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21 NORMAS LEGALES Viernes 8 de noviembre de 2024 El Peruano / procedimientos, pudiendo establecer la obligatoriedad del uso de los referidos mecanismos electrónicos, en tanto estos observen los procedimientos y formalidades establecidas en la Ley N° 27444; Que, mediante O fi cio N° 2669-2024-JUS/SG y O fi cio N° D002181-2024-PCM-SSCPP, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Presidencia del Consejo de Ministros, respectivamente, emitieron opinión favorable conforme a lo dispuesto en el quinto y el sexto párrafo del numeral 20.4 del artículo 20 de la Ley N° 27444; Que, en tal sentido, resulta necesario modi fi car el artículo 267 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, a fi n de establecer la obligatoriedad de la noti fi cación vía casilla electrónica de los actos y/o actuaciones administrativas que se realicen en los procedimientos administrativos sancionadores a cargo del Tribunal de Contrataciones del Estado del OSCE; Que, de otro lado, en el marco del perfeccionamiento continuo de las normas del Sistema Nacional de Abastecimiento, resulta necesario modi fi car el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344- 2018-EF, con el propósito de establecer disposiciones que recoja lo dispuesto en el numeral 27.2 del artículo 27 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, referido a que las contrataciones directas se aprueban mediante resolución ejecutiva regional en el caso de los gobiernos regionales y resolución de alcaldía en el caso de gobiernos locales, así como, fortalecer el arbitraje institucional y evitar situaciones que afecten los intereses del Estado y que generan graves consecuencias económicas al país; Que, la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas remite el proyecto de Decreto Supremo que aprueba la obligatoriedad de la noti fi cación vía casilla electrónica de los actos y actuaciones administrativas que se realicen en los Procedimientos Administrativos Sancionadores a cargo del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado y dicta otras disposiciones, así como su Exposición de Motivos; Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general se publican en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; Que, considerando que el proyecto de Decreto Supremo que aprueba la obligatoriedad de la noti fi cación vía casilla electrónica de los actos y actuaciones administrativas que se realicen en los Procedimientos Administrativos Sancionadores a cargo del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado y dicta otras disposiciones, así como su Exposición de Motivos, corresponde a una norma de carácter general, resulta necesaria efectuar su publicación previa, a fi n de recoger la opinión de los actores involucrados en la contratación pública, así como comentarios del público en general, lo que coadyuvará a mejorar la propuesta normativa bajo comentario; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1. Publicación del proyecto normativo Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la obligatoriedad de la noti fi cación vía casilla electrónica de los actos y actuaciones administrativas que se realicen en los Procedimientos Administrativos Sancionadores a cargo del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado y dicta otras disposiciones, así como su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, para recoger las opiniones, comentarios y sugerencias del público. Artículo 2. Mecanismo de participación Disponer que las opiniones, comentarios y sugerencias del público pueden ser presentadas en la Mesa de Partes del Ministerio de Economía y Finanzas, ubicada en Jirón Lampa N° 594, Cercado de Lima; o a través del enlace https://forms.gle/U4EMEZm3CeJYtsFN6, y establecer que la Dirección General de Abastecimiento se encuentra a cargo de su recepción, sistematización y análisis. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2342095-1 INTERIOR Rectifican error material contenido en la R.D. Nº 183-2024-IN-VOI-DGIN RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 309-2024-IN-VOI- DGIN Lima, 5 de noviembre de 2024VISTO:El Informe Nº 001151-2024/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 09 de julio de 2024 y el Informe Nº 001152-2024/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 09 de julio de 2024, emitidos por la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior y la Resolución Directoral Nº 183-2024-IN-VOI-DGIN de la Dirección General de Gobierno Interior publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18 de julio de 2024 y; CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo Nº 1266, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, el cual, en el numeral 13) del inciso 5.2 del artículo 5 establece como una de las funciones especí fi cas del Ministerio del Interior, otorgar garantías personales e inherentes al orden público; así como dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 117 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN, establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas; Que, en el literal b) del artículo 118 del precitado Reglamento, se establece como una de las funciones de la Dirección General de Gobierno Interior, dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional; Que, por medio del artículo 1 de a la Resolución Directoral Nº 183-2024-IN-VOI-DGIN de fecha 12 de julio de 2024, se resolvió designar a diversas autoridades políticas a nivel nacional. Que, de la revisión de la precitada resolución, se ha detectado la existencia de un error material en el