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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (16/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Lunes 16 de setiembre de 2024 El Peruano / en el marco normativo, tales suministros podrían ser considerados como Benefi ciarios de la Promoción, considerando que la información del VNRGN que se utilizará en ese momento estará actualizada a julio de 2024 y, al ser información acumulada, los datos pertenecientes a mayo de 2024 estarían incluidos; Que, por los argumentos expuestos en el presente análisis, corresponde declarar infundado este extremo del recurso de Contugas; 4.7. Cálculo del FA1 y alícuota Que, con relación al recálculo del FA1 y la Alícuota, se debe señalar que, dado que el extremo referido a la variación en los Ingresos Percibidos es fundado e implica una reducción de 9,9% de los mismos, corresponde disponer la actualización de dichos parámetros. Como consecuencia de ello, también se debe actualizar el Saldo de la Cuenta de Promoción que originalmente fue aprobado con la Resolución 155; Que, la variación del Saldo de la Cuenta de Promoción, los Factores de Ajuste Tarifario y la Alícuota aprobados en la Resolución 155, se detallarán en el Informe Técnico N° 652-2024-GRT que sustenta la nueva versión de la revisión del Saldo del Balance de la Promoción y el reajuste tarifario correspondiente; Que, por los argumentos expuestos en el presente análisis, corresponde declarar fundado en parte este extremo del recurso de Contugas; Que, conforme con lo expuesto en los numerales 4.2 y 4.7 precedentes, corresponde disponer mediante la presente decisión, las modifi caciones pertinentes a la Resolución 155, según el análisis y detalle expuesto en el Informe Técnico N° 652-2024-GRT; Que, fi nalmente, se han expedido el Informe Técnico N° 651-2024-GRT, el Informe Técnico N° 652-2024-GRT y el Informe Legal N° 653-2024-GRT de la División de Gas Natural y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, respectivamente; los mismos que complementan la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el artículo 3, numeral 4, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; en el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, Reglamento General de Osinergmin; en el Decreto Supremo N° 040-2008-EM, TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos; en el Decreto Supremo N° 004-2019- JUS, TUO de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, así como en sus normas modifi catorias y complementarias; y; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 030-2024. SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar fundado el extremo del petitorio del recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Contugas S.A.C contra la Resolución N° 155-2024-OS/CD a que se refi ere el numeral 2.2, por las razones señaladas en el numeral 4.2 de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Declarar infundados los extremos del petitorio del recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Contugas S.A.C contra la Resolución N° 155- 2024-OS/CD a que se refi eren los numerales 2.1; 2.4; 2.5 y 2.6 por las razones señaladas en los numerales 4.1; 4.4; 4.5 y 4.6 de la parte considerativa de la presente resolución, respectivamente. Artículo 3.- Declarar fundado en parte los extremos del petitorio del recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Contugas S.A.C contra la Resolución N° 155-2024-OS/CD a que se refi eren los numerales 2.3 y 2.7, por las razones señaladas en los numerales 4.3 y 4.7 de la parte considerativa de la presente resolución.Artículo 4.- Modifi car el artículo 1 de la Resolución N° 155-2024-OS/CD según lo siguiente: “Artículo 1.- Aprobación del Saldo de la Cuenta de Promoción Aprobar el Saldo de la Cuenta de Promoción de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, del periodo comprendido del 01 de mayo de 2022 al 30 de abril de 2024, en un monto equivalente a USD 463 597,00 como saldo negativo, monto que representa un superávit del Fondo de Promoción en el periodo evaluado, cuyo cálculo se encuentra detallado en el numeral 9.3 del Informe Técnico N° 652-2024-GRT”. Artículo 5.- Modifi car el artículo 2 de la Resolución N° 155-2024-OS/CD según lo siguiente: “Artículo 2.- Aprobación de los Factores de Ajuste Tarifario Aprobar los factores correspondientes al reajuste tarifario de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, aplicables del 1 de agosto de 2024 al 31 de octubre de 2024, conforme a lo siguiente: - Factor de Ajuste Asociado a la Promoción (FA1): 2,4204 - Factor de Ajuste de Equilibrio Tarifario (FA2): 1,0000 - Factor de Ajuste Total (FAT): 1,0501 Los factores se aplicarán a la Tarifa de Distribución vigente de las categorías tarifarias de la Concesión de Ica, excepto a las categorías A1 y A2”. Artículo 6.- Modifi car el artículo 3 de la Resolución N° 155-2024-OS/CD según lo siguiente: “Artículo 3.- Aprobación del valor de la Alícuota Aprobar el valor de la Alícuota de 8,14% aplicable a la Tarifa de Distribución de gas natural por red de ductos de la concesión de Ica de cada categoría tarifaria, excepto a las categorías A1 y A2, que estará vigente del 1 de agosto de 2024 al 31 de octubre de 2024”. Artículo 7.- Incorporar los Informes N° 651-2024- GRT, N° 652-2024-GRT y N° 653-2024-GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial “El Peruano”, así como en el portal institucional de Osinergmin: www.gob.pe/ osinergmin, y consignarla junto con los Informes N° 651- 2024-GRT, N° 652-2024-GRT y N° 653-2024-GRT, en la página Web de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2325229-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Designan Jefe de la Oficina de Potencial Humano del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000140-2024/ JNAC/RENIEC Lima, 13 de setiembre de 2024