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95 NORMAS LEGALES Sábado 23 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, mediante Informe N° 0165-2024-MPS-GM/GR, de fecha 28 de octubre de 2024, la Gerencia de Rentas informa al Gerente Municipal que en virtud a lo indicado por la Sub Gerencia de Recaudación y como parte del Plan de Trabajo para este año 2024 y en cumplimiento al compromiso 2: Mejora de los Niveles de Recaudación del Impuesto Predial, alcanza el proyecto de Ordenanza Municipal denominado: “Descuentos por el Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2024”, que amerita del análisis correspondiente para ser elevado al Pleno de Concejo para su análisis y de ser el caso su Aprobación. Que, mediante Proveído, de fecha 28 de octubre de 2024, adherido al Informe N° 0165-2024-MPS-GM/GR, la Gerencia Municipal solicita a la a la Gerencia de Asesoría Jurídica emita la respectiva opinión legal. Que, mediante Informe Legal N° 1130-2024-MPS-GM/ GAJ, de fecha 06 de noviembre de 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica informa al Gerente Municipal que estando calidad de Órgano de Asesoramiento opina; que resulta Procedente Aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal “Descuentos por el Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2024”, alcanzados por la Gerencia de Rentas. Asimismo, recomienda elevar al Pleno de Concejo para su análisis, debate y de ser el caso Aprobarlo. Que, mediante Proveído, de fecha 06 de noviembre 2024, adherido al Informe Legal N° 1130-2024-MPS-GM/GAJ, la Gerencia Municipal envía el expediente a Secretaría General para ser derivado a Sala de Regidores a la Comisión de Desarrollo Económico para la elaboración del Dictamen correspondiente y ser elevado al Pleno de Concejo y de ser el caso ser Aprobado. Que, mediante Proveído con Registro Nº 2371, de fecha 06 de noviembre 2024, adherido al Informe Legal N° 1130-2024-MPS-GM/GAJ, la Secretaría General remite el expediente a Sala de Regidores para ser derivado a la Comisión de Desarrollo Económico para la elaboración del Dictamen correspondiente y ser elevado al Pleno de Concejo y de ser el caso ser Aprobado. Que, mediante Dictamen N° 044-2024-MPS-CDS, de fecha 06 de noviembre de 2024, la Comisión de Desarrollo Económico, indica que estando a los fundamentos expuestos y tomando las recomendaciones de las áreas competentes y contando con el voto Unánime de los Miembros de la Comisión de Desarrollo Económico; Dictamina: Recomendar a los Miembros del Concejo Municipal, Aprobar el Proyecto de Ordenanza Municipal “Descuentos por el Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2024”, que tiene como objetivo establecer un régimen de benefi cios que incentiven el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fi scal 204, de la Jurisdicción de Sechura. Que, en Sesión Ordinaria, se puso a consideración del pleno del Concejo Municipal la documentación de vistos; previa oralización, procedieron a analizar y debatir, después del cual, por votación en UNANIMIDAD, APROBARON la PROPUESTA DE ORDENANZA MUNICIPAL “DESCUENTOS POR EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2024”. Que, mediante ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 193- 2024-MPS, de fecha, 13 de noviembre de 2024, se APRUEBA la ORDENANZA MUNICIPAL “DESCUENTOS POR EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2024”, el mismo que tendrá vigencia hasta el 20 de diciembre de 2024, la cual tiene como objetivo establecer un régimen de benefi cios que incentiven el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fi scal 2024, de la Jurisdicción de Sechura. Que, estando a lo dispuesto en el Artículo 9° numeral 1, 8 y 14 y los Artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la Asamblea Municipal en Sesión Ordinaria realizada el día 11 de julio de 2024, por Unanimidad se aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL “DESCUENTOS POR EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIA L Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2024” Artículo Primero.- OBJETIVO; La presente Ordenanza tiene por objetivo establecer un régimen de benefi cios que incentiven el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fi scal 2024, de la Jurisdicción de Sechura. CONDONACIÓN DE DEUDA TRIBUTARIA Artículo Segundo.- APROBAR la Condonación de los Intereses Moratorios de la Deuda Tributaria de nuestros contribuyentes de la Provincia de Sechura, relacionada a los siguientes tributos: a) Impuesto Predial.- Los contribuyentes: Personas Naturales y/o Jurídicas, que cancelen la totalidad de la deuda correspondiente al ejercicio fi scal 2024, se les condonará el 100% de los intereses moratorios por dicho tributo. b) Arbitrios Municipales.- Los contribuyentes: Personas Naturales y/o Jurídicas, que no registren deuda por concepto de Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2024, se les condonará el 100% de los intereses moratorios de los arbitrios y además tendrán el siguiente descuento sobre el monto insoluto de cada arbitrios y año, conforme se detalla a continuación: - Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines 2024 – 25% de Descuento. - Arbitrio de Serenazgo - 50% de Descuento. Artículo Tercero.- Reconocimiento de Deuda. - El pago al contado de las deudas tributarias y administrativas con los benefi cios establecidos en la presente Ordenanza, implica el reconocimiento de las mismas y el desistimiento automático de los recursos pendientes de: Reclamación, Apelación y/o Queja. Artículo Cuarto.- Si la deuda está en Proceso Coactivo. - Si la deuda se encuentra en proceso coactivo y se cancele al contado toda la deuda correspondiente al ejercicio fi scal 2024, se condonará el 100% de los intereses moratorios y costas procesales. Cuando la deuda o el procedimiento para su recuperación, se encuentre impugnado ante el Tribunal Fiscal o el Poder Judicial, mediante Recurso de Apelación, Queja o Revisión Judicial, respectivamente, para acogerse a los benefi cios, deberán presentar copia del cargo del escrito de Desistimiento a la Municipalidad Provincial de Sechura, presentado ante los respectivos órganos competentes, con las formalidades exigidas según el caso. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Facúltase al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza así como para disponer la prórroga correspondiente, si fuere necesario. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y se extenderá hasta el 20 de diciembre del año 2024. Tercera.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Planeamiento, Racionalización, Estadística e Informática la respectiva publicación de la presente Ordenanza Municipal en el portal Institucional (www.munisechura. gob.pe). Cuarta.- HACER de conocimiento al Concejo Municipal, Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Recaudación, Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva y demás órganos y Unidades Orgánicas pertinentes para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. CARMEN ROSA MORALES LORO Alcaldesa 2347089-1