Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (12/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Sábado 12 de octubre de 2024 El Peruano / Productividad aplicado en el periodo Setiembre 2019 - Agosto 2022; y, (viii) Resolución de Consejo Directivo N° 120-2022- CD/OSIPTEL, que estableció el valor del Factor de Productividad vigente, que se viene aplicando a partir del 1 de setiembre de 2022; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 215-2018-CD/OSIPTEL se aprobaron las “Normas Procedimentales para la Fijación o Revisión de Cargos de Interconexión Tope y Tarifas Tope” (en adelante, Norma Procedimental), en las cuales se establecieron las etapas y reglas que aplica el Osiptel para la fi jación y revisión de las tarifas tope de servicios públicos de telecomunicaciones, previendo los mecanismos para garantizar la transparencia y predictibilidad en los procesos regulatorios de tarifas; Que, conforme a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de la citada Norma Procedimental, el ámbito de aplicación de dicha norma comprende a la Revisión del Factor de Productividad que se efectúe en virtud de disposiciones tarifarias previstas en los contratos de concesión, en tanto no se oponga a dichas disposiciones; Que, en concordancia con lo señalado en los numerales 5.1 y 5.2 de la Norma Procedimental, y en mérito al análisis y sustento desarrollado en el Informe N° 00186-DPRC/2024 elaborado por la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia del Osiptel, corresponde iniciar el procedimiento de o fi cio para la Revisión del Factor de Productividad que se aplica en el Régimen Tarifario de Fórmula de Tarifas Tope estipulado en los precitados contratos de concesión de Telefónica, a fi n de establecer el nuevo valor de dicho Factor que se aplicaría a partir del 1 de setiembre de 2025; Que, asimismo, corresponde establecer el plazo dentro del cual Telefónica podrá presentar su propuesta del nuevo valor del Factor de Productividad, incluyendo el estudio y el sustento técnico-económico respectivos; defi niendo asimismo el cronograma de actividades a llevarse a cabo en el presente procedimiento regulatorio; Que, la presente resolución de inicio del procedimiento de Revisión del Factor de Productividad se emite en estricto cumplimiento del vigente régimen regulatorio estipulado en los precitados contratos de concesión de Telefónica; En aplicación de las funciones señaladas en el inciso b) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osiptel en su Sesión N° 1006/24; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar inicio al Procedimiento para la Revisión del Factor de Productividad que se aplica en el Régimen Tarifario de Fórmula de Tarifas Tope estipulado en los Contratos de Concesión aprobados por Decreto Supremo N° 11-94-TCC y modi fi cados por Decreto Supremo N° 021-98-MTC, de los que es titular la empresa Telefónica del Perú S.A.A., a fi n de establecer el nuevo valor de dicho Factor que se aplicará a partir del 1 de setiembre de 2025. Las etapas y actividades que forman parte de este procedimiento regulatorio se efectuarán conforme al cronograma contenido en el Anexo de la presente Resolución. Artículo Segundo .- La estimación del Factor de Productividad aplicable a partir del 1 de setiembre de 2025 se basará en los correspondientes “Principios Metodológicos Generales” que serán aprobados por el Osiptel, previa consulta pública. Artículo Tercero .- Luego de la publicación de la versión fi nal de los correspondientes “Principios Metodológicos Generales”, la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. podrá presentar al Osiptel su propuesta del nuevo valor del Factor de Productividad, con el correspondiente estudio que incluya el sustento técnico-económico en el que se destaquen los resultados, supuestos, metodología e información utilizada.Artículo Cuarto .- La empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. debe cumplir con los requerimientos de información que le formule el Osiptel durante la tramitación del presente procedimiento, dentro de los plazos que se establezcan en cada caso, con sujeción a la normativa vigente. Artículo Quinto .- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la presente Resolución. Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente Resolución, su Anexo e Informe Sustentatorio sean noti fi cados a la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. y publicados en el Portal Institucional del Osiptel (https:// www.gob.pe/osiptel). Regístrese, comuníquese y publíquese. JESÚS EDUARDO GUILLÉN MARROQUÍN Presidente Ejecutivo (E) Consejo Directivo ANEXO Cronograma del Procedimiento para la Revisión del Factor de Productividad Setiembre 2025 - Agosto 2028 Actividad Calendario 2025-2028 1) Publicación para comentarios de los Principios Metodológicos GeneralesHasta el 5 de noviembre de 2024 2) Plazo para comentarios a los Principios Metodológicos GeneralesHasta el 26 de noviembre de 2024 3) Publicación final de los Principios Metodológicos GeneralesHasta el 31 de diciembre de 2024 4) Fecha límite para que Telefónica del Perú S.A.A. remita su PropuestaHasta el 14 de marzo de 2025 5) Publicación y notificación de la Pro- puesta del OsiptelHasta el 2 de mayo de 2025 6) Plazo para recepción de comentarios Hasta el 6 de junio de 2025 7) Fecha de Audiencia Pública Hasta el 13 de junio de 2025 8) Publicación del Factor de Productividad Hasta el 25 de julio de 2025 2333153-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Designan Subdirector de la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0393-2024-ANA San Isidro, 11 de octubre de 2024 VISTOS:El Memorando N° 0308-2024-ANA-J de la Jefatura, el Memorando N° 2700-2024-ANA-OA, de la O fi cina de Administración que adjunta el Informe N° 1310-2024-ANA- OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe Legal N° 1015-2024-ANA-OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el literal k) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional