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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (12/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Sábado 12 de octubre de 2024 El Peruano / VISTOS: La Nota Informativa N° 000411-2024-SIS/ SG de la Secretaría General, Informe N° 000312-2024-SIS/OGAR-UFGRH de la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos, la Nota Informativa N° 000529-2024-SIS/OGAR de la O fi cina General de Administración de Recursos; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el numeral 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016- SA, dispone que corresponde al Jefe del SIS “designar, suspender o remover al Jefe Adjunto y a los trabajadores en cargos de dirección y con fi anza, de acuerdo a la normatividad aplicable”; Que, mediante Nota Informativa N° 000411-2024-SIS/ SG de fecha 11 de octubre de 2024, el Secretario General propone a la Jefatura Institucional que se designe al señor Alcides Pelayo Chávarry Correa en el cargo de Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, mediante Proveído N° 003342-2024-SIS/J de fecha 11 de octubre de 2024, la Jefatura aprueba la propuesta de designación; Que, mediante Nota Informativa N° 000529-2024-SIS/ OGAR, la O fi cina General de Administración de Recursos hace suyo el Informe N° 000312-2024-SIS/OGAR-UFGRH, mediante el cual la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos concluye que resulta viable designar dentro de los alcances del Decreto Legislativo N° 1057 al Abog. Chávarry Correa Alcides Pelayo en el cargo de Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; Que, al amparo del numeral 11.9 del artículo 11 del ROF del SIS, resulta viable que el Jefe del SIS, en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, emita la resolución jefatural que designa, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, al señor Alcides Pelayo Chávarry Correa en el cargo de con fi anza de Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; Que, el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-20024-JUS establece en el literal e) del numeral 9.1 de su artículo 9 que la publicación de resoluciones es obligatoria cuando se trate de la designación de funcionarios públicos; Con los vistos del Director General de la O fi cina General de Administración de Recursos y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Alcides Pelayo Chávarry Correa en el cargo de con fi anza de Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud, a partir del 14 de octubre de 2024. Artículo 2.- Encargar a la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud la noti fi cación de la presente resolución al interesado y a los órganos del Seguro lntegral de Salud, para conocimiento y fi nes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Jefe del Seguro Integral de Salud 2333516-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Resolución que aprueba el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP), para el periodo noviembre de 2024 - octubre de 2025 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 175-2024-OS/CD Lima, 10 de octubre de 2024CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 281-2015-OS/CD se aprobó el “Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Cálculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)” (en adelante “Manual FBP”), el cual fue modi fi cado mediante Resolución N° 050- 2022-OS/CD, estableciéndose en la Única Disposición Transitoria de la referida Resolución, que a partir de las fi jaciones del FBP a efectuarse desde noviembre de 2022 y de 2023, según sea el caso, el FBP se aprueba de acuerdo con las modi fi caciones establecidas en la citada resolución modi fi catoria; Que, de acuerdo al Manual FBP, las ventas de potencia de los sistemas eléctricos mayores a 12 MW de demanda máxima y que además tengan un factor de carga anual a nivel de media tensión mayor a 0,55, deberán ajustarse anualmente de conformidad con el FBP determinado teniendo en cuenta la información al periodo anual anterior (comprendido entre enero y diciembre) que las empresas de distribución eléctrica presentan a Osinergmin; con el fi n de evitar sobre- venta o sub-venta de potencia de punta, de forma tal que exista igualdad entre la potencia ingresada menos las pérdidas e fi cientes y la efectiva potencia de punta vendida; Que, mediante Resolución N° 189-2022-OS/CD, se fi jaron los Valores Agregados de Distribución (en adelante “VAD”) correspondientes al periodo del 01 de noviembre de 2022 al 31 de octubre de 2026 y se calculó el FBP para el periodo de 01 de noviembre de 2022 hasta el 31 de octubre de 2023 de las siguientes empresas concesionarias: Pluz Energía Perú S.A.A. (antes denominada Enel Distribución); Luz del Sur S.A.A. (Luz del Sur) y Electro Dunas S.A.A. (Electro Dunas); Que, con Resolución N° 187-2023-OS/CD, se fi jaron los VAD correspondientes al periodo del 01 de noviembre de 2023 al 31 de octubre de 2027 y se calculó el FBP para el periodo de 01 de noviembre de 2023 hasta el 31 de octubre de 2024 de las siguientes empresas concesionarias: Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A., Electro Sur Este S.A.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electrosur S.A., Empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., Empresa de Administración