Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2024 (12/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Domingo 12 de mayo de 2024 El Peruano / opina que es legalmente procedente la autorización de licencia con goce de haber por comisión de servicios, con la finalidad de asistir al 2° Curso Creando Ambientes Vanguardistas para Fauna Silvestre ha realizarse en el zoológico de Cali, a llevarse a cabo del 13 al 17 de mayo de 2024 en el país de Colombia, recomendando que se publique en el Diario Oficial El Peruano; Que, es necesario tener en cuenta que, para la presente Resolución se ha evaluado la solicitud respecto a la autorización de viaje del Gerente de Infraestructura, Subgerente de Zoología y Subgerente de Botánica del PATPAL-FBB; Que, en este orden de ideas, resulta necesario que el Gerente de Infraestructura, Subgerente de Zoología y Subgerente de Botánica del PATPAL-FBB participen en el 2° Curso Creando Ambientes Vanguardistas para Fauna Silvestre ha realizarse en el zoológico de Cali, a llevarse a cabo del 13 al 17 de mayo de 2024 en el país de Colombia; Que, conforme lo dispone el inciso v) del artículo 11 del Manual de Operaciones (MOP) del PATPAL-FBB, aprobado por Decreto de Alcaldía N° 003-2024 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, es atribución de la Gerencia General: “Autorizar los viajes de funcionarios y trabajadores del PATPAL-FBB, por razones de servicio de conformidad con la normativa vigente”; Que, siendo ello así y en concordancia con el artículo 10° del MOP que establece que, “La Gerencia General es el órgano de la Alta Dirección de mayor jerarquía administrativa y ejerce como titular del PATPAL FBB (…)”; y, Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 146 Ley del Patronato del Parque de las Leyendas y sus modificaciones, el Manual de Operaciones (MOP) aprobado por Decreto de Alcaldía N° 003-2024 de la Municipalidad Metropolitana de lima y estando a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 27619, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, y la Ley N° 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en representación del PATPAL-FBB para Asistir al 2° Curso Creando Ambientes Vanguardistas para Fauna Silvestre ha realizarse en el zoológico de Cali, a llevarse a cabo del 13 al 17 de mayo de 2024 en el país de Colombia; al Gerente de Infraestructura, Subgerente de Zoología y Subgerente de Botánica del PATRONATO DEL PARQUE DE LAS LEYENDAS - FELIPE BENAVIDES BARREDA (PATPAL-FBB), conforme lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución: KENNIA GIOVANNA QUIÑONES SPADARO, Subgerente de Botánica SARA KARINA CUESTAS RUEDA, Subgerente de Zoología PABLO JOSÉ SENMANCHE PALACIOS, Gerente de Infraestructura Artículo Segundo .- Autorizar los gastos de inscripción al 2° Curso Creando Ambientes Vanguardistas para Fauna Silvestre aprobado en la presente Resolución, el mismo que será cubierto con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 500238, de acuerdo al siguiente detalle: PARTICIPANTES INSCRIPCIÓN SARA KARINA CUESTAS RUEDA $ 580.00 PABLO JOSÉ SENMANCHE PALACIOS$ 580.00 KENNIA GIOVANNA QUIÑONES SPADARO$ 580.00 TOTAL $ 1,740.00 Artículo Tercero .- Los Funcionarios, a los que se refiere el artículo primero de la presente Resolución, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a ley dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje.Artículo Cuarto.- REMITIR a la Oficina General de Administración y Finanzas en coordinación con la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para que en el marco de sus competencias adopten las acciones que correspondan conforme a Ley. Artículo Quinto .- Encargar a la Oficina General de Administración y Finanzas, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS FERNANDO FLORES HERNÁNDEZ Gerente General (e) 2287790-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Disponen el embanderamiento del distrito DECRETO DE ALCALDíA N° 002-2024-MDSL San Luis, 9 de mayo del 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTOS: El Informe N° 000099-2024-MDSL-SG/SGIIPV de la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas. Asimismo, su artículo 42° establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Informe N° 000099-2024-MDSL-SG/ SGIIPV de fecha 06 de mayo del 2024 la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal solicita se realice el Embanderamiento en el Distrito de San Luis del 15 al 31 de mayo del 2024, toda vez que el 23 de mayo del presente año se conmemora el 56° Aniversario de la Creación del Distrito de San Luis; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO en el Distrito de San Luis, del 15 al 31 de mayo del 2024, con motivo de conmemorarse el 56° Aniversario de la Creación del Distrito de San Luis. Esta medida comprende a todos los predios públicos o privados, viviendas, comercios o industrias ubicados dentro de la circunscripción del Distrito de San Luis. Artículo Segundo.- EXHORTAR a los vecinos del distrito para que efectúen la limpieza y pintado de las