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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (26/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Jueves 26 de setiembre de 2024 El Peruano / Aprueban y autorizan eI otorgamiento de subvención económica a favor de Ia AsambIea NacionaI de Gobiernos RegionaIes - ANGR ACUERDO REGIONAL N° 000127-2024- GRLL-CR Trujillo, 11 de julio del 2024 APRUEBAN AUTORIZAR EL OTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN ECONÓMICA A FAVOR DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE GOBIERNOS REGIONALES - ANGR EI Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad en Sesión Ordinaria Mixta de fecha 10 de julio del 2024, VISTO Y DEBATIDO, el OFICIO N ˚ 000070-2024-GRLL-CR-COMPLAN que contiene el Dictamen N.º 00034-2024-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Texto Sustitutorio del Proyecto de Acuerdo Regional relativo a autorizar el otorgamiento de Ia subvención económica ascendente a Ia suma de setenta y dos miI y 00/100 soIes (S/. 72,000.00) a favor de Ia Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales - ANGR, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a Io establecido en eI artículo 191 ˚ de Ia Constitución Política deI Estado y artículo 2 ˚ de Ia Ley Orgánica de Gobiernos RegionaIes, Ley N ˚ 27867 y sus modi fi catorias, Ios Gobiernos RegionaIes son personas jurídicas de derecho púbIico con autonomía poIítica, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a Io prescrito en eI artículo 39 ˚ de Ia Ley N ˚ 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)”; Que, Ios IiteraIes a) y d) deI ArtícuIo 15 ˚ de Ia Ley N˚ 27867, Ley Orgánica de Gobiernos RegionaIes, estabIece que es atribución deI Consejo RegionaI aprobar y modi fi car o derogar Ias normas que reguIen y regIamenten Ios asuntos y materia de competencia y funciones deI Gobierno RegionaI y aprobar Ios Estados Financieros y Presupuestarios; Que, eI Principio de LegaIidad, previsto en eI numeraI 1.1 deI inciso 1, deI artícuIo IV deI TítuIo PreIiminar deI Texto Único Ordenado de Ia Ley Nº 27444, Ley deI Procedimiento Administrativo GeneraI, estabIece: “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas”; se entiende que Ia actuación de Ia Autoridad Administrativa debe ceñirse dentro de Ios márgenes que estabIece nuestra normatividad nacionaI vigente, con Ia fi naIidad de observar inexorabIemente sus aIcances; siendo así, eI Principio de LegaIidad busca que Ia Administración PúbIica respete y cumpIa Ias normas IegaIes aI momento de ser apIicadas en Ios casos materia de su competencia; Que, eI artícuIo 53º deI RegIamento Interno deI Consejo RegionaI, aprobado mediante Ordenanza RegionaI N ˚ 005-2010-GRLL/CR, prescribe: “Los Dictámenes son los documentos que contienen una exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las comisiones sobre las proposiciones de Ordenanza Regionales y Acuerdos Regionales que son sometidas a su conocimiento, además de las conclusiones y recomendaciones derivadas de dichos estudios.”; Que, Ia AsambIea NacionaI de Gobiernos RegionaIes - ANGR, es una organización pIuraI que promueve Ias prácticas deI buen gobierno, Ia transparencia y Ia Iuchas contra Ia corrupción, que poya de manera efectiva Ias iniciativas de integración regionaI y desarroIIa propuestas para avanzar en Ia descentraIización deI país, trabaja en aIianza con Ias asociaciones de otros niveIes de gobierno, concertando y articuIando poIíticas sectoriaIes y territoriaIes, considerándose como un espacio de refIexión e interIocución para Ia mejora de Ia gestión regionaI y Ia coordinación intergubernamentaI contribuyendo aI fortaIecimiento deI Estado de Derecho, Ia democracia y Ia descentraIización, con eI fi n de contribuir aI desarroIIo en eI país; Que, en eI contexto de Io precitado, y en eI marco de Ia fi naIidad, de impuIsar y defender eI proceso de descentraIización en eI país, eI Gobierno RegionaI de La Libertad está integrado como miembro asociado activo, a Ia AsambIea NacionaI de Gobiernos RegionaIes - ANGR, por cuya condición está sujeto y obIigado a Ia contribución mensuaI de SEIS MIL Y 00/100 SOLES (S/. 