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18 NORMAS LEGALES Sábado 19 de abril de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, según el anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DEROGAR la Resolución de Comisión Organizadora N° 0391-2024-UNAAT, de fecha 13 de noviembre de 2024. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Resolución, así como del TUPA de la UNAAT en el portal web del Diario O fi cial “El Peruano” y en la Plataforma Digital Único del Estado Peruano (sede digital www.gob.pe/unaat). Artículo Cuarto.- NOTIFICAR a la Alta Dirección y a las instancias académicas y administrativas de la UNAAT, para su conocimiento y demás fi nes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MILAGRO ROSARIO HENRIQUEZ SUÁREZ Presidente BETHZABE BARRUETA VILCHEZ Secretaria General * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2383314-1 Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno para participar en evento que se realizará en Ecuador UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1212-2025 -R-UNA Puno, 15 de abril del 2025 VISTOS: El OFICIO Nº 138-2025-D-FCS-UNA (01-04-2025), cursado por el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales de esta Casa Superior de Estudios, sobre licencia por capacitación o fi cializada a favor de los docentes de la Escuela Profesional de Sociología: Dr. EDGAR QUISPE MAMANI y M.Sc. TANIA PAOLA TORRES GONZALES, con fi nes de participación como ponentes del Workshop Internacional: Investigación en Imaginarios y Representaciones “Re fl exiones teóricas y metodológicas en torno a imaginarios y representaciones: diez años de recorrido”, con sede en la ciudad de Manta - Ecuador; y, el MEMORANDUM Nº 516-2025-SG-UNA-PUNO (15-04-2025), emitido por Secretaría General, que contiene el acuerdo de aprobación del Consejo Universitario; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18º de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, la Ley Nº 27619, que tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; en cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad; Que, el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales de esta Universidad, mediante RESOLUCIÓN DECANAL Nº 0140-2025-D-FCS-UNA (31-03-2025), aprueba la licencia por capacitación a favor de los docentes de la Escuela Profesional de Sociología: Dr. EDGAR QUISPE MAMANI y M.Sc. TANIA PAOLA TORRES GONZALES, para su participación como PONENTES del Workshop Internacional: Investigación en Imaginarios y Representaciones “Re fl exiones teóricas y metodológicas en torno a imaginarios y representaciones: diez años de recorrido”, que se realizará del 21 de abril al 02 de mayo del 2025, en la ciudad de MANTA – ECUADOR; Que, el Estatuto de la UNA-PUNO aprobado por RAU. Nº 008-2023-AU-UNA, en el art. 119 numeral 119.7, establece que es atribución del Decano de Facultad conceder licencias hasta por 30 días al personal docente de la facultad y elevar al Consejo de Facultad las de mayor duración, las que deben ser rati fi cadas por el Consejo Universitario; el art. 212 numeral 212.7 señala que es derecho del docente tener licencias con o sin goce de haber con reserva de plaza en el sistema universitario. Asimismo, el art. 93, numeral 93.16 de la citada norma estatutaria, establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGAL Nº 393-2025-OAJ-UNA-PUNO, la misma que en armonía con la normativa y consideraciones expuestas, opina que es PROCEDENTE autorizar la licencia con goce de haber por capacitación o fi cializada, para viaje al exterior, materia de la presente; precisando que al no irrogar gasto presupuestal a la entidad, no requiere publicación; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y, De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Extraordinario del 15 de abril del presente año; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior, ciudad de MANTA - ECUADOR, del Dr. EDGAR QUISPE MAMANI y M.Sc. TANIA PAOLA TORRES GONZALES, docentes de la Escuela Profesional de Sociología, Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, para su participación en calidad de PONENTES del Workshop Internacional: Investigación en Imaginarios y Representaciones “Refl exiones teóricas y metodológicas en torno a imaginarios y representaciones: diez años de recorrido”, a realizarse del 21 de abril al 02 de mayo del 2025; acorde con la RESOLUCIÓN DECANAL Nº 0140-2025-D-FCS- UNA y fundamentos descritos en la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración, la Facultad de Ciencias Sociales, Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la entidad, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PAULINO MACHACA ARI Rector LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA Secretaria General 2391403-1