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84 NORMAS LEGALES Sábado 23 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, el Padrón de Productores Agrarios (PPA), es uno de los instrumentos de gestión más importantes del sector agropecuario. Se trata de un software nacional, a través del cual se debe registrar información agropecuaria muy valiosa, información de primera calidad y a tiempo real. La misma que permitirá a los actores involucrados en la gestión pública y privada, tomar decisiones acertadas en la solución de la poblemática agropecuaria regional y nacional. Que, las bondades del PPA, muy aparte del contenido señalado en el reglamento de la Ley N° 90987, son: 1. Registrar a todos los productores agraios, sin excepción y mantener permanentemente actualizado este registro a tiempo real. 2. Conocer la información real de siembras (de la oferta): tipo de cultivo sembrado, variedad y cantidad, información localizada (georeferenciada). Esto para evitar la sobre producción de los productos agrarios y consecuentemente la caída abrupta de precios que viene afectando cruelmente la economía de los agricultores. Quiere decir que a través del PPA se lograrla, por primera vez, realizar una verdadera planifi cación agraria en el país y en nuestra región. 3. Conocer el inicio de ejecución de cosechas: fecha de inicio {con días de anticipación), el área y volumen de cosecha, el tipo de cultivo y su variedad. Toda esta información se reportaría a tiempo real. Esto permitiría la búsqueda de mejores mercados. y que los productores no sean devorados por los intermediarios, y. por ende, lograr mejores precios para los agricultores. 4. Conocer los cultivos afectados por los fenómenos naturales, información a tiempo real, que permitiría activar el seguro agrario catastrófi co, para la indemnización oportuna de todos aquellos agricultores afectados. Evitando con ello que muchos agricultores no identifi cados por falta de este mecanismo, se queden sin este benefi cio del estado. 5. Que los productores puedan ser benefi ciados con los diferentes proyectos productivos del estado. Considerando que solo los que estén registrados en el PPA, en adelante, conforme a ley, serán benefi ciados con estos programas estatales; así también, solo los productores registrados en el PPA, serán benefi ciados de los programas sociales del estado y, por último, de los donativos estatales como son los bonos agrarios, entre otros. Que, el contenido del PPA considera la siguiente información: identifi cación y localización de(la) productor(a) agrario(a), características del hogar del productor{a) agrario(a) vinculado a la actividad agraria, asociatividad, inventario agrícola, inventario pecuario, tecnología de riego, uso de semilla certifi cada y fertilizantes, venta y destino de la producción agraria, uso de herramientas y tractores, nivel de inserción en las cadenas de valor, bienes y servicios recibidos, fuerza laboral y fi nanciamiento, entre otras. La presente propuesta de ordenanza tiene como fi nalidad, que La Dirección Regional de Agricultura de Lima, pueda lograr que este PPA cumpla su objetivo, para el cual fue creado y que nuestra región Lima, sea considerado como región piloto, para la implementación de un procedimiento programático que permitirá la retroalimentación oportuna de la información de campo al sistema del PPA; Así mismo, la sensibilización a todos los productores agrarios, para que se identifi quen con la importancia del PPA, y de esta manera lograr su sostenibilidad. Que, mediante el INFORME Nº 2159-2024-GRL-SCR la Secretaría de Consejo Regional, remite el OFICIO Nº 01383/2024-GRL.GRDE.DRA/DR, de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Lima, que adjunta el INFORME TÉCNICO Nº 001/2024- GRL.GRDE.DRA/DR, que en su conclusión menciona lo siguiente: “La presente propuesta de ordenanza, pretende dar solución a la problemática que viene atravesando el PPA, debiendo ser declarado prioridad regional considerando que a la falta de esta información, viene ocasionando pérdidas económicas en el productor agrario, dejando un sector empobrecido, especialmente en la agricultura familiar, en la que se concluye que la propuesta cuenta con la viabilidad técnica y legal, para ser aprobada”.Que, en ese contexto, se solicita aprobar la presente propuesta de Ordenanza Regional que: Declara de Interés y Prioridad Regional La Funcionabilidad e Implementación del Padrón de Productores Agrarios PPA en la Región Lima, que permitirá la retroalimentación oportuna de la información de campo al sistema de PPA; asimismo, la sensibilización a todos los productores agrarios, para que se identifi quen con la importancia del PPA, y de esta manera lograr sus sostenibilidad. En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el día 13 de setiembre de 2024; desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar y Víctor Fernando Terrones Mayta, in memoriam” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes, se dio cuenta del documento del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por MAYORÍA de los consejeros regionales participantes de la sesión ordinaria del consejo regional, y; En uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modifi catorias Leyes Nº 28968, Nº 29053 y Nº 31433; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: “QUE DECLARA DE INTERÉS Y PRIORIDAD REGIONAL LA FUNCIONABILIDA D E IMPLEMENTACIÓN DEL PADRÓN DE PRODUCTORES AGRARIOS PPA EN LA REGIÓN LIMA, QUE PERMITIRÁ LA RETROALIMENTACIÓN OPORTUNA DE LA INFORMACIÓN DE CAMPO AL SISTEMA DE PPA; ASIMISMO, LA SENSIBILIZACIÓN A TODOS LOS PRODUCTORES AGRARIOS, PARA QUE SE IDENTIFIQUEN CON LA IMPORTANCIA DEL PPA, Y DE ESTA MANERA LOGRAR SU SOSTENIBILIDAD” Artículo Primero.- DECLARAR DE INTERÉS Y PRIORIDAD REGIONAL LA FUNCIONABILIDAD E IMPLEMENTACIÓN DEL PADRÓN DE PRODUCTORES AGRARIOS PPA EN LA REGIÓN LIMA, QUE PERMITIRÁ LA RETROALIMENTACIÓN OPORTUNA DE LA INFORMACIÓN DE CAMPO AL SISTEMA DE PPA; ASIMISMO, LA SENSIBILIZACIÓN A TODOS LOS PRODUCTORES AGRARIOS, PARA QUE SE IDENTIFIQUEN CON LA IMPORTANCIA DEL PPA, Y DE ESTA MANERA LOGRAR SU SOSTENIBILIDAD. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Lima, que a través de la Dirección Regional de Agricultura proponga una propuesta viable que garantice el funcionamiento, implementación y sostenibilidad del Padrón de Productores Agrarios PPA, en la región Lima, para que sea considerado como región piloto ante el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego MIDAGRI en un plazo de 180 días hábiles; con vigencia desde la aprobación y publicación de la presente Ordenanza Regional, previa disponibilidad presupuestal; asimismo, cumplido el plazo señalado deberá ser presentado ante el pleno del Consejo Regional un avance de la implementación de la misma. Artículo Tercero.- COMUNICAR la presente Ordenanza Regional a la Gobernación Regional de Lima, y al Gerente General Regional, a fi n de que se tome conocimiento de la misma. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación de acta. Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web del Estado Peruano (www.gob.pe/regionlima), para conocimiento y fi nes. En Huacho, a los trece días del mes de setiembre del año dos mil veinticuatro. POR TANTO: Comuníquese a la Señora Gobernadora del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. TOMÁS EMILIANO CHAVARRÍA HÚNGARO Presidente del Consejo Regional de Lima