6,000.00), como subvención económica mensuaI a partir deI me de enero deI 2024, según eI acuerdo tomado durante Ia Tercera AsambIea GeneraI Extraordinaria deI 17 de noviembre de 2023; Que, mediante Carta N ˚ 0016-2024-ANGR/P de fecha 29 de enero 2024, eI presidente de Ia AsambIea NacionaI de Gobiernos RegionaIes; entre otros, Ie recuerda aI Gobernador RegionaI de La Libertad, que se encuentra adeudando subvención por Ia suma de S/. 6,000.00, correspondiente aI periodo de enero deI año 2024; ante Io cuaI, Ia Gerencia RegionaI de Administración eI Gobierno RegionaI ha promovido eI O fi cio N ˚ 000104- 2024-GRLL/GGR-GGR- GRA, con Ia fi naIidad que Ia Gerencia RegionaI de Presupuesto adopte Ias acciones administrativas destinados aI pago de Ia subvención antes referida; Que, Ias subvenciones que se otorguen a personas jurídicas, no pertenecientes aI Sector PúbIico en Ios años fi scaIes correspondientes, deben estar consideradas en eI anexo de Ia Ley de Presupuesto deI Sector PúbIico, debiendo contar con eI fi nanciamiento respectivo y eI informe técnico sustentatorio de Ia O fi cina de Presupuesto o Ia que haga sus veces en Ia Entidad subsidiaria correspondiente, como Io prescribe eI numeraI 71.1 deI artícuIo 71 deI Decreto LegisIativo N ˚ 1440, Decreto LegisIativo deI Sistema NacionaI de Presupuesto PúbIico; Que así mismo, eI numeraI 71.3 deI artícuIo 71 ˚ deI Decreto LegisIativo N ˚ 1440, Decreto LegisIativo deI Sistema NacionaI de Presupuesto PúbIico; dispone: “Sólo por decreto supremo y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros se pueden otorgar subvenciones adicionales, exclusivamente para fi nes sociales, a las contenidas en el citado anexo, debiendo para tal efecto contar con el informe técnico de la O fi cina de Presupuesto del pliego o la que haga sus veces y el fi nanciamiento correspondiente en el Presupuesto Institucional respectivo. En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales las subvenciones se sujetan, estrictamente, a sus recursos directamente recaudados, debiendo ser aprobadas mediante el Acuerdo respectivo, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad.”; Que, en eI Presupuesto InstitucionaI Modi fi cado deI Año FiscaI 2024 en Ia Unidad Ejecutora 001 SEDE CENTRAL, en Ia fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios se encuentras previsto Ia asignación correspondiente para otorgar Ia subvención económica a Ia AsambIea NacionaI de Gobiernos RegionaIes; hasta por Ia suma de S/. 36,000.00; aprobados por Ia Ley N ˚ 31953 Ley de Presupuesto deI Sector PúbIico para eI Año FiscaI 2024; contenida en eI ANEXO A: “SUBVENCIONES PARA PERSONAS JURIDICAS PARA EL AÑO FISCAL 2024”, como lo precisa el numeraI 1.3 deI artícuIo 1 ˚ de Ia Ley N ˚ 31953 Ley de Presupuesto deI Sector PúbIico para eI Año FiscaI 2024; y con eI fi n de dar cumpIimiento aI acuerdo adoptado en Ia Tercera AsambIea GeneraI Extraordinaria deI 17 de noviembre de 2023, con O fi cio N ˚ 000037-2024-GRLL-GGR- GRA Ia Gerencia RegionaI de Administración en concordancia con Io prescrito en eI numeraI 71.3 deI artícuIo 71 ˚ deI Decreto LegisIativo N ˚ 1440, Decreto LegisIativo deI Sistema NacionaI de Presupuesto PúbIico; promovió Ia modi fi cación presupuestaria en eI niveI funcionaI programático hasta por Ia suma de S/. 36,000.00 soIe, para Ia habiIitación presupuestaria en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, para