Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Sábado 28 de setiembre de 2024 El Peruano / excepcionalmente durante el ejercicio 2024, a los pliegos del Gobierno Nacional, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los recursos de las partidas de gasto 2.1.1 Retribuciones y complementos en efectivo y 2.1.3 Contribuciones a la seguridad social para fi nanciar los gastos necesarios para la gestión y operatividad; asimismo, se exonera de lo dispuesto en los numerales 9.1 y 9.5 del artículo 9 y el inciso i) del numeral 34.2 del artículo 34 de la Ley 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, así como, de los literales a), b) y d) del inciso 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo N° 1440. Las citadas modi fi caciones presupuestarias se autorizan mediante Resolución del Titular del pliego, previa opinión favorable de la O fi cina de Presupuesto y de la O fi cina de Recursos Humanos del pliego; Que, el numeral 25.2 del artículo 25 de la Ley N° 32103, establece que las partidas de gasto, materia de anulación en las modi fi caciones presupuestarias que se realicen en el marco del numeral precedente, no pueden ser objeto de demandas adicionales durante la fase de ejecución presupuestaria y no involucran el des fi nanciamiento de los gastos de personal, bajo responsabilidad del titular de la entidad; asimismo, el numeral 25.3 del artículo 25 de la referida Ley, indica que los recursos habilitados en el marco del citado artículo no pueden ser utilizados para el pago de remuneraciones, ingresos, boni fi caciones, bene fi cios, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos, compensaciones económicas, pensiones y conceptos de cualquier naturaleza destinados a gasto de personal; Que, mediante O fi cio N° 000828-2024-PRONACEJ/DE, el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 004. Centros Juveniles, remite el Informe N° 206-2024-PRONACEJ-UPPM de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, que emite opinión favorable para realizar las modi fi caciones en el marco del artículo 25 de la Ley N° 32103 por el importe de S/ 1 848 673,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, lo cual permitirá realizar la contratación de servicios, adquisición de kits de aseo personal, medicamentos para los Centros Juveniles de Diagnóstico y Rehabilitación y Servicios de Orientación al Adolescente a nivel nacional y otros gastos operativos del Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ; Que, mediante Memorando N° 1880-2024- JUS/OGRRHH, sustentado en el Informe N° 1616-2024-OGRRHH-OGEC-JJFJ de la O fi cina de Gestión del Empleo y Compensación de la O fi cina General de Recursos Humanos emite opinión favorable a la propuesta de la Unidad Ejecutora 004. Centros Juveniles para realizar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático por el monto de S/ 1 848 673,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en el marco del artículo 25 de la Ley N° 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas; Que, mediante Informe N° 108-2024-JUS/OGPM- OPRE, de la O fi cina de Presupuesto, remitido mediante Memorando N° 2021-2024-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable para que la Unidad Ejecutora 004. Centros Juveniles realice las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a las partidas de gasto 2.1.1 Retribuciones y complementos en efectivo y 2.1.3 Contribuciones a la seguridad social por el monto de S/ 1 848 673,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el documento de vistos, señala que contándose con las opiniones favorables a la O fi cina de Presupuesto y de la O fi cina General de Recursos Humanos del pliego, se veri fi ca que se cumplen los presupuestos para la habilitación legal contenida en el artículo 25 de la Ley Nº 32103; Con el visado del Viceministerio de Justicia; de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Centros Juveniles; de la O fi cina General de Recursos Humanos; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y el artículo 25 de la Ley N° 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de Modi fi cación Presupuestaria Autorizar la modi fi cación presupuestaria en el nivel funcional programático conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 32103, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas, hasta por la suma de S/ 1 848 673,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar los gastos necesarios para la gestión y operatividad de la Unidad Ejecutora 004. Centros Juveniles, según Anexo 01 que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Noti fi cación Copia de la presente Resolución se remite a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Centros Juveniles, a la O fi cina General de Recursos Humanos y a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, para su conocimiento. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2329723-1 PRODUCE Disponen la publicación en la sede digital del Ministerio del proyecto de “Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00391-2024- PRODUCE Lima,26 de setiembre de 2024 VISTOS: El Memorando Nº 00003020-2024-PRODUCE/ DGSFS-PA de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción; el Memorando Nº 00000451-2024-PRODUCE/DGPCHDI de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto; el Informe Nº 00000439-2024-PRODUCE/DGPARPA de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura con el que hace suyo el Informe Nº 00000472-2024-PRODUCE/DPO de su