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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2024 (06/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Lunes 6 de mayo de 2024 El Peruano / - El/la Viceministro(a) de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, quien lo preside. - Un/una representante del Ministerio de Cultura. - Un/una representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. - Un/una representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. - Un/una representante del Ministerio de Educación.- Un/una representante del Ministerio de la Producción.- Un/una representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. - Un/una representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. - Un/una representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. - Un/una representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. - Un/una representante del Ministerio del Ambiente.- Un/una representante del Ministerio del Interior. - Un/una representante del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad. - Un/una representante del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización. - Un/una representante de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial. - Un/una representante de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas. - Un/una representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. - Un/una representante del Instituto Nacional de Estadística e Informática. - Un/una representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado. - Un/una representante de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. - Un/una representante de la Superintendencia Nacional de Migraciones. 4.2. Los/las integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Política Nacional en Turismo pueden contar con un/a representante alterno/a. 4.3. Los/las integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Política Nacional en Turismo ejercen su cargo ad honorem. Artículo 5.- Designación de representantes Los/as representantes titulares y alternos/as de las entidades y personas jurídicas que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Política Nacional en Turismo son designados/as mediante comunicación escrita de la entidad a la que representa, dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 6.- Participación de representantes de otras entidades públicas o privadas El Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Política Nacional en Turismo, para el cumplimiento de sus fi nes, y previo acuerdo de sus integrantes, y a través de su Secretaría Técnica tiene la facultad de solicitar la participación de personas naturales y/o representantes de otras entidades públicas o privadas, de las organizaciones de la sociedad civil, academia, gremios empresariales, entre otros, mediante la provisión de información, colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aportes, vinculados a las materias comprendidas en el objeto del Grupo de Trabajo. Artículo 7.- Funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Política Nacional en Turismo El Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Política Nacional en Turismo tiene las siguientes funciones:a. Aprobar el Plan de Trabajo del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Política Nacional en Turismo. b. Desarrollar el contenido de la Política Nacional en Turismo en lo que corresponde a las competencias de cada entidad participante. c. Proporcionar información cuantitativa y cualitativa de sustento para el documento de la Política Nacional en Turismo, en lo correspondiente a las competencias de cada entidad participante, conforme resulte necesario para la formulación de sus entregables o del proyecto de Política Nacional en Turismo. d. Promover procesos de consulta y diálogo con los actores que resulten necesarios para la formulación de la propuesta encomendada. e. Dar conformidad, en lo que corresponda a sus competencias, a los entregables formulados por el equipo de trabajo sectorial de turismo antes de ser presentados a CEPLAN para validación, en el marco de la Guía de Políticas Nacionales. f. Dar conformidad, en lo que corresponda a sus competencias, al proyecto de Política Nacional en Turismo antes de ser publicada en el Portal Web Institucional del MINCETUR, como etapa previa a ser remitida al CEPLAN para aprobación. g. Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto. Artículo 8.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Política Nacional en Turismo está a cargo de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que asume la función de coordinar las acciones necesarias para su funcionamiento y el cumplimiento del objeto. Artículo 9.- Instalación y vigencia El Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Política Nacional en Turismo se instala por convocatoria de su Secretaría Técnica, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contado a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. El Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Política Nacional en Turismo tiene un plazo de vigencia de doscientos setenta (270) días calendario, contado a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. El plazo de vigencia es prorrogable y no excederá el plazo de dos años. Artículo 10.- Financiamiento La creación y el cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para la actualización de la Política Nacional en Turismo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional autorizado de los pliegos correspondientes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH GALDO MARÍN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2285558-1