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39 NORMAS LEGALES Martes 5 de agosto de 2025 El Peruano / de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad, sin perjuicio de que dicho Órgano de Control Institucional de la Dirección Regional de Salud fue incorporado a la Contraloría General de la República (CGR) a través de la Resolución de Contraloría N° 007-2021-CG, de fecha 03 de enero de 2021, por mandato de la Ley N° 27785, este debe ser considerado en los documentos de gestión de la entidad, ya que su exclusión de la estructura organizacional limita el desarrollo de sus funciones de manera óptima, concluyendo que, en aplicación del literal a) del numeral 46.1 de los lineamientos de Organización del Estado, se sustenta la propuesta de modi fi cación del Manual de Operaciones de la Direccion Regional de Salud; Que, mediante Informe N° 66-2025-GR-HCO-DRS- DG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Salud Huánuco precisa que, el artículo 55 de los Lineamientos de Organización del Estado, señalan que la propuesta del Manual de Operaciones se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justi fi ca su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el indicado documento técnico; asimismo, precisa que el Manual de Operaciones, se aprueba por el titular del sector en el caso del Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de Alcaldía en el caso de los gobiernos regionales y locales, concluyendo que, mediante Decreto Regional N° 006- 2024-GRH/GR se aprueba el Manual de Operaciones – MOP de la Dirección regional de Salud Huánuco, en cuya estructura orgánica y funcional no está incluida el Órgano de Control Institucional y advirtiéndose que la Resolución de Contraloría N° 007-2021-CG de fecha 03 de enero 2021, implica una relación funcional con la Contraloría General de la República, efectuando su labor de acuerdo a los lineamientos y políticas establecidas por Ley, y su exclusión de la estructura organizacional, limita el desarrollo de sus funciones de manera óptima, por lo que debe ser considerada en los documentos de gestión institucional, por lo que resulta procedente la modi fi cación del MOP institucional conforme al sustento normativo y técnico descrito; Que, mediante O fi cio N° 2061-2025-GR-HCO/DRS- DG, en atención al Informe N° 00031-2025-GRH-GRDS/DRS/OEPE y al Informe N° 66-2025-GR-HCO-DRS-DG-OAJ, de la Direccion Ejecutiva de la O fi cina de Planeamiento Estratégico y de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Salud Huánuco, respectivamente, remite opinión favorable respecto a la propuesta de modi fi cación del Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Salud Huánuco, en el extremo de incorporar al Órgano de Control Institucional, por aplicación del literal a) del numeral 46.1 del artículo 46 de los Lineamientos de Organización del Estado y en cumplimiento del artículo 55 del Decreto Supremo N° 054-2028-PCM; Que, con Informe Técnico N° 00004-2025-GRH- GRPPAT/SGMTD-GACB, el especialista en Racionalización III de la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital emite opinión técnica re fi riendo que, del informe técnico sustentatorio del Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Salud – DIRESA HUÁNUCO, se puede determinar que si guarda coherencia con la determinación de productos y clientes que contemplan las fi chas técnicas de procesos, así como también cada proceso está involucrado de manera directa con los diferentes órganos y unidades orgánicas propuestas en el esquema organizacional, por lo que se garantiza la viabilidad entre órganos y procesos y a la vez generando participación a los órganos y unidades orgánicas en la producción de los productos que la entidad ofrece al ciudadano; asimismo, por aplicación del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, en su artículo 46, que establece la aprobación o modi fi cación del ROF, en su numeral 46.1, encontrándose entre los supuestos, el literal a) Por modi fi cación de la estructura orgánica. Este supuesto se da por el incremento de número de unidades de organización por nivel organizacional o niveles organizacionales, sustentándose la propuesta de modi fi cación del Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Salud, concluyendo que el proyecto MOP ha sido modi fi cado acogiéndose a las necesidades básicas y al proceso de modernización de la gestión pública en el marco de implementación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 013-2023-GRH/CR, en este caso, la Dirección Regional de Salud - DIRESA, ha formulado la modi fi cación del MOP incorporando al Órgano de Control Institucional a la estructura orgánica de la DIRESA, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 054- 2018-PCM y sus modi fi catorias, en consecuencia, se ha considerado lo más esencial que conduzca al desarrollo de la organización y por ende a la atención integral de salud a la ciudadanía de la Región Huánuco; Que, al respecto, mediante Informe Técnico N° 0005-2025-GRH-GRPPAT/SGMTD-EAAG, la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital en atención al Informe Técnico N° 00004-2025-GRH-GRPPAT/SGMTD-GACB, del especialista en Racionalización III de la citada Sub Gerencia señalando que, con Decreto Supremo N°054-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, en su artículo 53, del Manual de Operaciones, indica que el MOP es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: (…) c. La estructura orgánica al interior de los órganos académicos u órganos desconcentrados que por la magnitud de sus operaciones o por su naturaleza requieran de alguna organización interna permanente, en su artículo 53.2 contiene las funciones generales del programa, proyecto especial o del órgano desconcentrado, la función es especí fi ca de sus unidades, así como sus procesos, por lo que, de los lineamientos que establecen orientaciones sobre (…) el Manual de Operaciones -MOP (…) indica que se debe describir los procesos estratégicos, misionales u operativos y de apoyo, debiendo señalar la unidad responsable de cada proceso y las relaciones de coordinación o articulación internas y externas (…) tomando en consideración lo establecido en la Norma Técnica N° 002 -2025-PCM-SGP “Norma Técnica para la gestión por procesos en las entidades de la Administración Pública, Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2025-PCM”, contando la Dirección Regional de Salud con su Mapa de Procesos Nivel Cero (0) versión 2.0, actualizado mediante Resolución Directoral N°243- 2024-GRH/DIRESA, el cual ha sido considerada en su propuesta MOP y se puede apreciar que ha identi fi cado sus procesos estratégicos, misionales y de apoyo, el cual permite identi fi car productos relacionados a control interno, los mismos que son señalados para su incorporación en el documento O fi cio N° 000030-2025- CG/OC0691, por ello se emite opinión favorable para la aprobación del MOP de la Dirección de Salud; Que, siendo así, mediante Informe N° 192-2025-GRH- GRPPAT/SGMTD, la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital en atención al Informe Técnico N° 005-2025-GRH-GRPPAT/SGMTD-EAAG e Informe Técnico N° 004-2025-GRH-GRPPAT/SGMTD-GACB, concluye que el proyecto MOP, ha sido formulado acogiéndose al proceso de modernización de la gestión pública en el marco de Implementación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huánuco, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 054-2018- PCM, y sus modi fi catorias, formulado además acogiéndose a las necesidades básicas y al proceso de modernización de la gestión pública en el marco de implementación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 013-2023-GRH-CR, por lo que sugiere el trámite respectivo para su aprobación, por corresponder; Que, mediante Informe N° 309-2025-GRH/GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en atención al Informe N° 192-2025-GRH-GRPPAT/SGMTD, de la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, solicita su aprobación mediante Decreto Regional;