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209 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2024 El Peruano / ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA N° 118/MDSM Artículo 1°.- MODIFICAR, el artículo 26° de la Ordenanza N° 118-MDSM, el cual quedara redactado de la siguiente manera: Artículo 26°.- El Alcalde convoca y preside la sesión establece la agenda y dirige el debate. En caso de ausencia, preside la sesión el primer regidor y por impedimento de éste, el regidor hábil que le sigue en el orden. Entre la convocatoria y la sesión mediará no menos de cuarenta y ocho (48) horas. Iniciada la sesión, no puede ser objeto de debate ningún asunto fuera de lo previsto en la Orden del día, o, cuando el quórum apruebe su inclusión mediante mayoría simple. Artículo 2°.- MODIFICAR, el artículo 36° de la Ordenanza N° 118-MDSM, el cual quedara redactado de la siguiente manera: Artículo 36°.- En las sesiones únicamente se tratarán asuntos que fi guran en Agenda y los que se presenten en la estación de Informes y Pedidos. En los casos en que la urgencia o importancia del asunto lo requieren, el Concejo puede dispensar la previa inclusión en Agenda, a efecto de que pueda tratarse los temas presentados en esa sesión, siempre y cuando contenga la debida documentación, la sustentación oral correspondiente y el quórum apruebe su inclusión mediante mayoría simple. Artículo 3°.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 2334444-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 710-MSS, que aprueba el Régimen de Saneamiento Tributario Especial DECRETO DE ALCALDÍA Nº 022-2024-MSS Santiago de Surco, 25 de octubre de 2024 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum Nº 1730-2024-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 795-2024-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 624-2024-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre el Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 710-MSS que aprueba el Régimen de Saneamiento Tributario Especial; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42º de la precitada Ley, señala que los decretos de alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Mediante Ordenanza Nº 710-MSS, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 13.09.2024, se aprobó el Régimen de Saneamiento Tributario Especial de la Municipalidad de Santiago de Surco, que otorga un bene fi cio temporal y extraordinario para la regularización del pago de deudas tributarias vencidas anteriores al 2024, a través del pago al contado o mediante un fraccionamiento fl exible, cualquiera fuera el estado de cobranza en que se encuentren. Conforme su Primera Disposición Final, la referida Ordenanza tiene vigencia hasta el 30 de setiembre de 2024; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 710-MSS faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la ampliación del plazo de su vigencia, difusión y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza, ya sea aclarando, anticipando, prorrogando o dejando sin efecto lo dispuesto en la referida ordenanza municipal; Que, con Decreto de Alcaldía N° 20-2024-MSS de fecha 27.09.2024, se prorrogó hasta el 31 de Octubre del 2024, la vigencia de la Ordenanza Nº 710-MSS, que aprueba el Régimen de Saneamiento Tributario Especial; Que, mediante Memorándum Nº 624-2024-GAT-MSS de fecha 18.10.2024, la Gerencia de Administración Tributaria remite la propuesta de Decreto de Alcaldía que propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 710-MSS hasta el 29 de noviembre de 2024, con la fi nalidad que los contribuyentes regularicen sus obligaciones tributarias vencidas, a través de mecanismos que aligeren la carga tributaria, accediendo de esta forma a ciertos descuentos en el pago de sus deudas tributarias, y a la condonación de sus intereses, así como de otros conceptos relacionados con el tributo adeudado; Que, como sustento, la Gerencia de Administración Tributaria señala que, durante la vigencia de la Ordenanza N° 710-MSS se ha apreciado una muy buena disposición mostrada por los contribuyentes de acogerse a los bene fi cios aprobados por la Ordenanza Nº 710- MSS; con lo que se viene logrando mejorar los niveles de recaudación de la deuda no corriente; y la disminución de la tasa de morosidad que se presenta en un sector de contribuyentes hasta la fecha, de tal forma que la norma incide positivamente en el incremento de la recaudación y la recuperación de las deudas tributarias tanto del Impuesto Predial 2024, como de los Arbitrios Municipales de ejercicios anteriores; Que, con Informe Nº 795-2024-GAJ-MSS del 21.10.2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que es procedente la aprobación del presente Decreto de Alcaldía, asimismo, considera que la norma se encuentra exonerada de la pre publicación, por cuanto no constituye la creación de nuevos tributos u obligaciones para los contribuyentes, ni establece recorte alguno en los derechos o bene fi cios existentes y vigentes a la actualidad; sino que, por el contrario, extiende la vigencia de un bene fi cio tributario a favor de aquellos; Que, a través del Memorándum N° 1730-2024-GM- MSS de fecha 22.10.2024, la Gerencia Municipal solicita se emita el respectivo Decreto de Alcaldía que prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 710-MSS que aprueba el Régimen de Saneamiento Tributario Especial; En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades