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7 NORMAS LEGALES Jueves 17 de abril de 2025 El Peruano / 13.2. La ley y el reglamento pueden otorgar otras funciones. Artículo 14. Funciones del Consejo Educativo 14.1. El Consejo Educativo tiene las siguientes funciones: a. Velar por el adecuado cumplimiento de los instrumentos de planeamiento y gestión de la ESFA, así como de los logros esperados. b. Emitir opinión sobre las propuestas de mejora y la planificación de los programas de estudio, así como la creación de programas de posgrado y filiales, a propuesta del director de Gestión Académica o del director de Posgrado, según corresponda. 14.2. La ley, el reglamento y el director general pueden establecer otras funciones. Artículo 15. Funciones de la Dirección de Gestión Académica 15.1. La Dirección de Gestión Académica tiene las siguientes funciones: a. Gestionar la actividad académica de la ESFA. b. Proponer normas y procedimientos académicos. c. Supervisar el cumplimiento de los reglamentos internos en materia educativa. d. Proponer la creación, mejora y planificación de los programas de estudio, así como la creación de filiales. 15.2. La ley, el reglamento y el director general pueden establecer otras funciones. Artículo 16. Funciones de la Dirección de Investigación y Gestión Cultural 16.1. La Dirección de Investigación y Gestión Cultural tiene las siguientes funciones: a. Gestionar las actividades de investigación y gestión cultural de la ESFA. b. Proponer normas y procedimientos en materia de su competencia. c. Supervisar el cumplimiento de los reglamentos internos en materia de su competencia. d. Proponer y gestionar alianzas de cooperación institucional en beneficio de la ESFA. e. Coordinar y proveer información para la difusión de publicaciones y presentaciones artísticas al área de comunicación. 16.2. La ley, el reglamento y el director general pueden establecer otras funciones. Artículo 17. Funciones de la Dirección de Administración 17.1. La Dirección de Administración tiene las siguientes funciones: a. Organizar y dirigir la administración de los recursos. b. Gestionar la atención de las necesidades de cada órgano de la ESFA. c. Elaborar un reporte periódico respecto de la ejecución presupuestal de los recursos de la ESFA. d. Conducir los sistemas administrativos de personal, abastecimiento, recursos humanos, control previo, informática y control patrimonial en aquella ESFA constituida como unidad ejecutora. 17.2. La ley, el reglamento y el director general pueden otorgar otras funciones. Artículo 18. Funciones de la Dirección de Posgrado 18.1. La Dirección de Posgrado tiene las siguientes funciones: a. Gestionar la elaboración, revisión, modificación y ejecución de los currículos de la ESFA, en coordinación con las secciones de Maestría y Doctorado, vinculándolos con las acciones de investigación y gestión cultural. b. Coordinar y supervisar la ejecución de los procesos de gestión académica. c. Proponer al director general el número de vacantes para los procesos de admisión. d. Participar en los procesos de concurso docente para la ejecución de cada programa de posgrado. e. Proponer la creación, mejora y planificación de los programas de posgrado. 18.2. La ley, el reglamento y el director general pueden establecer otras funciones. Artículo 19. Funciones de la Unidad de Bienestar y Empleabilidad 19.1. La Unidad de Bienestar y Empleabilidad tiene las siguientes funciones: a. Supervisar e implementar acciones de seguimiento a egresados titulados de la ESFA para obtener información sobre su inserción y trayectoria laboral. b. Conformar el comité de defensa del estudiante. c. Asesorar y orientar a los estudiantes y egresados en temas vinculados a su carrera y empleabilidad. d. Dirigir, promover y difundir la bolsa de trabajo. 19.2. La ley, el reglamento y el director de gestión académica pueden otorgar otras funciones. Artículo 20. Funciones del Área de Comunicación El Área de Comunicación tiene las siguientes funciones: a. Gestionar las actividades de difusión del material artístico generado por los docentes y estudiantes de la ESFA. b. Proponer normas y procedimientos en materia de su competencia. c. Realizar y difundir publicaciones y presentaciones artísticas, en coordinación con la dirección de investigación y gestión cultural. d. Gestionar la operatividad de los elencos artísticos estudiantiles. Artículo 21. Funciones de la Secretaría Académica 21.1. La Secretaría Académica tiene las siguientes funciones: a. Suscribir y certificar, junto con el director general, los documentos oficiales de la ESFA. b. Fedatear los documentos de la ESFA. c. Refrendar las resoluciones que expida el director general y los diplomas de grado o título otorgados por la ESFA. d. Tener a su cargo los libros de actas y el registro oficial de grados y títulos. e. Administrar el Sistema de Registro de Información de la ESFA y reportar información en el Sistema de Información Universitaria o el que haga sus veces.