NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/09/2024)
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TEXTO PAGINA: 58
58 NORMAS LEGALES Viernes 20 de setiembre de 2024 El Peruano / Artículo 1º se aprobó el Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional de San Martín, no habiéndose consignado en la misma la dirección electrónica de portal institucional de la UNSM, Que, mediante la Carta Nº D001596-2024-UNSM- OPP el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la UNSM, solicita al señor Rector de la UNSM la modi fi cación de la Resolución Nº 739-2024-UNSM/ CU-R, en el sentido de incluir en la parte resolutiva la dirección electrónica donde pueden veri fi car el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) publicado en el portal de transparencia de la UNSM, en cumplimiento del Decreto Supremo Nª 004-2008-PCM. Reglamento de la Ley Nº 29091, artículo 4; Que, mediante el Proveído Nº D001083-UNSM- RE, el señor Rector de la Universidad Nacional de San Martín deriva el expediente para ser tratado en Sesión de Consejo Universitario; Que, al ser el señor Rector de la UNSM personero y representante legal de la Universidad Nacional de San Martín (artículo 116° del Estatuto de la UNSM y artículo 60º de la Ley Universitaria – Ley N° 30220) y entre sus atribuciones está la de Presidir el Consejo Universitario, así como hacer cumplir sus acuerdos y normas, tal como lo prescribe el numeral 62.1 del artículo 62º de la Ley Universitaria - Ley Nº 30220 y artículo 117° inciso a) del Estatuto de la UNSM; Estando a lo acordado en Sesión Extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 14.08.2024 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria N° 30220, el Estatuto y el Reglamento de la UNSM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modi fi car el Artículo Primero de la Resolución de Consejo Universitario Nº 739-2024-UNSM/ CU-R de fecha 29-05-2024, la misma que a partir de la fecha quedará redactada de la siguiente manera: Artículo 1°.- Aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional de San Martín, cuya dirección electronica para su visualización es https://transparencia. unsm.edu.pe/documentos-gestion. Artículo 2°.- Anexar la presente a la Resolución de Consejo Universitario Nº 739-2024-UNSM/CU-R de fecha 29-05-2024. Artículo 3°.- Disponer su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, Portal Institucional y Portal de Transparencia de la UNSM. Artículo 4°.- Distribuir la presente Resolución a: Rectorado, VACAD, VINV, Comisión, OAJ, OCI, Interesados, y Archivo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AQUILINO MESÍAS GARCÍA BAUTISTA Rector de la UNSM AUGUSTO MACEDO NAVARRO Secretario General (e) de la UNSM 2323808-1 Autorizan viaje de Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno a la República Dominicana, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2226-2024 -R-UNA Puno, 15 de agosto del 2024VISTOS: El OFICIO Nº 394-2024-VRI-UNA-PUNO (08-08- 2024), procedente del Vicerrectorado de Investigación – UNA-PUNO; y, el MEMORANDUM Nº 870-2024-SG-UNA- PUNO (15-08-2024) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación de autorización de viaje al extranjero, ciudad de SANTO DOMINGO - REPÚBLICA DOMINICANA, del Dr. ARIEL ROGELIO VELAZCO CARDENAS, Vicerrector de Investigación; con fi nes de participación en evento III Encuentro de la Red RU - IRA; CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18º de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, la Ley Nº 27619, que tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; en cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad; Que, mediante OFICIO Nº 394-2024-VRI-UNA- PUNO, el Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, en atención a la invitación contenida en la Carta s/n (01-08-2024), cursado por el Responsable del proyecto FAO-UPM y Coordinador de la RED RU-IRA de la Universidad de Caribe - UNICARIBE, solicita la autorización de viaje a la ciudad de Santo Domingo – República Dominicana, del 04 al 09 de setiembre del año en curso, a fi n de participar en el “III ENCUENTRO DE LA RED para las 46 universidades de América Latina y Caribe y las 50 instituciones del ámbito privado (empresas, cooperativas, asociaciones agroalimentarias) formalmente comprometidas con la difusión de los Principios de Inversión Responsable en Agricultura (IRA) y los Sistemas Alimentarios de FAO” que tiene como objetivo: “UNA METAUNIVERSIDAD PARA UN DESARROLLO SOSTENIBLE: INVERSIÓN RESPONSABLE EN AGRICULTURA Y SISTEMAS ALIMENTARIOS”; asimismo requiriéndose para el efecto, la autorización de una bolsa de viaje por la suma de ONCE MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 SOLES (S/. 11,400.00), de conformidad al respectivo Plan de Trabajo que se encuentra anexo; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido las opiniones técnicas contenidas en: el INFORME Nº 1913-2024-UP-OPP-UNA-PUNO (13-08-2024) de la Unidad de Presupuesto, del cual se in fi ere la existencia de disponibilidad de marco presupuestal en la Meta SIAF-0037 – 5.000650 Desarrollo de Estudios e Investigaciones Estadísticas – VRI, en la Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, hasta por el importe de S/. 11,400.00 Soles; y el INFORME Nº 1550-2024-SP-UPM-OPP-UNA-P (13-08-2024) de la Unidad de Planeamiento y Modernización, sobre la existencia del registro de la Actividad Operativa “DESARROLLO DE PROYECTOS Y ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN – RDR”, correspondiente al POI 2024 en el aplicativo CEPLAN V.01; por lo que resulta la posibilidad de autorizar los gastos de viaje requeridos. Asimismo, la O fi cina de Asesoría Jurídica ha emitido el INFORME LEGAL Nº 1833-2024-OAJ-UNA-PUNO (14-08-2024), el cual, en armonía con la normativa y consideraciones expuestas, opina que es viable autorizar el viaje al extranjero, materia de la presente;