Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Domingo 29 de setiembre de 2024 El Peruano / DE LOS INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICOS PÚBLICOS Y ESCUELAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICOS PÚBLICOS DE LA REGIÓN TACNA, lo cual permitirá la obtención y la renovación de sus licenciamientos acordes a las condiciones básicas de calidad. Artículo Segundo.- RECOMENDAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna la formulación y ejecución de Proyectos de Inversión (PI) e Inversiones en Optimización, Ampliación Marginal, Rehabilitación y Reposición (IOARR) en los institutos y escuelas referidas en el artículo primero de la presente ordenanza regional, a fi n de garantizar la continuidad del servicio educativo con una infraestructura adecuada y su fi ciente, correctamente diseñada, construida y equipada acorde a la normativa vigente. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Quinto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiéndose que sea efectuada por la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna. En la ciudad de Tacna, al día veintinueve de abril de dos mil veinticuatro. JUAN VELASQUEZ LIMACHE PresidenteConsejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 28 de mayo de 2024. LUIS RAMÓN TORRES ROBLEDO Gobernador Regional 2329096-1 Declaran de necesidad pública, prioridad e interés regional el reconocimiento internacional de área libre de moscas de la fruta en la Región Tacna CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2024-CR/GOB.REG.T ACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veintinueve de abril del dos mil veinticuatro, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, artículo 192 señala: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, son competentes para: (…) 7) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura (...) agroindustria (…) conforme a Ley”.Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece en su artículo 15 sobre atribuciones del Consejo Regional señala: “a. Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asunto y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; asimismo, en su artículo 38 establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Asimismo, en su artículo 51 respecto a sus funciones en materia agraria se señala: “(…) k) Promover y prestar servicios de asistencia técnica en sanidad agropecuaria, de acuerdo a las políticas y programas establecidos por la autoridad nacional de sanidad agraria”. Que, el Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, en su artículo 4 señala: “La Autoridad Nacional en Sanidad Agraria es el Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura (…) podrá delegar o autorizar el ejercicio de sus funciones a personas naturales o jurídicas de los sectores público y privado, para la prestación de servicios en los aspectos de sanidad agraria que ella determine, (…)”. Que, el Reglamento para el Control, Supresión y Erradicación de la Mosca de la Fruta, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 035-2002-AG, en el artículo 1 establece: “Declarar de necesidad pública y preferente interés nacional la erradicación de la plaga “Mosca Mediterránea de la Fruta” y el mantenimiento de la condición de área libre del complejo plaga “Mosca Sudamericana de la Fruta” en los departamentos de Tacna y Moquegua, (…)”. Que, mediante Resolución Directoral Nº 51-2007-AG- SENASA-DSV, publicada en el diario O fi cial “El Peruano” el 29 de diciembre de 2007, en su artículo 1 se estableció: “Declarar como Áreas Libres de Moscas de la Fruta (Ceratitis capitata y Anastrepha spp) a las Regiones de Tacna y Moquegua del Perú, (…)”. Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 008-2024-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 26 de enero de 2024 se acordó: “ARTÍCULO PRIMERO: SOLICITAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna implemente las acciones pertinentes de coordinación y colaboración recíproca con los organismos técnicos competentes a fi n de poder obtener el reconocimiento internacional de área libre de la mosca de la fruta en la Región Tacna (…)”. Que, mediante O fi cio Nº 010-2024-WHHM-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 16 de enero de 2024, emitido por el Consejero Regional Sr. Wilver H. Humire Mamani se presenta el Proyecto de Ordenanza Regional: DECLARAR DE NECESIDAD PÚBLICA, PRIORIDAD E INTERÉS REGIONAL EL RECONOCIMIENTO INTERNACIONAL DE ÁREA LIBRE DE MOSCAS DE LA FRUTA EN LA REGIÓN TACNA; propuesta que pasó a la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional para su estudio y evaluación correspondiente. Que, con el O fi cio Nº D000048-2024-MIDAGRI- SENASA-DETAC, de fecha 07 de marzo de 2024, emitido por la Dirección Ejecutiva Tacna – SENASA, que remite el Informe Nº D000015-2024-MIDAGRI-SENASA-DETAC-ASV-WQISPEF, de fecha 05 de marzo de 2024, emitido por el Jefe del Área de Sanidad Vegetal; el O fi cio Nº 066-2024- A/MPJB, de fecha 15 de marzo del 2024, emitido por el Alcalde de la Municipalidad Provincial Jorge Basadre, que remiten el Informe Nº 0197-2024-GMDE-GGM-A/MPJB de fecha 11 de marzo de 2024, emitido por el Gerente de Desarrollo Económico; el O fi cio Nº 261-2024-DAGIA- DRA.T/GOB.REG.TACNA, de fecha 21 febrero 2024, emitido por la Dirección Regional de Agricultura de Tacna, que remite el Informe Nº 03-2024-HPLF-DAGIA- DRA.T/GOB.REG.TACNA, la Dirección de Agricultura y Ganadería e Innovación Agraria; el O fi cio Nº 0047-2024- GM/MPT, de fecha 19 de marzo de 2024, emitido por la Gerencia Municipal de la Municipalidad Provincial de Tarata, que remite el Informe Nº 064-2024-CBCG-GGAyA-GM-MPT/T, de fecha 05 de marzo del 2024, emitido por la Gerencia de Gestión Ambiental y Agropecuario; el O fi cio Nº 111-2024-OGPPyMI-GM/MPT, de fecha 04 abril del 2024, emitido por el Gerente Municipal de la