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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2024 (15/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 117

117 NORMAS LEGALES Viernes 15 de marzo de 2024 El Peruano / CÓDIGO INFRACCIÓN PROCEDIMIENTOSANCIÓN %UITOTRAS SANCIONES 8-005Dictar bajo efectos de alcohol, droga u otros estupefacientesResolución de Sanción150%Decomiso Revocatoria de la Autorización 8-006Por propiciar, incentivar o mantener enfrentamiento físico entre integrantes de otras escuelas de tablas autorizadasResolución de Sanción200%Decomiso Revocatoria de la autorización 8-007Ceder, suplantar o utilizar una autorización que no corresponde al titular de la mismaResolución de Sanción300%Revocatoria de la autorización 8-008No contar con Botiquín de Primeros AuxiliosNotifi cación Preventiva5% 8-009No contar con tablas o bodyboards de esponja o polietileno o que estas se encuentren en mal estado de conservaciónNotifi cación Preventiva50%Suspensión hasta su regularización 8-010No contar con racks para la colocación y ordenamiento de las tablas o bodyboards en las áreas autorizadasNotifi cación Preventiva5% 8-011No contar con quillas de plástico en las tablasNotifi cación Preventiva5% 8-012Dejar sin supervisión a los alumnosResolución de Sanción100% 8-013Funcionar en zonas declaradas no aptas por razones de salubridad o peligrosidadResolución de Sanción100%Denuncia por exposición a peligro de dependientes 8-014Por alquiler de tablas por parte de las escuelasResolución de Sanción5%Decomiso y Revocatoria de la autorización 8-015Por exceder el horario establecido en el artículo 5° de la presente normaResolución de Sanción50% Decomiso y Revocatoria de la autorización DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “ El Peruano ”. Segunda.- Corresponde a la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, fomentar y promover la práctica de los deportes de aventura en el distrito, en armonía con el atractivo turístico que pueda generarse con el mismo. Asimismo, corresponde a la Unidad de Fiscalización Administrativa, ejecutar las labores de fi scalización respecto a la aplicación de sanciones, a partir de la plena vigencia de la presente ordenanza. Tercera.- Corresponde a la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, formular los reglamentos destinados a regular cada uno de los deportes de aventura que se practiquen en el distrito, el mismo que será aprobado mediante Decreto de Alcaldía. Cuarta.- Dispóngase que la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, efectúe el costeo de la solicitud de autorización temporal para el uso de espacio físico público, para la enseñanza de deporte de aventura al TUSNE de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa: Denominación del ProcedimientoRequisitosDerecho de PagoAutoridad donde se inicia el trámiteAutoridad que aprueba el trámite Autorización Temporal para el uso del espacio público para la enseñanza de deporte de Aventura1. Formulario Declaración Jurada 2. Inscripción en el Registro de Academias de deportes de Aventura y Escuelas de Surf 3. Pago de derecho CorrespondienteUnidad funcional de educación, deporte, salud y juventudGerencia de Desarrollo Humano Y Social Quinta.- DISPÓNGASE que, para todos los efectos la Escuela de Surf Municipal tendrá prioridad, en todas las actividades que desarrolle en marco de su funcionamiento. 2267832-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Actualizan plazos de procedimientos de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE), establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2024/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 29 de febrero de 2024 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Memorándum Nº 109-2024-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal; Informe Nº 093-2024-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorándum Nº 100-2024-GPP/MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Memorándum Nº 091-2024-GDU/MDSJM de la Gerencia de Desarrollo Urbano; e Informe Nº 031-2024-SGGRD-GDU-MDSJM de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres; sobre actualización de plazos de los procedimientos ITSE establecidos en el TUPA de la entidad municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 -de Reforma Constitucional- establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; y su artículo 42º señala: “…los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal, y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés Que, mediante Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – SINAGERD, como sistema Interinstitucional, transversal y participativo, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados