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31 NORMAS LEGALES Viernes 25 de abril de 2025 El Peruano / establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, señala que la implementación de los instrumentos de la gestión fi scal de los recursos humanos del Sector Público se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, que comprende, entre otros, la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación del Presupuesto Analítico del Personal (PAP), así como brindar opinión favorable sobre el PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación; Que, el PAP es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas que corresponden a los ingresos de personal que percibe el personal activo de manera permanente, periódica, excepcional u ocasional, cuya entrega se realiza de manera regular en el tiempo, incluyendo los aportes que por ley corresponda comprendidas en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con los créditos presupuestarios aprobados; Que, el PAP es el instrumento de gestión que permite sustentar el fi nanciamiento de los cargos identi fi cados en el CAP o CAP Provisional que el MINCETUR requiere para desplegar las funciones establecidas en los documentos de gestión y que conllevan al logro de sus objetivos institucionales, el mismo que se elabora tomando en cuenta la asignación presupuestal que la Ley de Presupuesto aprueba de manera anual; Que, mediante la Directiva N° 0006-2025-EF/53.01, aprobada por la Resolución Directoral N° 008-2025-EF/53.01, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos - DGGFRH del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, establece los lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del sector público del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; Que, de conformidad con el artículo 13 de la Directiva N° 0006-2025-EF/53.01, la presentación de Solicitud de Opinión a la Propuesta del Presupuesto Analítico del Personal por parte de las entidades del sector público, debe ser realizada a través del Módulo PAP, que es la herramienta informática que permite la elaboración, presentación y evaluación de las propuestas de PAP, así como la emisión de la opinión favorable respectiva; Que, mediante Memorándum N° 901-2025-MINCETUR/ SG/OGA/OP, la O fi cina de Personal eleva el Informe N° 0248-2025-MINCETUR/SG/OGA/OP/SDP, mediante el cual la Subdirección de Personal comunica que la DGGFRH del MEF, a través del Módulo del PAP, noti fi có el 09 de abril de 2025 la aprobación del PAP del MINCETUR para el periodo 2025, por lo que corresponde a nuestra entidad, aprobar el PAP mediante acto administrativo emitido por el Titular del Pliego; Que, la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, a través del Informe N° 0064-2025-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP, de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y el Memorándum N° 353-2025-MINCETUR/SG/OGPPD, se señala que se cuenta con la disponibilidad presupuestal de recursos para la aprobación del PAP 2025 del MINCETUR; Con el visto bueno de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y la Resolución Directoral N° 008-2025-EF/53.01 que aprueba la Directiva N° 0006-2025-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales”;SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP 2025 de la UE 001: O fi cina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la remisión de una copia de la presente Resolución y su Anexo a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos - DGGFRH del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en la misma fecha, la publicación de la Resolución Ministerial y anexo, en la sede digital del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur). Regístrese, comuníquese y publíquese.ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2393508-1 CUL TURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a veintisiete unidades bibliográficas (1481-1771), pertenecientes a la Biblioteca del Convento de Santa Rosa de Ocopa RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000088-2025- VMPCIC/MC San Borja, 8 de abril del 2025VISTOS: el O fi cio N° 000294-2025-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000184-2025-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográ fi cos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, cientí fi co o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos cientí fi co, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identi fi cación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia; Que, con el O fi cio N° 000294-2025-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de veintisiete unidades bibliográ fi cas (1481-1771), pertenecientes a la Biblioteca del Convento de Santa Rosa de Ocopa;