NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (13/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 67
67 NORMAS LEGALES Viernes 13 de setiembre de 2024 El Peruano / Obligaciones establecidas en el presente Reglamento Plazo máximo de implementación 3 La exigencia señalada en el literal l) del numeral 9.1 del artículo 9 respecto al cumplimiento con la categoría vehicular y tipo de carrocería dispuestas en la Ficha Técnica. 12 meses 4 Cumplir con el 100% de la flota requerida de acuerdo a la categoría vehicular y tipo de carrocería dispuestas en la Ficha Técnica 18 meses 5 Contar con la/las Zona(s) de Estacionamiento habilitadas conforme a los parámetros aprobado por la DO 24 meses 6 Cumplir con los Estándares de Calidad de Servicio establecidos en el presente Reglamento de acuerdo a lo establecido en el Manual de Operaciones Para aquellas personas jurídicas que soliciten autorización de acuerdo al presente Reglamento deben cumplir las condiciones señaladas en los puntos 4, 5 y 6 conforme a los plazos máximos determinados en el cuadro precedente. Los plazos establecidos en el cuadro precedente son contados a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento, la misma que se da con la aprobación y publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la ATU, que incorpore los procedimientos administrativos del presente Reglamento, en el diario o fi cial “El Peruano”. La ATU establece las causales por las cuales el Operador pierde de forma automática la Autorización de Servicio conforme a lo establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 31596. Durante los referidos plazos máximos de implementación, las Acciones de Fiscalización asociadas a estas obligaciones, son de carácter orientativo.” “NOVENA.- Creación de servicios expresos En tanto entre en vigencia el presente Reglamento y en atención a las necesidades del servicio público de transporte de personas en áreas de la ciudad cuyos desarrollos urbanos generen centralidades con demanda excepcional, con informe técnico sustentado emitido por la Subdirección de Plani fi cación de la DIR, la SSTR modi fi ca de o fi cio la Ficha Técnica para la creación de servicios expresos, con paradas sólo en determinados paraderos, los cuales son de naturaleza accesoria al servicio autorizado. Asimismo, en tanto se implementen y habiliten progresivamente paraderos destinados al Servicio Público de Transporte Regular, queda suspendida la solicitud de creación, de los servicios expresos a pedido de parte, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 16.1 del artículo 16 del presente Reglamento, para la optimización del Servicio Público de Transporte Regular.” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (https://www.gob.pe/atu) en la misma fecha. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID AUGUSTO HERNANDEZ SALAZAR Presidente Ejecutivo 2324584-1 CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Prorrogan plazo para la adecuación y aprobación de las guías metodológicas del SINAPLAN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 00095-2024/ CEPLAN/PCD Lima, 10 de setiembre de 2024 VISTO: El Proveído N° 002127-2024-CEPLAN- DE, de la Dirección Ejecutiva, el Informe N° 000423-2024-CEPLAN-DNCP, de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, el Informe N° 000073-2024-CEPLAN-DNPE, de la Dirección Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos, y el Informe Nº 00182-2024-CEPLAN-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00068-2024/CEPLAN/PCD, se prorrogó el plazo dispuesto en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00021-2024/CEPLAN/PCD, para que el CEPLAN actualice y apruebe las guías metodológicas de planeamiento estratégico, conforme a la “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN”; Que, mediante los Informes del Visto, las Direcciones Nacionales del CEPLAN, solicitan prorrogar el plazo dispuesto en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00068-2024/CEPLAN/PCD, a fi n de incorporar en las guías en proceso de adecuación, las recomendaciones recibidas en la Sesión Extraordinaria N° 311 del Consejo Directivo de CEPLAN, recoger los aportes de la ciudadanía, las autoridades y los sectores especializados, y asegurar la coherencia con las demás guías de planeamiento estratégico aprobadas por el CEPLAN; Que, de la revisión de los Informes de las Direcciones Nacionales, resulta pertinente; prorrogar el plazo para la adecuación y aprobación de las guías metodológicas del SINAPLAN, por 30 (treinta) días calendario; Con el visado del Director Ejecutivo (e), de la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, del Director Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; la Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00021-2024/ CEPLAN/PCD; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prorrogar 30 (treinta) días calendario, el plazo dispuesto en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00068-2024/CEPLAN/PCD, para la adecuación y aprobación de las guías metodológicas del SINAPLAN. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del CEPLAN (www.gob.pe/ceplan). Regístrese, comuníquese y publíquese.GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 2323882-1