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8 NORMAS LEGALES Lunes 6 de mayo de 2024 El Peruano / Que, mediante O fi cio N° 499-2023-MPGH/A, la Municipalidad Provincial de Gran Chimú remite el Expediente de solicitud para el reconocimiento de Cascas como Pueblo con Encanto; Que, mediante el Informe Técnico Legal, la Secretaría Técnica sustenta que la Municipalidad Provincial de Gran Chimú ha cumplido con el desarrollo de las Fases 1 y 2 de los Lineamientos, obteniendo el pueblo de Cascas un puntaje que asciende a ochenta y cinco (85); Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 29408, Ley General de Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2010-MINCETUR; el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; la Resolución Ministerial N° 099-2021-MINCETUR, que aprueban los “Lineamientos Generales para la incorporación y permanencia en la Iniciativa Pueblos con Encanto”; y, la Resolución Ministerial N° 180-2022-MINCETUR, que actualiza los “Lineamientos Generales para la incorporación y permanencia en la Iniciativa Pueblos con Encanto”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar el reconocimiento como “Pueblo con Encanto” al Pueblo de Cascas, ubicado en el distrito Cascas, provincia de Gran Chimú en el departamento de La Libertad, conforme a lo dispuesto en los “Lineamientos Generales para la incorporación y permanencia en la Iniciativa Pueblos con Encanto”. Artículo 2.- Disponer que la Secretaría Técnica a cargo de la Dirección de la Innovación de la Oferta Turística, efectúe las acciones correspondientes que se encuentran establecidas una vez obtenido el puntaje señalado en el Cuadro N° 5 del numeral 12.2 de los Lineamientos para el reconocimiento como Pueblo con Encanto. Artículo 3.- La presente resolución deberá ser publicada en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MADELEINE ROSA MARIA BURNS VIDAURRAZAGAViceministra del Viceministerio de Turismo 2284946-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000358-2024-MIDIS/PNAEQW-DE Santiago de Surco, 5 de mayo de 2024VISTOS: El Informe N° D000163-2024-MIDIS/PNAEQW-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° D00428-2024-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Jefa/e de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;Que, se ha visto por conveniente designar al profesional que desempeñará el mencionado cargo; Que, a través de los documentos de vistos, la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica, opinan que resulta legalmente viable designar al profesional que se desempeñará como Coordinador Técnico del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial N° D000066-2024-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a partir del 6 de mayo de 2024 a la señora GIOVANNA RAFAELA NAVARRO REATEGUI en el cargo de con fi anza de Jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Artículo 2.- ENCARGAR a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, la noti fi cación de la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través de medios electrónicos. Artículo 3.- DISPONER que la Unidad de Comunicación e Imagen efectúe la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.gob.pe/qaliwarma) y su respectiva difusión. Regístrese, notifíquese y publíquese. PEDRO JONEL RIPALDA RAMÍREZ Director EjecutivoPrograma Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 2285716-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban la contratación del estudio Foley Hoag LLP, seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 148-2024-EF/43 Lima, 3 de mayo del 2024 CONSIDERANDO: Que, el artículo 7 de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, crea la Comisión Especial para que represente al Estado peruano en las controversias internacionales de inversión, estando a cargo de ésta la selección de los servicios de abogados y otros profesionales que se requieran, mientras que la contratación será realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2009-EF, se aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933; Que, el artículo 4 del citado procedimiento establece las condiciones y el procedimiento que la mencionada Comisión Especial debe seguir para seleccionar al