Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (25/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Viernes 25 de abril de 2025 El Peruano / Que, asimismo mediante Resolución Nº 0112- 2025-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, cuyo objeto es establecer disposiciones reglamentarias destinadas al control y sanción de las infracciones en la difusión de propaganda electoral y publicidad estatal, así como a la regulación de las actividades relativas al deber de neutralidad, durante el periodo electoral; asimismo, se deja sin efecto lo dispuesto en la Resolución Nº 0047-2024-JNE; Que, el numeral 23.1 del artículo 23 y el numeral 24.1 del artículo 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, establece que el titular del pliego puede delegar la presentación del formato de solicitud (Anexo 1) de autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión y el formato de reporte posterior (Anexo 2) de publicidad estatal, al Jurado Electoral Especial; por lo que resulta necesario delegar en el/la Director/a de la O fi cina de Comunicaciones y Protocolo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la presentación de los referidos formatos ante el Jurado Electoral Especial; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas; el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral aprobado por la Resolución Nº 0112-2025-JNE; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 387-2024-MINCETUR, conforme al siguiente texto: “Artículo 3 .- Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR durante el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades en la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – Dirección General de Administración del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo: 3.1. En materia de Contrataciones del Estado bajo el alcance de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado: a) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procesos de selección cuyo valor estimado o referencial sea igual o menor a cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); comunicar al apelante las observaciones referidas a los requisitos de admisibilidad que no fueron advertidas al momento de la presentación del recurso para su subsanación; y correr traslado de la apelación a los postores que tengan interés directo en la resolución del recurso. Las actuaciones efectuadas en uso de la delegación de facultades del presente numeral deberán realizarse con arreglo al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF. 3.1.A. En materia de contrataciones bajo el alcance de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (en adelante, LGCP), y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2025-EF (en adelante, RLGCP) o normas que los sustituyan : a) Autorizar la ejecución y pago de prestaciones adicionales de obra mayores al 30% hasta un máximo de 50%, previa autorización de la Contraloría General de la República, sin perjuicio de la responsabilidad que pueda corresponder al proyectista, tratándose de obras bajo el sistema de entrega de solo construcción, de conformidad con el literal b) del numeral 64.3 de la LGCP. b) Autorizar prestaciones adicionales de obra bajo el sistema de entrega diseño y construcción, hasta un 40% con el debido sustento técnico y legal. Excepcionalmente, puede autorizar la ejecución de prestaciones adicionales hasta un 50% previa autorización de la Contraloría General de la República, de conformidad a los numerales 64.4 y 64.5 del artículo 64 de la LGCP, concordante con el literal b) del numeral 195.1 del artículo 195 de la RLGCP. c) Resolver el recurso de apelación que se presente en una compra por encargo, de conformidad con el numeral 239.4 del artículo 239 del RLGCP.” Artículo 2 .- Modi fi car el numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 387-2024-MINCETUR, conforme al siguiente texto: “Artículo 4.- Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, durante el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades en la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – Dirección General de Administración del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo: 4.1. En materia de Contrataciones del Estado bajo el alcance de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado: a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) y sus modi fi caciones, en el marco de lo dispuesto en la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01. b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modi fi caciones. c) Supervisar y ejecutar el seguimiento al proceso de plani fi cación, formulación, aprobación y ejecución oportuna del Plan Anual de Contrataciones. d) Aprobar expedientes de contratación y autorizar las contrataciones a realizarse a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, de conformidad con la normativa vigente, cuya modalidad de compra sea Gran Compra mayor a S/ 100 000,00 (Cien mil con 00/100 Soles). e) Designar a los integrantes de los Comités de Selección, así como reconformar los integrantes titulares y suplentes de los comités de los procedimientos de selección en el marco de lo establecido en la norma de contrataciones del estado vigente. f) Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección, cuando corresponda. g) Aprobar las Bases de los procedimientos de selección. h) Aprobar las Bases de contrataciones directas, así como suscribir los contratos derivados de estas y sus adendas. i) Aprobar que el Comité de Selección u órgano encargado de las contrataciones considere como válida la oferta económica y otorgue la buena pro a las ofertas que superen el valor referencial o valor estimado, según corresponda, previa certi fi cación de crédito presupuestal. j) Suscribir los contratos con los postores bene fi ciados con el otorgamiento de la buena pro, incluidos los contratos complementarios y sus modi fi caciones, en el marco del TUO de la Ley Nº 30225 y su Reglamento. k) Suscribir la resolución de contratos en el marco del TUO de la Ley de Nº 30225 y su Reglamento, así como toda documentación que resulte necesario para dicho fi n. l) Autorizar la cesión de posición contractual del contratista, de conformidad con lo establecido en el TUO de la Ley de Nº 30225 y su Reglamento. m) Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección.