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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (25/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Viernes 25 de abril de 2025 El Peruano / de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR presenten la posición negociadora peruana en dicha ronda de negociación; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Daisy Jennifer Olórtegui Marky, Directora (e) de la Dirección de Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, y del señor Frank Tatsuji Palomino Mamio, profesional de la Dirección de Unidad de Origen de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Yakarta, República de Indonesia, del 2 al 11 de mayo de 2025, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en el evento a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona GeográficaViáticos por día US$ Total Viáticos US$ Daisy Jennifer Olórtegui Marky3 600,00 Asia 500,00 x 6 días 3 000,00 Frank Tatsuji Palomino Mamio3 600,00 Asia 500,00 x 6 días 3 000,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los profesionales cuyo viaje se autoriza mediante la presente resolución, presentan a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento al que asisten; asimismo, presentan la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2393496-1 Modifican la R.M. N° 387-2024-MINCETUR, que delega en funcionarios del MINCETUR diversas facultades durante el Ejercicio Fiscal 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 115-2025- MINCETUR Lima, 23 de abril de 2025CONSIDERANDO:Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas a su función y siempre que la normatividad lo autorice;Que, el artículo 8 de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451, dispone que el Ministro en su calidad de más alta autoridad política del Sector puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su cargo; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 387-2024-MINCETUR, se delegó para el Ejercicio Fiscal 2025, facultades a el/la Secretario/a General, a el/la Directora/a de la O fi cina General de Administración y a el/ la Director/a de la O fi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares en la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – Dirección General de Administración del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, las cuales fueron otorgadas, entre otros aspectos y según corresponda, en materia de contrataciones del Estado; Que, el 24 de junio de 2024 se publica en el diario o fi cial “El Peruano”, la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, que tiene como fi nalidad maximizar el uso de recursos públicos en las contrataciones de bienes, servicios y obras por parte del Estado, en términos de e fi cacia, e fi ciencia y economía, de tal manera que dichas contrataciones permitan el cumplimiento oportuno de los fi nes públicos y mejoren las condiciones de vida de los ciudadanos; estableciéndose en su Vigésima Novena Disposición Complementaria Final, que la misma entrará en vigor a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación de su reglamento; Que, con fecha 22 de enero de 2025, se publicó en el diario o fi cial “El Peruano” el Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, por lo que la referida ley está vigente desde el 22 de abril de 2025; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 32069, establece que los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de la referida ley, se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria; Que, la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, dispone que a partir de la vigencia de la referida ley se deroga la Ley Nº 30225, Ley Contrataciones del Estado; Que, el artículo 25 de la Ley Nº 32069, en concordancia con los artículos 18 y 19 de su Reglamento, incluye como actores que intervienen directamente en los procesos de contratación regulados en el nuevo régimen de contratación pública, entre otros, a los siguientes: i) el Titular de la entidad y, ii) la Autoridad de la gestión administrativa; Que, conforme a lo establecido en el numeral 25.2 del artículo 25 de la Ley Nº 32069, el titular de la entidad contratante puede delegar, mediante resolución, las facultades que la mencionada ley le otorga, salvo las excepciones previstas en el Reglamento; Que, teniendo en cuenta que a partir del 22 de abril de 2025 existirán procedimientos de selección que se rijan por la Ley Nº 30225, Ley General de Contrataciones del Estado, y otros por la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, resulta necesario realizar modi fi caciones en los artículos 3, 4 y 5 de la Resolución Ministerial Nº 387-2024-MINCETUR, a fi n de precisar el marco legal de las facultades delegadas en materia de contrataciones, bajo el alcance de Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a el/la Secretario/a General, el/la Directora/a de la O fi cina General de Administración y el/la Director/a de la O fi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares en la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 035 del MINCETUR; así como incorporar la delegación de facultades en materia de contrataciones bajo el alcance de Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, en favor de el/la Secretario/a General, el/la Directora/a de la O fi cina General de Administración y el/la Director/a de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares;