cual emite opinión previa favorable y aprobación de la ampliación de Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 350, por el importe de S/ 11 873 273 (Once millones ochocientos setenta y tres mil doscientos setenta y tres y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas, y conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento; Que, mediante Memorando N° 000486-2024-SIS/ GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento hace suyo el Informe N° 000004-2024-SIS/GNF-GPR, con el que se se propone la programación de transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 172,199,353, desagregados de la siguiente manera: por el mecanismo de pago Per Cápita el importe de S/ 82,941,092 (de los cuales por transferencias regulares corresponde el monto de S/ 46,743,459 y por ampliación del Decreto de Urgencia N° 046-2021 y su modi fi catoria es de S/ 36,197,633), por el mecanismo de pago por Prestaciones de Salud el importe de S/ 82,048,237, del cual, para el primer nivel de atención el importe de S/ 71,323 (de los cuales por transferencia regular corresponde el monto de S/ 56,961 y por ampliación del Decreto de Urgencia N° 046-2021 y su modi fi catoria es de S/ 14,362) y para el II y III nivel de atención por el importe de S/ 81,976,914 (de los cuales por transferencias regulares corresponde el monto de S/ 54,331,367 y por Ampliación del Decreto de Urgencia N° 046-2021 y su modi fi catoria es de S/ 27,645,547) y por el mecanismo de pago Pago por Prestaciones Administrativas (por expediente) el importe de S/ 7,210,024 (de los cuales por transferencia regular corresponde el monto de S/ 6,782,332 y por ampliación del Decreto de Urgencia N° 046-2021 y su modi fi catoria es de S/ 427,692), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las Unidades Ejecutoras detalladas en el adjunto del Informe N° 000003-2024/ GNF-YRC (…)”; Que, mediante Informe Legal N° 000141-2024-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, considera viable que la Jefatura del SIS, en su condición de Titular del Pliego, emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la de S/ 172,199,353.00 (CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Marzo 2024” que forma parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y adendas suscritos; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; en el Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030- 2014-SA y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de suma de S/ 172,199,353.00 (CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud – Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Marzo 2024”, que forma parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y adendas suscritos. Artículo 2.- Disponer que las unidades ejecutoras que reciban la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS por prestaciones de salud y administrativas diferencie, para su incorporación y ejecución, las actividades presupuestarias y/o secuencias funcionales, de acuerdo al Anexo N° 01 de la Directiva N° 008-2024-SIS/GNF-V.03 “Directiva de monitoreo, supervisión y seguimiento a las Trasferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, aprobada con Resolución Jefatural N° 000019-2024-SIS/J.