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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Domingo 29 de setiembre de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Mediante carta presentada con fecha 28 de junio del 2024 (subsanada, con fecha 22 de agosto del 2024), ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, el abogado Christian Salomón García Angulo, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica, designado en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Nazca; presenta su renuncia al cargo, por motivos estrictamente personales, informando como último día de labores el 29 de julio de 2024. Asimismo, estando a que dicho nombramiento se efectuó con la reserva de su plaza de origen, se procedió a comunicar dicha renuncia a la O fi cina General de Potencial Humano, para su conocimiento y fi nes. En ese sentido, con o fi cio Nº 001900-2024-MP-FN- PJFSICA, la abogada Carmen Victoria Huayre Proaño, presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, remite la referida carta de renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, indicando que la misma cuenta con su conformidad y la del jefe inmediato del fi scal renunciante, con efectividad al 29 de julio de 2024. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia del referido fi scal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia formulada por el abogado Christian Salomón García Angulo, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica y a su designación en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Nazca; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 29 de julio de 2024, la prórroga de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 3821-2019-MP-FN y 1808-2024-MP-FN, de fechas 31 de diciembre de 2019 y 14 de agosto de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Christian Salomón García Angulo que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2329880-1 Designan fiscal provincial titular civil y familia de Chachapoyas, Distrito Fiscal de Amazonas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2146-2024-MP-FN Lima, 27 de setiembre de 2024 VISTO:El o fi cio Nº 3026-2024-ANC-MP-J, de fecha 20 de Agosto de 2024, y; CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3832-2015-MP-FN, de fecha 11 de agosto de 2015, se resolvió, entre otros, designar al abogado Dante Francisco Flores Ostos, fi scal provincial titular, designado en la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Chachapoyas en el Distrito Fiscal de Amazonas, sin embargo, con Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 135-2021-MP-FN, de fecha 29 de enero del 2021, en la cual se adecua la denominación de la plaza, siendo designado a la Fiscalía Provincial de Familia de Chachapoyas. De acuerdo al numeral 3 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal. El numeral 4 del artículo 65 de la citada Ley Orgánica establece que corresponde al Fiscal de la Nación designar, según corresponda, a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca. Así como, el artículo 32 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, re fi ere que la designación de los fi scales, en todos los niveles y especialidades, compete al Ministerio Público y se realiza en la plaza especí fi ca, para el órgano fi scal respectivo y sobre la base de la especialidad, experiencia, desempeño y antigüedad. Adicionalmente, el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Mediante el o fi cio de visto, cursado por el abogado Antonio Fernández Jeri, jefe nacional de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; se eleva la propuesta para ocupar la plaza de fi scal provincial en el referido despacho. En ese sentido y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente se encuentra pendiente de ocupar, previa veri fi cación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, designar al abogado Dante Francisco Flores Ostos fi scal provincial, para que ocupe provisionalmente el cargo en el despacho de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; para lo cual previamente se deberá dar por concluida la designación que se menciona en el primer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. Es de precisar que la designación que se menciona en el párrafo que antecede tendrá vigencia a partir de la