TEXTO PAGINA: 120
120 NORMAS LEGALES Viernes 15 de marzo de 2024 El Peruano / Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2025 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo 1.- APROBAR el Reglamento para el Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados para el año fi scal 2025 de la Municipalidad Provincial del Callao, que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza, el mismo que consta de 08 (Ocho) Capítulos, 23 (Veintitrés) Artículos, 3 (Tres) Disposiciones Finales y 6 (Seis) Anexos. Artículo 2.- PRECISAR que el proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados para el año fi scal 2025, se realizará de manera presencial. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como a la O fi cina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente ordenanza y su anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao). Artículo 4.- CONVOCAR a la Sociedad Civil organizada y a las Instituciones Públicas y Privadas de la Provincia Constitucional del Callao, a participar del Proceso de Presupuesto Participativo por Resultados para el año fi scal 2025. Artículo 5.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo 6.- DEROGAR toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2270255-1 REQUISITOS PARA PUBLICAR SENTENCIAS DE CASACIÓN, PROCESOS CONSTITUCIONALES Y PRECEDENTES VINCULANTES Las entidades públicas que requieran publicar documentos en las Separatas Especiales de “Sentencias de Casación”, “Procesos Constitucionales” y “Precedentes Vinculantes”, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. El personal autorizado y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O ficiales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta personal de correo institucional, a las siguientes cuentas o ficiales electrónicas, según corresponda: sentenciascasación@editoraperu.com.pe; procesosconstitucionales@editoraperu.com.pe; precedentesvinculantes@editoraperu.com.pe. 2. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O ficio en formato PDF dirigido al Gerente de Publicaciones O ficiales, en el que se solicita la publicación de las sentencias o resoluciones. En el caso de Procesos Constitucionales, se deberá precisar de manera expresa que las resoluciones remitidas son sentencias finales y/o resoluciones aclaratorias de las mismas. De lo contrario, deberá consignarse expresamente el consentimiento de pago para su publicación. En el caso de Precedentes Vinculantes, deberán consignar expresamente que las mismas constituyen precedentes de observancia obligatoria. b) En el o ficio de publicación se incluirá obligatoriamente la relación detallada de las resoluciones o sentencias que se remiten. c) El o ficio podrá ser firmado digitalmente consignando, además, el nombre y cargo del funcionario autorizado, al final del o ficio y/o con sello y firma manual. d) El archivo en formato Word de la información a publicar, deberá contener una sentencia debajo de otra. e) En todos los casos, se remitirá copia de la Resolución Original firmada en formato PDF, la misma que servirá de respaldo de las publicaciones, cuyo contenido será idéntico al archivo Word. La entidad cuidará que los documentos que remitan sean legibles. No se recibirán documentos físicos y se devolverán los documentos ilegibles. f) Las Sentencias de Casación deberán ser agrupadas de acuerdo a la Sala de Origen que las resolvió. 3. El contenido del archivo Word que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE Y CORRESPONDE ÍNTEGRAMENTE AL PDF DE RESPALDO. Por tanto se recomienda veri ficar que el archivo Word tenga el texto completo de cada sentencia, incluyendo la transcripción de los nombres y cargos de quienes la suscriben, así como la fecha de emisión. De esta manera, la entidad solicitante es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERÚ para su publicación. 4. En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O ficio y nombre de la institución. 5. En el contenido del correo electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario designado para resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 6. Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERÚ, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 7. Los documentos se recibirán de lunes a viernes, de 09:00 a 17:30 p.m. Las sentencias se publicarán dentro del plazo de ley, siempre y cuando cumplan con las formalidades y requisitos solicitados. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES