NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (13/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 61
61 NORMAS LEGALES Viernes 13 de setiembre de 2024 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima - EPS GRAU S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 335-2024- VIVIENDA Lima, 12 de setiembre de 2024 VISTOS:La Nota N° D00014-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el Memorando N° D00176-2024-VIVIENDA/SG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D00074-2024-VIVIENDA/SG-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, el Informe N° D00092-2024-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial N° 564-2023-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 334 060 122,00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SESENTA MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS); las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario ofi cial El Peruano; asimismo, el numeral 13.4 del mismo artículo dispone que la entidad pública que trans fi ere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; Que, mediante la Nota N° D00014-2024-VIVIENDA/ VMCS-PNSU, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU), sustentada en el Memorando N° D00104-2024-VIVIENDA/VMCS- PNSU-UMPS y el Informe N° D00004-2024-VIVIENDA/ VMCS-PNSU-UMPS-NVC de la Unidad para la Mejora de la Prestación de Servicios, en el Memorando N° D00297-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.1 y el Informe N° D00071-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.1.2 de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, en los Informes N° D00052-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.2 y N° D00011-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.2-MBC de la Unidad de Asesoría Legal, solicita gestionar la transferencia fi nanciera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima - EPS GRAU S.A., hasta por la suma de S/ 397 884,00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para el fi nanciamiento de la provisión y abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna de propiedad del PNSU, en favor de la población de los albergues de los Km. 974, 978 y 980 del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura; para lo cual señala que se ha suscrito la adenda al convenio correspondiente; Que, con el Memorando N° D00176-2024-VIVIENDA/ SG-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe N° D00074- 2024-VIVIENDA/SG-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 397 884,00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de EPS GRAU S.A., para fi nanciar la provisión y abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna de propiedad del PNSU, en favor de la población de los albergues de los Km. 974, 978 y 980 del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura; Que, mediante el Informe N° D00092-2024-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la EPS GRAU S.A.; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 397 884,00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS GRAU S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 00009-2024-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS GRAU S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 397 884,00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima - EPS GRAU S.A., para fi nanciar la provisión y abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna de propiedad del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en favor de la población de los albergues de los Km. 974, 978 y 980 del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestaria 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría del Gasto 5: Gasto Corriente y Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Veri fi cación y Seguimiento El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano,