NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 67
67 NORMAS LEGALES Domingo 29 de setiembre de 2024 El Peruano / Municipal y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS DE: CERTIFICADO DE JURISDICCIÓN; ASIGNACIÓN DE NUMERACIÓN MUNICIPAL PARA INMUEBLES EDIFICADOS CON DECLARATORIA DE FÁBRICA O CON LICENCIA ANTERIORES A LA LEY Nº 29090; SANEAMIENTO CATASTRAL DE PREDIOS PARA FINES REGISTRALES, NOTARIALES Y OTROS; Y; SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD DE: CERTIFICADO DE NOMENCLATURA VIAL; CERTIFICADO DE NUMERACIÓN PARA INMUEBLES EDIFICADOS CON DECLARATORIA DE FÁBRICA O CON LICENCIA ANTERIORES A LA LEY Nº 29090, EN EL DISTRITO DE LINCE CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1.- OBJETO El objeto de la presente ordenanza es la creación de (03) tres Procedimientos administrativos: Certi fi cado de Jurisdicción; Asignación de Numeración Municipal para Inmuebles Edi fi cados con Declaratoria de Fabrica o con Licencia Anteriores a la Ley Nº 29090; y Saneamiento Catastral de Predios para fi nes registrales, notariales y otros; así como la creación de (02) dos Servicios Prestados en exclusividad: Certi fi cado de Nomenclatura Vial y Certi fi cado de Numeración para Inmuebles Edi fi cados con Declaratoria de Fabrica o con Licencia Anteriores a la Ley Nº 29090; a cargo la Municipalidad Distrital de Lince. Artículo 2.- FINALIDAD La presente ordenanza tiene la fi nalidad de establecer la descripción, los criterios técnicos, requisitos, plazos de atención, silencio administrativo, base legal de cada uno de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; antes mencionados. Artículo 3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza es de cumplimiento obligatorio para todos los propietarios, siendo personas naturales y jurídicas; que requieran la Asignación de Numeración Municipal para Inmuebles Edi fi cados con Declaratoria de Fabrica o con Licencia Anteriores a la Ley Nº 29090; el Saneamiento Catastral de Predios para fi nes registrales, notariales y otros; y la obtención del Certi fi cado de Jurisdicción; Certi fi cado de Nomenclatura Vial y Certi fi cado de Numeración para Inmuebles Edi fi cados con Declaratoria de Fabrica o con Licencia Anteriores a la Ley Nº 29090; respecto de predios que se encuentren en la jurisdicción del distrito de Lince. Artículo 4.- DEFINICIONES Para efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente ordenanza, considérense las siguientes de fi niciones: 1. Asignación de numeración municipal: Es el procedimiento a través del cual se otorga la numeración municipal, exterior e interior, que identi fi ca a las unidades catastrales y sus partes susceptibles de numerar. Dentro de este concepto se incluye la posibilidad de redistribuir la numeración municipal asignada con anterioridad a las distintas unidades catastrales de un mismo predio, así como eliminar y/o agregar números con relación a los existentes. Esta redistribución se puede efectuar a solicitud de parte. 2. Baja de numeración municipal: Se re fi ere al cierre de o fi cio o a solicitud de parte de la numeración municipal asignada en la Base de Datos de Información Catastral, la misma que se produce en las siguientes situaciones: 1. Al existir un documento o fi cial que sustente su baja, tales como: Certi fi cado de conformidad y/o fi nalización de obra, de demolición total, licencia en vía de regularización, informes técnicos de inspecciones de obras, declaratoria de fábrica o declaratoria de edi fi cación, entre otras.2. Al veri fi car que físicamente no existe la puerta. 3. Cuando se veri fi que que la ubicación física de las puertas que cuentan con numeración o fi cial ha variado. 4. Al veri fi car que físicamente existe una demolición total (terreno sin construir) o parcial que desnaturalice la identi fi cación de la unidad catastral y/o la convierta en inhabitable. 5. Al constatarse que la asignación de numeración otorgada anteriormente no coincide con la edi fi cación actual. 6. Al contrastarse que la realidad física del predio y/o los antecedentes que obran en la municipalidad, no coinciden con la información contenida en la declaratoria de fábrica o declaratoria de edi fi cación inscrita (fechas de culminación de obras, número de pisos de la edi fi cación, etcétera). 7. Al veri fi carse la duplicidad de la numeración o error en la asignación de la numeración. 8. Otros casos que se detecten en el proceso de mantenimiento y actualización catastral. 3. Base de Datos Catastrales - BDC: Es el conjunto de datos grá fi cos y alfanuméricos que describen las características físicas, jurídicas y económicas de los predios catastrados. 4. Cartografía Básica: Es la representación grá fi ca del territorio nacional con información topográ fi ca, planimétrica y altimétrica, cuya elaboración se encuentra sujeta a la validación y normas técnicas del Instituto Geográ fi co Nacional - IGN. Esta información puede ser utilizada, entre otras fi nalidades, como base para ubicar los levantamientos catastrales de los predios. La publicación de la cartografía básica por el IGN se denomina Cartografía Básica O fi cial. 5. Cartografía Catastral: Es la representación de un conjunto de predios a escalas 1:10000, 1:5000, 1:1000 o escalas intermedias o mayores de acuerdo a las series cartográ fi cas que muestra la información topográ fi ca, planimétrica y altimétrica de los predios. 6. Catastro: Inventario público, sistemáticamente organizado, grá fi co y alfanumérico descriptivo de los bienes inmuebles urbanos, rurales y de características especiales de un país. Es el término empleado para designar una serie de registros que muestran la extensión, el valor y la propiedad (u otro fundamento del uso o de la ocupación) de la tierra. 7. Catastro urbano: Es el que tiene como propósito principal la ubicación y registro de bienes inmuebles que conforman el área urbana de un municipio. 8. Certi fi cado de Jurisdicción: Documento expedido por la Municipalidad, mediante el cual se certi fi ca que un predio se encuentra ubicado dentro de la circunscripción territorial del distrito. Este certi fi cado puede inscribirse en Registros Públicos. 9. Certi fi cado de Nomenclatura Vial: Documento expedido por la Municipalidad, mediante el cual se indica la denominación actual del nombre de la vía ubicada frente a un determinado predio, así como se hace referencia a los nombres anteriores con los que se ha ido identi fi cando anteriormente dicha vía. Este certi fi cado tiene la facultad de poder ser inscrito en los Registros Públicos. 10. Certi fi cado de numeración: Es el documento expedido por la municipalidad, mediante el cual se certi fi ca la numeración municipal asignada a las puertas de ingreso de una unidad catastral, siendo inscribible ante los Registros Públicos. Se emite exclusivamente a solicitud del propietario y solo procede en los casos que la unidad catastral cuente con numeración asignada y validada de forma de fi nitiva. Se precisa que no constituye autorización para el funcionamiento de actividades económicas. Al ser inscribible ante los Registros Públicos, en este documento se puede indicar que la numeración o fi cial que se certi fi ca reemplazará y/o adicionará a la numeración que fi gura inscrita, de acuerdo a cada caso especí fi co. 11. Condición de la numeración: Es aquella que se registrará en la Base de Datos de Información Catastral de acuerdo a las siguientes descripciones: 1. Numeración temporal (T): Es la numeración municipal exterior o interior asignada a una unidad catastral, autorizada mediante Licencia de Edi fi cación