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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (03/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Jueves 3 de octubre de 2024 El Peruano / NTP-ISO 14088:2024 Cuero. Ensayos químicos. Análisis cuantitativo de los agentes curtientes por el método del filtro. 2ª EdiciónReemplaza a la NTP-ISO 14088:2015 NTP-ISO 17708:2024 Calzado. Métodos de ensayo para calzado completo. Resistencia de la unión corte-piso. 2ª EdiciónReemplaza a la NTP-ISO 17708:2006 (revisada el 2016) NTP-ISO 23910:2024 Cuero. Ensayos físicos y mecánicos. Medición de la resistencia al desgarro por puntada. 2ª EdiciónReemplaza a la NTP-ISO 23910:2016 NTP-ISO/IEC 33001:2024 Tecnología de la información. Evaluación del proceso. Conceptos y terminología. 1ª Edición NTP-ISO 21003-5:2024 Sistemas de tuberías multicapa para instalaciones de agua fría y caliente en el interior de edificios. Parte 5: Aptitud al uso del sistema. 1ª Edición NTP 241.209:2024 PRODUCTOS DE ACERO. Perfiles estructurales de acero soldados. Requisitos. 1ª Edición NTP 241.211:2024 PRODUCTOS DE ACERO. Acero estructural para barcos. Requisitos. 1ª Edición NTP-IEC 60034-7:2024 Máquinas eléctricas rotativas. Parte 7: Clasificación de los tipos de construcción, de las disposiciones de montaje y de la posición de la caja de bornes (Código IM). 2ª EdiciónReemplaza a la NTP-IEC 60034-7:2018 NTP-IEC 60598-2-22:2024 Luminarias. Parte 2-22: Requisitos particulares. Luminarias para alumbrado de emergencia. 3ª EdiciónReemplaza a la NTP-IEC 60598-2-22:2016 NTP-IEC 60704-2-16:2024 Aparatos electrodomésticos y análogos. Código de ensayo para la determinación del ruido acústico aéreo. Parte 2-16: Requisitos particulares para las lavadoras-secadoras. 1ª Edición NTP-ISO 56006:2024 Gestión de la innovación. Herramientas y métodos para la gestión de la inteligencia estratégica. Orientación. 1ª Edición Artículo 2.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP-ISO 2420:2007 (revisada el 2017) Cuero. Ensayos físicos y mecánicos. Determinación de la densidad aparente. 2ª Edición NTP-ISO 3376:2012 (revisada el 2017)Cuero. Ensayos físicos y mecánicos. Determinación de la resistencia a la tracción y del porcentaje de alargamiento. 3ª Edición NTP-ISO 14088:2015 Cuero. Ensayos químicos. Análisis cuantitativo de los agentes curtientes por el método del filtro. 1ª Edición NTP-ISO 17708:2006 (revisada el 2016)Calzado. Métodos de ensayo para calzado completo. Resistencia de la unión corte-piso. 1ª Edición NTP-ISO 23910:2016 Cuero. Ensayos físicos y mecánicos. Medición de la resistencia al desgarro por puntada. 1ª Edición NTP-IEC 60034-7:2018 Máquinas eléctricas rotativas. Parte 7: Clasificación de los tipos de construcción, de las disposiciones de montaje y de la posición de la caja de bornes (Código IM). 1ª EdiciónNTP-IEC 60598-2-22:2016 Luminarias. Parte 2-22: Requisitos particulares. Luminarias para alumbrado de emergencia. 2ª Edición Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO DirectoraDirección de Normalización 2330363-1 RELACIONES EXTERIORES Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo a la renovación de la designación del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) como centro de categoría 2 bajo los auspicios de la UNESCO, en Cusco (Perú)” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 172-2024-RE Lima, 2 de octubre de 2024 CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo a la renovación de la designación del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) como centro de categoría 2 bajo los auspicios de la UNESCO, en Cusco (Perú)” fue suscrito el 12 de junio de 2024 (en adelante, el Acuerdo); Que, el Acuerdo tiene por objeto de fi nir las modalidades de colaboración entre la UNESCO y el Gobierno de la República del Perú, en lo que respecta a la renovación de la designación del CRESPIAL como centro de categoría 2 auspiciado por la UNESCO, así como los derechos y obligaciones derivados de dicho Acuerdo para las partes; Que, la aprobación del Acuerdo es conveniente para los intereses del Perú; Que, ello es conforme con lo dispuesto en los artículos 56, inciso 4, y 102, inciso 3, de la Constitución Política del Perú y con el primer párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1.- Remite Documentación Se remite al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo a la renovación de la designación del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) como centro de categoría 2 bajo los auspicios de la UNESCO, en Cusco (Perú)”, suscrito el 12 de junio de 2024. Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.