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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (25/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Viernes 25 de abril de 2025 El Peruano / por fi cha-producto, determinado en el Anexo Nº 01 respectivo, se contratará exceptuándose de utilizar el referido catálogo. h) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual y suscribir la documentación derivada de los mismos, previo informe técnico del área usuaria, de corresponder, así como noti fi car la autorización o denegación de las mismas, de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 30225 y su Reglamento, incluido Acuerdo Marco, independientemente del monto contractual. i) Aprobar los Expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección. j) Aprobar expedientes de contratación y autorizar las contrataciones a realizarse a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, de conformidad con la normativa vigente, cuya modalidad de compra sea ordinaria o Gran Compra, este último igual o menor a S/ 100 000,00 (Cien mil con 00/100 Soles). k) Aprobar otras modi fi caciones al contrato cuando no resulten aplicables los adicionales y reducciones, siempre que las mismas deriven de hechos sobrevinientes a la presentación de ofertas que no sean imputables a alguna de las partes, permitan alcanzar su fi nalidad de manera oportuna y e fi ciente y no cambien los elementos determinantes del objeto, previo informe del área usuaria. l) Suscribir las adendas correspondientes que prorroguen los contratos de servicios de arrendamiento de bienes inmuebles. m) Poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado o el que haga sus veces, la existencia de indicios de la comisión de una infracción por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y otros, que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. 5.2. En materia de contrataciones bajo el alcance de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (en adelante, LGCP), y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2025-EF (en adelante, RLGCP) o normas que los sustituyan : a) Suscribir, modi fi car y resolver contratos menores, órdenes de compra y órdenes de servicio conforme a lo establecido en el artículo 228 y 229 del RLGCP. b) Aplicar las penalidades a los contratistas que incumplan con las obligaciones a su cargo, deduciéndolas de los pagos a cuenta, pagos parciales o del pago o liquidación fi nal según corresponda, en las contrataciones derivadas de los contratos menores. c) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual de los contratos menores. d) Suscribir las adendas correspondientes que prorroguen los contratos de los servicios de arrendamiento de bienes muebles. e) Poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones Públicas la existencia de indicios de la comisión de una infracción por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y otros, que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones.” Artículo 4 .- Incorporar el artículo 13 en la Resolución Ministerial Nº 387-2024-MINCETUR, conforme al siguiente texto: “Artículo 13.- Delegar en el/la Director/a de la Ofi cina de Comunicaciones y Protocolo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, durante el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades en la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – Dirección General de Administración del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo: a) Presentar el formato de solicitud (Anexo 1) de autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión al Jurado Electoral Especial, establecido en el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Período Electoral, aprobado por Resolución Nº 0112-2025- JNE. b) Presentar el formato de reporte posterior (Anexo 2) de publicidad estatal al Jurado Electoral Especial o el que haga sus veces, establecido en el artículo 24.1 del artículo 24 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Período Electoral, aprobado por Resolución Nº 0112-2025-JNE. Las facultades delegadas en los literales precedentes incluyen la suscripción de los precitados formatos y los anexos que resulten necesarios para su presentación; la solicitud y tramitación de la casilla electrónica del Jurado Nacional de Elecciones – JNE para la noti fi cación de pronunciamientos de los órganos del JNE; así como la realización de toda acción orientada al levantamiento de observaciones y del cumplimiento de las disposiciones y/o medidas correctivas, que de ser el caso, ordene el órgano competente en materia electoral, conforme a lo previsto en el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Período Electoral, aprobado por Resolución Nº 0112-2025-JNE. Artículo 5.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 6.- Los funcionarios señalados en los artículos precedentes deberán informar semestralmente al Despacho Ministerial, sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente Resolución, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre. Artículo 7.- Remitir copia de la presente Resolución a los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades antes mencionadas y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2393813-1 Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal - PAP 2025 de la UE 001: Oficina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 116-2025- MINCETUR Lima, 23 de abril de 2025 VISTOS, el Informe N° 248-2025-MINCETUR/SG/ OGA/OP/SDP, de la Sub Dirección de Personal de la O fi cina de Personal, el Memorándum N° 901-2025-MINCETUR/ SG/OGA/OP de la O fi cina de Personal y el Memorándum N° 376-2025-MINCETUR/SG/OGA, de la O fi cina General de Administración; y el Informe N° 064-2025-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP, de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y el Memorándum N° 353-2025-MINCETUR/ SG/OGPPD, de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 27790, se determina y regula el ámbito, estructura orgánica básica, competencia y funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, creado por Ley N° 27779, Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, que forma parte del Poder Ejecutivo y que constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a Ley; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modi fi catorias, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; Que, el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que