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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (30/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Sábado 30 de noviembre de 2024 El Peruano / de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en el Banco de la Nación, se publica en las sedes digitales del Fondo MIVIVIENDA S.A. (www.mivivienda.com.pe) y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda); asimismo, el Fondo MIVIVIENDA S.A. comunica dicha fecha a las Municipalidades de los distritos detallados en la “Tabla: Resumen de Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) a Convocar” consignada en el párrafo 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial y al Centro de Atención al Ciudadano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Sedes Áncash, Huancavelica, Junín, La Libertad o Lima, según corresponda. Artículo 4.- Veri fi cación de cumplimiento y seguimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo es responsable de veri fi car el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial y realizar el seguimiento respectivo, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31526, Ley que crea el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2022-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2349277-1 Autorizan Transferencias Financieras a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad S.A. y de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 441-2024- VIVIENDA Lima, 29 de noviembre de 2024VISTOS:La Nota Nº D00132-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el Memorando Nº D00530- 2024-VIVIENDA/SG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº D00217-2024- VIVIENDA/SG-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, el Informe Nº D00308-2024-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial Nº 564-2023-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 334 060 122,00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SESENTA MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento; las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario ofi cial El Peruano; asimismo, el numeral 13.4 del mismo artículo dispone que la entidad pública que trans fi ere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; Que, mediante la Nota Nº D00132-2024-VIVIENDA/ VMCS-PNSU, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU) remite el Informe Nº D00258-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.2, el Memorando Nº D01093-2024-VIVIENDA/VMCS- PNSU-0.3.2 y el Informe Nº D0026-2024/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/0.3.2/MBC de la Unidad de Asesoría Legal, el Memorando Nº D01222-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.1 y el Informe Nº D00315-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.1.2 de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, los Memorandos Nº D00529 y D00530-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-UMPS y los Informes Técnicos Nº D00029 y D00030-2024-VIVIENDA/VMCS- PNSU-UMPS-GBC de la Unidad para la Mejora de la Prestación de Servicios, con los cuales se sustenta y solicita gestionar las transferencias fi nancieras a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad S.A. - SEDALIB S.A., hasta por la suma de S/ 1 698 295,20 (UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 20/100 SOLES), de la cual corresponde a gastos corrientes el importe de S/ 1 522 325,74 (UN MILLON QUINIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO Y 74/100 SOLES) y a gastos de capital el importe de S/ 175 969,46 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 46/100 SOLES); y, de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco S.A. - EPS SEDA HUANUCO S.A., hasta por la suma de S/ 179 826,80 (CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS Y 80/100 SOLES), para fi nanciar el pago del I.G.V. de la implementación del Programa de Reducción de Pérdidas de Agua II - Proyectos Trujillo y Huánuco, respectivamente; para lo cual señala que se ha suscrito los convenios respectivos; Que, con el Memorando Nº D00530-2024-VIVIENDA/ SG-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe Nº D00217-2024-VIVIENDA/SG-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual, en el marco de lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se emite opinión favorable en materia presupuestal y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias fi nancieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de SEDALIB S.A., hasta por la suma de S/ 1 698 295,20 (UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 20/100 SOLES), de la cual corresponde a gastos corrientes el importe de S/ 1 522 325,74 (UN MILLON QUINIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO Y 74/100 SOLES) y a gastos de capital el importe de S/ 175 969,46 (CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE Y 46/100 SOLES); y, de la EPS SEDA HUANUCO S.A., hasta por la suma de S/ 179 826,80 (CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS Y 80/100 SOLES), correspondiente a gastos corrientes, a fi n de atender lo solicitado por el PNSU; Que, mediante el Informe Nº D00308-2024- VIVIENDA/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice las transferencias fi nancieras a favor de SEDALIB S.A. y la EPS SEDA HUANUCO S.A.; Que, en consecuencia, es necesario autorizar las transferencias fi nancieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma total de S/ 1 878 122,00 (UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de SEDALIB S.A. y la EPS SEDA HUANUCO S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes;