TEXTO PAGINA: 22
22 NORMAS LEGALES Viernes 8 de noviembre de 2024 El Peruano / número de informe contenido en la parte de visto, pues se consignó el Informe Nº 001150-2024/IN/VOI/DGIN/DAP, siendo lo correcto Informe Nº 001151-2024/IN/VOI/DGIN/DAP; siendo necesario recti fi car dicho extremo; Que, el artículo 212.1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; y, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1.- Recti fi car por error material, la parte de Visto de la Resolución Directoral Nº 183-2024-IN-VOI-DGIN publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18 de julio de 2024, según el siguiente detalle: DICE: (…)VISTO:El Informe Nº 001150-2024/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 09 de julio de 2024 (…) DEBE DECIR: (…)VISTO:El Informe Nº 001151-2024/IN/VOI/DGIN/DAP de fecha 09 de julio de 2024 (…) Artículo 2.- Notifi car la presente a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior y a la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO LUIS ACCINELLI NOLTE Director GeneralDirección General de Gobierno Interior 2341699-1 PRODUCE Decreto Supremo que dispone ampliar el periodo de vigencia del Programa Nacional de Diversificación Productiva y modifica el Decreto Supremo N° 010-2014-PRODUCE, Decreto Supremo que crea el Programa Nacional de Diversificación Productiva DECRETO SUPREMO Nº 016-2024- PRODUCE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el artículo 58 de la Constitución Política del Perú señala que la iniciativa privada es libre y se ejerce en una economía social de mercado y, bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país; asimismo, el artículo 59 de la referida norma establece que el Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa y brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; Que, el numeral 38.1 del artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Programas y Proyectos Especiales son creados en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Público, mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; asimismo, el numeral 38.2 del mencionado artículo señala que los Programas son estructuras funcionales creadas, entre otros, para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública especí fi ca, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen; Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1047, dispone que el Ministerio de la Producción es competente, entre otros, en las materias de industria, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas, micro y pequeña empresa; además, el numeral 5.1 del artículo 5 de la citada Ley establece que el Ministerio de la Producción tiene como función rectora formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 010-2014-PRODUCE, Decreto Supremo que crea el Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva, se crea el referido Programa Nacional en el ámbito del Ministerio de la Producción, con la fi nalidad de promover, impulsar y ejecutar acciones en el marco del Plan Nacional de Diversi fi cación Productiva; además, el artículo 2 de la misma norma establece que el mencionado Programa Nacional tiene como objetivo contribuir con la generación de nuevos motores de crecimiento económico y potenciar los existentes, la mejora de la productividad, competitividad y del comercio interno, a través de la promoción y el desarrollo de la infraestructura productiva especí fi ca, en el ámbito de sus competencias, que conlleve a la diversi fi cación productiva; Que, el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 010-2014-PRODUCE señala que el Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva tiene una vigencia de 10 años, contados a partir de la publicación de la referida norma; Que, el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley Nº 29158, dispone que, en el marco de los procesos de modernización y de descentralización del Estado, la Presidencia del Consejo de Ministros evalúa a los Programas y Proyectos Especiales a fi n de determinar la necesidad de su continuidad; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 143-2021- PCM, Decreto Supremo que aprueba el Procedimiento de evaluación de continuidad de Organismos Públicos Ejecutores, Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo, se aprueba el “Procedimiento de evaluación de continuidad de Organismos Públicos Ejecutores, Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo”, el cual tiene por fi nalidad promover la e fi ciencia y e fi cacia de las entidades del Poder Ejecutivo y un mejor uso del gasto público al orientar su desempeño al logro de resultados a través de la evaluación de su continuidad que permita adoptar mejoras en su gestión o implementar mecanismos de reforma, según corresponda, sustentados en evidencia; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 00013-2021-PCM/SGP, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros aprueba la Metodología de evaluación de continuidad de Organismos Públicos Ejecutores, Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo; Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 000026-2024-PRODUCE, el Ministerio de la Producción crea el Equipo Evaluador Interno de naturaleza temporal encargado de la evaluación del Programa Nacional de Diversi fi cación Productiva, aplicando el “Procedimiento de evaluación de continuidad de Organismos Públicos Ejecutores, Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo” y la “Metodología de Evaluación de continuidad de Organismos Públicos Ejecutores, Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo;