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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (25/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Viernes 25 de abril de 2025 El Peruano / condiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-2025-EF”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y por el ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2393831-3 Designan Director de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 187-2025-EF/49 Lima, 24 de abril del 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Director (a) de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y,De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Alex Miguel La Torre Saldaña en el puesto Director de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ A. SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2393674-1 Ratifican representantes titular y alterno de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas ante el Consejo Normativo de Contabilidad CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 001-2025-EF/30.01 Lima, 23 de abril de 2025 VISTO: El documento CONFIEP GG-092/25, del 5 de marzo de 2025, remitido por la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, señala que el Consejo Normativo de Contabilidad se encarga de la aprobación de las normas de contabilidad de aplicación en el sector privado y en las empresas públicas, en lo que corresponda; Que, el inciso 2 del numeral 6.3 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1438, establece que el Consejo Normativo de Contabilidad está integrado por un representante elegido por un período de tres (3) años, pudiendo ser rati fi cado por igual período, por una sola vez; Que, de conformidad con el inciso 3 del numeral 6.3 del artículo 6 del citado Decreto Legislativo, el Presidente del Consejo Normativo de Contabilidad elige a los representantes, titular y alterno, de las entidades conformantes de dicho colegiado a partir de una terna que aquellas proponen, debiendo cumplir con determinados requisitos; Que, en aplicación a lo establecido en el literal c), numeral 6.2, artículo 6 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Normativo de Contabilidad, aprobado con la Resolución Ministerial Nº 293-2021-EF/30 y modi fi cado con la Resolución Ministerial Nº 238-2022-EF/30, es función del Presidente del Consejo Normativo de Contabilidad, rati fi car mediante acto resolutivo por una sola vez, a los representantes, titular y/o alterno, si así lo requieren las entidades conformantes del Consejo Normativo, por un período de tres (3) años;