NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 140
TEXTO PAGINA: 64
64 NORMAS LEGALES Sábado 28 de setiembre de 2024 El Peruano / del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público; Que, con O fi cio Nº 7257/51 la Subsecretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que participará como O fi cial de Intercambio en el Cuerpo de Fusileros Navales de la Marina de Brasil, en la República Federativa de Brasil, del 7 de octubre al 7 de noviembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 6 de octubre y su retorno el 8 de noviembre de 2024; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, a través del O fi cio Nº 02712-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 058-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal Nº 01640-2024-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Hernán Eduardo SOTO RODRÍGUEZ (titular), identi fi cado con CIP Nº 00023061 y DNI Nº 40927920, y del Capitán de Fragata Alessandro Stanislaw KOBYLINSKI PADILLA (suplente), identi fi cado con CIP Nº 00011095 y DNI Nº 43310845, para participar como O fi cial de Intercambio en el Cuerpo de Fusileros Navales de la Marina de Brasil, en la República Federativa de Brasil, del 7 de octubre al 7 de noviembre de 2024; así como, autorizar su salida del país el 6 de octubre y su retorno el 8 de noviembre de 2024. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:Pasajes aéreos: Lima - Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) - Lima Clase económica US$ 1,800.00 x 1 persona (incluye importe TUUA)US$ 1,800.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 6,272.09 / 31 x 25 días (oct.) x 1 persona US$ 5,058.14 US$ 6,272.09 / 30 x 7 días (nov.) x 1 persona US$ 1,463.49 Total a pagar: US$ 8,321.63 Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El O fi cial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- El mencionado O fi cial Superior revistará en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú por el período que dure la comisión de servicio en el exterior. Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2328054-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Crean Grupo de Trabajo Multisectorial que tiene por objeto elaborar la propuesta de actualización de la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos, dependiente de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0328-2024- MIDAGRI Lima, 27 de septiembre de 2024 VISTOS: Los O fi cios N° 0412 y 0736-2024-ANA-J del Jefe de la Autoridad Nacional del Agua, que dan conformidad a los Informes Legales N° 0443 y 0808-2024-ANA-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del ANA, respectivamente; el Memorando N° 1966-2024-MIDAGRI-SG/OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, que hace suyo el Informe N°0170-2024-MIDAGRI-SG/OGPP- OM de la O fi cina de Modernización; y el Informe N° 1124-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo el diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; asimismo, el numeral 2 del artículo 6, en concordancia con el numeral