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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (13/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Viernes 13 de setiembre de 2024 El Peruano / Que, el numeral 18.2 del artículo 18 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, establece que es función de la Dirección Ejecutiva ejercer la representación legal de la Entidad, pudiendo delegar dicha función en el marco de la normatividad vigente; Que, con fecha 23 de marzo de 2024, se publicó en el diario o fi cial El Peruano la Resolución Ejecutiva N° 000041-2024-ITP/DE, emitida el 20 de marzo de 2024, donde la Dirección Ejecutiva delegó facultades a distintos órganos del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); Que, cabe señalar que, el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto supremo N° 082-2019-EF, dispone que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, de conformidad con sus normas de organización, que ejerce las funciones previstas en la Ley y su Reglamento para la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes, servicios y obras; asimismo, el numeral 8.2 del artículo 8 del citado precepto normativo, dispone que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga; Que, mediante Informe N° 000038-2024-ITP/DO, sustentado en el Informe N° 000038-2024-ITP/TVC-DO, ambos de fecha 26 de agosto de 2024, la Dirección de Operaciones sustentó y recomendó la modi fi cación y ampliación de las facultades que le han sido delegadas a través del numeral 6.1 del artículo 6 de la Resolución Ejecutiva N° 000041-2024-ITP/DE, en materia de contrataciones del Estado, con la fi nalidad de optimizar la gestión interna de la Entidad y obtener mayores niveles de efi ciencia para lograr una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, mediante Informe N° 000391-2024-ITP/OAJ, de fecha 28 de agosto de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a fi n que el Director Ejecutivo, en su calidad de Titular del ITP, modi fi que la Resolución Ejecutiva N° 000041-2024-ITP/DE, en el extremo de las facultades delegadas a la Dirección de Operaciones; Con los vistos de la Secretaría General y la O fi cina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas funciones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451, que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019- EF; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el numeral 6.1 del artículo 6 de la Resolución Ejecutiva N° 000041-2024-ITP/DE, mediante la cual el Director Ejecutivo delegó facultades en el/la Director/a de la Dirección de Operaciones, quedando redactado conforme al siguiente detalle: “6.1 En materia de Contrataciones del Estado (…)e) Suscribir las comunicaciones dirigidas a los contratistas proveedores de bienes y servicios que fueron requeridos respecto a: (i) Absolución de consultas y observaciones formuladas en relación a las especi fi caciones técnicas y/o términos de referencia; (ii) Estado de avance del proceso de entrega de los equipos y/o productos y/o entregables contratados; (iii) Conformidad de pagos parciales en los casos que corresponda; (iv) Formular observaciones y solicitar aclaraciones respecto del cumplimiento de las especi fi caciones técnicas y/o términos de referencia; (v) Recepción de los equipos; (vi) Requerir la subsanación por defectos o vicios ocultos, dentro del plazo establecido en la normativa de Contrataciones del Estado vigente; (vii) Requerimientos de cumplimiento de plazos contractuales. (…)g) Evaluar, resolver y comunicar la reserva de someter a arbitraje las controversias que surjan sobre las decisiones emitidas por la Junta de Resolución de Disputas relacionadas con la ejecución de los contratos de obra, cuando corresponda, de acuerdo a lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado. h) Resolver las solicitudes de retraso justi fi cado presentados en el marco de la ejecución de un contrato de obra, de acuerdo a lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado.” Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a los/las Directores/as y Jefes/as de los diferentes órganos del ITP. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP (https://www.gob.pe/ itp), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO DANTE MAURER FOSSA Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) 2324312-1 RELACIONES EXTERIORES Nombran Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en el Reino de los Países Bajos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 152-2024-RE Lima, 12 de setiembre de 2024CONSIDERANDO:Que, el numeral 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en el Reino de los Países Bajos a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Franca Lorella Deza Ferreccio. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La fecha en que la citada funcionaria diplomática deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.