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79 NORMAS LEGALES Sábado 23 de noviembre de 2024 El Peruano / programación de las actividades operativas e inversiones necesarias para implementar las acciones estratégicas institucionales establecidas en el PEI durante su horizonte temporal, respectivamente; Por su parte, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0055-2024-CEPLAN/PCD, el CEPLAN aprobó la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que fuera aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0033-2017-CEPLAN/PCD, cuyo objeto es establecer pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modifi cación del Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional (POI); El numeral 2.3 del capítulo 3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, establece que el POI Anual en ejecución se actualiza, además, cuando se presentan cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, por la incorporación o inactivación Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros, que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI. Asimismo, señala que la entidad realiza la actualización del POI con intervención de la Comisión de Planeamiento Estratégico y el apoyo del órgano de planeamiento, previo análisis al seguimiento de la ejecución; En ese contexto normativo, mediante Informe Nº 000114-2024-GG/ONPE, de la Gerencia General que a su vez referencia, el Informe Nº 000325-2024-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones 1 informó que, la Subgerencia de Planeamiento a través del Informe Nº 000402-2024-SGPL-GPP/ONPE comunicó que mediante la Resolución Jefatural Nº 000177-2024-JN/ONPE se aprobó el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de la ONPE, y de conformidad con el PO.02.03 Ejecución del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) se modifi ca la programación de tareas y metas físicas, con especial atención a la etapa de efectivización de sanciones de los procedimientos administrativos sancionadores, a través de la uniformización de criterios técnicos y legales en el marco de la potestad sancionadora dentro las facultades emitidas en la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, solicitados por la Jefatura Nacional, Secretaría General, Procuraduría Publica, y las gerencias: de Organización Electoral y Coordinación Regional, de Planeamiento y Presupuesto, Información y Educación Electoral, Gestión Electoral, Supervisión de Fondos Partidarios; y, de Informática y Tecnología Electoral. En ese sentido, sustenta la necesidad y propone la aprobación del POI 2024, actualizada versión 4, conforme al procedimiento establecido en la Directiva DI01-GPP/PLAN: Formulación, Modifi cación, Monitoreo y Evaluación de los Planes Institucionales de la ONPE, versión 3; Conforme al marco legal vigente y de acuerdo a lo sustentado por la Gerencia General y la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Operativo Institucional 2024 (POI) versión 04, del Pliego 032: Ofi ci na Nacional de Procesos Electorales; De conformidad con la normativa antes citada y el literal g) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, así como en los literales r) y s) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE; Con el visado de la Gerencia General, la Secretaría General, y de las Gerencias de: Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Primero. - Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 000140-2024-JN/ONPE, que aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024, actualizado versión 3; de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales. Artículo Segundo.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024, actualizado versión 04, de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Tercero. - Disponer el cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 actualizado versión 4, por todos los órganos de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, bajo responsabilidad Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto realizar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 actualizado versión 4, aprobado mediante la presente Resolución. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, asimismo, que dicha resolución y el Plan Operativo Institucional Anual 2024 de la ONPE, actualizada versión 4 que se aprueba, se publique en la web ofi cial de la ONPE alojada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano, (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 1 Literal a) del Artículo 43 del ROF de la ONPE, aprobado Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE: “Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Inversión Pública y Modernización”. 2346361-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Ordenanza Regional que declara y reconoce de interés y necesidad social la atención de las prioridades sanitarias regionales ORDENANZA REGIONAL N° 032-2024-GRH-CR “QUE DECLARA Y RECONOCE DE INTERÉS Y NECESIDAD SOCIAL LA ATENCIÓN DE LAS PRIORIDADES SANITARIAS REGIONALES” EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrado en la Provincia de Huánuco, el día 11 de octubre de 2024. VISTO:El Dictamen N° 003-2024-GRH/CR-CODS de fecha 12 de septiembre de 2024, de la COMISIÓN ORDINARIA DE DESARROLLO SOCIAL DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO, y; CONSIDERANDO:Que, el numeral 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú, establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; el artículo 191° del Capítulo