TEXTO PAGINA: 36
36 NORMAS LEGALES Viernes 18 de abril de 2025 El Peruano / recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector; asimismo, tienen entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; y, gestionar los per fi les de puestos; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la cual, contiene, entre otros, las reglas mínimas para que las entidades puedan elaborar, aprobar, modi fi car y actualizar su Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, el literal c) del numeral 5.1 del artículo 5 de la Directiva referida en el considerando precedente, de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, el sub numeral 6.1.7 del numeral 6.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, dispone que la Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, eleva la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos a el (la) titular de la entidad para su aprobación, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; y que de obtener la validación, el (la) titular de la entidad aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, mediante Resolución de la Secretaría General N° 152-2023, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROINVERSIÓN; Que, por Resolución de la Secretaría General N° 227- 2024 se aprueba el Compendio del Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROINVERSIÓN, considerando todas las modi fi caciones realizadas durante el año 2024; Que, mediante Resolución de la Secretaría General N° 047-2025, se aprueba la última modi fi cación del presente año del Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROINVERSIÓN; Que, en el marco referido, a través del Informe N° 00075-2025/OA/PER el Área de Personal de la O fi cina de Administración, solicita y sustenta la aprobación de la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROINVERSIÓN, en observancia de las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH; Que, con Memorándum N° 00137-2025/OPP e Informe N° 00041-2025/OPP la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROINVERSIÓN; Que, a través del Informe Legal N° 00254-2025/OAJ la O fi cina de Asesoría Jurídica, considera legalmente viable expedir la Resolución de la Secretaría General que apruebe la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de PROINVERSIÓN; Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 5.1 del artículo 5 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa, y conforme el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo N° 185-2017-EF, la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa de PROINVERSIÓN; Con los vistos de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Administración; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00150-2021-SERVIR-PE, que formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH; y, el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo N° 185-2017-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en el extremo referido a los cargos estructurales contenidos en las fi chas técnicas que como anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe) y en la sede digital de PROINVERSIÓN (www.gob.pe/proinversión), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ALARCÓN DÍAZ Secretario General PROINVERSIÓN 2391945-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan funcionarios en diversos cargos de confianza de Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento- EPS incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL OTASS SESIÓN EXTRAORDINARIA N° 007-2025- CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, en Sesión Extraordinaria N°007-2025-CD del 16 de abril de 2025, acordó designar en el cargo de con fi anza de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento- EPS incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio, en mérito a la naturaleza del cargo de con fi anza establecido en el sub numeral 3 del numeral 110.1 del artículo 110 del TUO del Decreto Legislativo N° 1280, que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, delegándoles las funciones, atribuciones y responsabilidades que le corresponden, según el siguiente detalle: Editora Perú es una empresa pública de derecho privado. Su principal objetivo, para habilitar el mandato Constitucional, es editar el Diario O fi cial El Peruano y darle publicidad a los dispositivos aprobados por las instituciones públicas y sus correspondientes autoridades. Editora Perú no es, por tanto, responsable por los contenidos de las publicaciones o fi ciales remitidas por las entidades del Estado. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES