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92 NORMAS LEGALES Viernes 25 de octubre de 2024 El Peruano / del distrito de Santiago de Surco, de la Tarjeta Vecinal denominada Vecino Surcano Preferente “VSP”; Que, mediante el artículo primero del Decreto de Alcaldía N° 09-2008-MSS, publicado el 25.04.2008, se establece otorgar las tarjetas de Vecino Surcano Preferente “VSP”, Clásica y Premium, a todos los contribuyentes del distrito que cumplan con sus obligaciones tributarias, conforme a los requisitos de obtención, perdida y recuperación de la condición de puntualidad, que se señalan en los demás artículos de dicha norma; Que, mediante el Decreto de Alcaldía N° 14-2009- MSS, de fecha 15.09.2009, se aprobó incorporar y reincorporar a la condición de VSP, por única vez, a los contribuyentes que, habiendo perdido dicha condición, cancelen sus obligaciones tributarias al 30.11.2009; Que, mediante Memorándum N° 575-2024-GAT-MSS de fecha 13.09.2024, la Gerencia de Administración Tributaria, propone que se incorporen como Vecino Surcano Preferente (VSP Clásica). a los contribuyentes que cumplan con sus obligaciones. Actualmente el Decreto de Alcaldía N° 09-2008-MSS, establece que la evaluación de los contribuyentes VSP Clásica, se realizará transcurrido el cuarto vencimiento del año, para el pago de los tributos municipales, es decir el último día hábil de noviembre de todos los años; por ello, en el caso del vecino que, teniendo deudas por pagar, cumpla con cancelarlas, deberá esperar hasta dicha oportunidad, para poder acceder a la condición de Vecino Surcano Preferente VSP en el año vigente. Por ello, se plantea que en este caso el vecino pueda ser incorporado al programa VSP al día siguiente de cancelar su deuda. Igualmente podrá disfrutar de los bene fi cios del programa una vez incorporado al mismo sustenta la necesidad de seguir desarrollando acciones, que generen conciencia tributaria e incentiven a los contribuyentes a seguir cumpliendo con el pago de sus tributos, lo que permitirá consolidar las políticas de gestión tributaria reduciendo el índice de morosidad por parte de los vecinos del distrito, por lo que a fi n de fomentar el pago voluntario y puntual de los tributos municipales, señala que es necesario establecer bene fi cios para las personas que cumplen con sus obligaciones tributarias con esta Administración Tributaria, lo que representará un incremento en la recaudación tributaria y permitiría el cumplimiento de metas y objetivos de la institución en bene fi cio de los vecinos del distrito; Con el Memorándum N° 583-2024-GTI-MSS de fecha 14.10.2024, La Gerencia de Tecnologías de la Información en atención a los solicitado por la Gerencia de Participación Vecinal mediante Memorándum N° 1116-2024-GPV-MSS señala que, cuenta con la infraestructura tecnológica adecuada para soportar la implementación del sistema “Vecino Surcano Preferencial”. Los servidores actuales y la arquitectura de red existente son su fi cientes para garantizar la operación e fi ciente y segura del proyecto. Asimismo, señala que el Sistema de Administración Tributaria Tesorería e Ingresos - SATTI permite automatizar tareas diarias para la generación de la base de datos necesario para la identi fi cación de los “Vecino Surcanos Preferentes Clásicos”; en ese sentido emite opinión técnica favorable para la implementación de La propuesta de Decreto de Alcaldía desde el punto de vista técnico; Que, con el Memorándum N° 1202-2024-GPV- MSS de fecha 15.10.2024, la Gerencia de Participación Vecinal, emite opinión técnica favorable de la propuesta de Decreto de Alcaldía en el cual se plantea que el vecino sea incorporado al programa VSP, al día siguiente de cancelar su deuda disfrutando de los bene fi cios que brinda dicho programa; Que, mediante el Informe N° 780-2024-GAJ-MSS de fecha 18.10.2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente respecto a la propuesta de Decreto de Alcaldía submateria, toda vez que la referida norma municipal permitirá consolidar las políticas de gestión tributaria reduciendo el índice de morosidad por parte de los vecinos del distrito y bene fi ciara a quienes cancelen oportunamente sus deudas tributarias con la opción de acceder a los bene fi cios que otorga la condición de Vecino Surcano Preferente (VSP); Que, con el Memorándum N° 1702-2024-GM-MSS de fecha 18.10.2024, la Gerencia Municipal, solicita se apruebe el Decreto de Alcaldía que incorpora al programa de Vecino Surcano Preferente (VSP) a aquellos contribuyentes que siendo deudores cumplan con cancelar sus obligaciones y se encuentren al día; incorporación a realizar al día siguiente de la cancelación de sus deudas, permitiéndoles disfrutar de los bene fi cios del referido programa; De conformidad con las facultades señaladas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- INCORPORAR como Vecino Surcano Preferente (VSP) Clásico, a aquellos contribuyentes que, siendo deudores, cumplan con cancelar sus obligaciones y se encuentren al día. La incorporación se realizará al día siguiente de haber cancelado sus deudas y podrán disfrutar de los bene fi cios del programa. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Participación Vecinal, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad de Santiago de Surco, la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el Diario O fi cial El Peruano, en el portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2337371-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Autorizan viaje de funcionario a Ecuador, en comisión de servicios ACUERDO MUNICIPAL Nº 73-2024-MPC Cusco, catorce de octubre de dos mil veinticuatro EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha catorce de octubre de dos mil veinticuatro la Carta S/N de la asociación PUKLLASUNCHIS, Fundación Alianza en el Desarrollo; Informe Nº 424-2024-GMA-MPC de fecha 20 de setiembre de 2024, de la Gerente de Medio Ambiente, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi catorias y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica