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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (13/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Viernes 13 de setiembre de 2024 El Peruano / a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, se encuentran comprendidas en lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; autorizándose a dichas entidades, sea que se encuentren o no bajo el ámbito del Sistema Nacional de Presupuesto Público, a efectuar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 315-2023- CG, de fecha 04 de setiembre de 2023, la Contraloría General de la República modi fi có la Tarifa aprobada con Resolución de Contraloría N° 019-2023-CG, de fecha 17 de enero de 2023, referida al monto de retribución económica, el Impuesto General a las Ventas y el derecho de designación y supervisión de la sociedad de auditoría, por el periodo a auditar 2023 y 2024, e incorporó, por excepción, la Tarifa por el periodo a auditar 2025; correspondiente a la empresa Petróleos del Perú S.A.- PETROPERÚ S.A., que debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a la sociedad de auditoría que, previo concurso público de méritos, sea designada para realizar labores de control posterior externo; Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 05-2022- CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, aprobada con Resolución de Contraloría N° 035-2022- CG, establece que el proceso de designación de las sociedades de auditoría es administrado por la Gerencia de Administración, y que el Concurso Público de Méritos para la designación se convoca después que las entidades efectúan la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República para la contratación de las sociedades de auditoría, conforme a lo establecido en la Ley N° 27785 y al requerimiento efectuado por la Gerencia de Administración según lo dispuesto en el Tarifario y por el periodo de designación establecido en el Cronograma Anual de los Concursos Públicos de Méritos, y su incorporación al presupuesto de la Contraloría General de la República; Que, el artículo 4 de la Resolución de Contraloría N° 095-2023-CG, derogó, entre otros, los literales d), g), m), p), q), r) y s) del artículo 60 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, respecto a las funciones de la Gerencia de Administración con relación a las sociedades de auditoría. Asimismo, el artículo 3 de la Resolución de Contraloría N° 293-2024-CG, incorporó el artículo 116-D al citado reglamento, respecto a las funciones de la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental, estableciendo en su literal q), la función de conducir y supervisar que los procesos de registro, designación, contratación y seguimiento contractual de las sociedades de auditoría que realizan servicios de control gubernamental a las entidades se efectúen según lo dispuesto en la normativa especí fi ca que regula la gestión de sociedades de auditoría y demás normativa emitida por la Contraloría General de la República; en ese sentido, las referencias a las funciones de la Gerencia de Administración en la Directiva N° 05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, aprobada con Resolución de Contraloría N° 035-2022- CG, deben ser entendidas, en la actualidad, como funciones de la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental, en lo que corresponda, hasta su adecuación normativa; Que, a través de la Carta GCFI-0791-2024, registrada con Expediente N° 0820240476759 de fecha 09 de agosto de 2024, la empresa Petróleos del Perú S.A. – PETROPERÚ S.A. solicita a la Contraloría General de la República, la reconsideración de la Tarifa de la retribución económica para efectuar la auditoria fi nanciera gubernamental, por los periodos 2024 y 2025 de la citada empresa; atendiendo a ello, a través de la Hoja Informativa N° 000047-2024-CG/ECOFI, la Subgerencia de Control del Sector Económico y Financiero sustenta técnicamente la necesidad de modi fi car la tarifa aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 315-2023-CG en cuanto al monto de la retribución económica, del Impuesto General a las Ventas y el derecho de designación y supervisión de la sociedad de auditoría, por el periodo a auditar 2024 y 2025. En ese sentido, mediante el Memorando N° 000475-2024-CG/GPOIN, la Gerencia de Control Político Institucional y Económico remite la citada Hoja Informativa a la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, otorgándole esta última la conformidad, tal como se aprecia en el Memorando N° 000851-2024-CG/VCST, y cuyos montos correspondientes a los conceptos antes mencionados, deben ser transferidos a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a la sociedad de auditoría; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental, mediante Memorando N° 001035-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000842-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría que modi fi que la Tarifa para la designación de la sociedad de auditoría, correspondiente al periodo a auditar 2024 y 2025, referida a la empresa Petróleos del Perú S.A. – PETROPERÚ S.A., de acuerdo a la propuesta formulada y sustentada por la Subgerencia de Control del Sector Económico y Financiero, con la conformidad de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico y de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; En uso de las facultades conferidas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y de conformidad con la Directiva N° 05- 2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, aprobada con Resolución de Contraloría N° 035-2022- CG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car la Tarifa para la designación de la sociedad de auditoría, correspondiente a los periodos a auditar 2024 y 2025, referida a la empresa Petróleos del Perú S.A. – PETROPERÚ S.A., conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Tarifa a que se re fi ere el artículo 1 entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente resolución. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental solicitar las transferencias fi nancieras según lo establecido en la Tarifa a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, así como el seguimiento de su cumplimiento. Artículo 4 .- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y, a su vez, esta con su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2324597-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Cuadro para Asignacion de Personal Provisional – CAP Provisional de la Universidad Nacional de Ucayali UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI RECTORADO RESOLUCIÓN Nº 596-2024-UNU-R Pucallpa, 5 de setiembre de 2024