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34 NORMAS LEGALES Sábado 9 de agosto de 2025 El Peruano / y Transferencia Tecnológica - CITE, dispone que los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, tienen por objeto contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de actividades de capacitación y asistencia técnica; asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica; investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actores estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda, generando mayor valor en la transformación de los recursos, mejorando la oferta, productividad y calidad de los productos tanto para el mercado nacional como para el mercado externo, propiciando la diversi fi cación productiva; Que, asimismo, el artículo 18 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, dispone que en cuanto el CITE público tenga un alcance territorial de más de un departamento, el ITP podrá crear Unidades Técnicas a nivel nacional mediante Resolución Ejecutiva; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0035-2016-PRODUCE se crea el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua - CITEagroindustrial Moquegua, siendo su ámbito de intervención el departamento de Moquegua; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 0003-2025-ITP/PCD, se dispone adecuar el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua - CITEagroindustrial Moquegua, a fi n que se adicione a su ámbito de intervención el departamento de Tacna; Que, el numeral 8.1.1 de la Directiva N° 003-2021/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP (en adelante, la Directiva), aprobada mediante Resolución Ejecutiva N° 050-2021-ITP/DE, establece dos tipos de iniciativas para la creación de un CITE público o una Unidad Técnica: i) de o fi cio; o ii) de parte, precisando que tratándose de iniciativas de o fi cio, estas son priorizadas por el ITP, a través de la Dirección Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo; Que, en concordancia con las normas antes indicadas, el numeral 18.14 del artículo 18 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, dispone que la Dirección Ejecutiva tiene dentro de sus funciones aprobar la creación de las Unidades Técnicas de CITE; Que, mediante Acuerdo N° SO-002-006-2025-ITP/CD, contenido en el Acta de la Sesión Ordinaria N° 006-2025- ITP/CD de fecha 7 de mayo de 2025, el Consejo Directivo del ITP aprobó por unanimidad la propuesta de la iniciativa de creación de la Unidad Técnica Agroindustrial Tacna (en adelante, UT Agroindustrial Tacna); Que, de otro lado, el numeral 8.1.2 de la Directiva señala que el procedimiento para la creación de una Unidad Técnica cuenta con las siguientes tres (3) etapas: i) Elaboración de la Propuesta, ii) Evaluación de la Propuesta y iii) Aprobación de la Propuesta; Que, conforme al numeral 8.1.3 de la Directiva, la etapa de Elaboración de la Propuesta comprende la elaboración de: i) Informe de Diagnóstico y Análisis de la Demanda, el cual consolida la información del Diagnóstico de Brecha Tecnológica semi detallado (DBT-sd) a cargo del CITE público, en cuyo ámbito de acción se desarrollarán las actividades de la Unidad Técnica propuesta; e, ii) Informe de Diseño y Programación del Financiamiento, elaborado por la DO con el sustento del CITE público; Que, mediante Memorando N° 0534-2025-ITP/ DEDFO, sustentado en el Informe N° 000014-2025-ITP/ BEA-DEDFO, ambos de fecha 8 de julio de 2025, la DEDFO emite el Informe de Diagnóstico y Análisis de la Demanda que consolida el DBT-sd remitido por el CITE mediante Memorando N° 0467-2025-ITP/CITEAGRO-MOQUEGUA, de fecha 7 de julio de 2025; y otorga opinión técnica favorable señalando que la propuesta cumple con los criterios de pertinencia, su fi ciencia y enfoque estratégico;Que, asimismo, mediante el Informe N° 00025-2025- ITP/DO, de fecha 25 de julio de 2025, la DO señala que ha culminado con la elaboración del Informe de Diseño y Programación del Financiamiento, el cual recoge la propuesta elaborada por el CITE contenida en el Memorando N° 000509-2025-ITP/CITEAGRO-MOQUEGUA, de fecha 25 de julio de 2025, así como el pronunciamiento favorable respecto de la disponibilidad de recursos presupuestarios y sostenibilidad presupuestaria, emitido por la OPPM, mediante Memorando N° 4836-2025-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 0083-2025-ITP/PRESUPUESTO, ambos de fecha 25 de julio de 2025, y concluye que es viable la propuesta de la creación de la UT Agroindustrial Tacna; Que, de acuerdo al numeral 8.1.4 de la Directiva, la Etapa de Evaluación de la Propuesta comprende dos tipos de informes: i) Informe de Viabilidad Técnica y Financiera; y ii) Informe de Opinión Legal; Que, mediante Informe N° 00016-2025-ITP/DEDFO, de fecha 25 de julio de 2025, la DEDFO emite el Informe de Viabilidad Técnica y Financiera para la aprobación de la creación de la UT Agroindustrial Tacna; señalando, entre otros aspectos, que la propuesta de creación de la UT Agroindustrial Tacna se centrará en mantener los servicios actuales del CITE, ampliando su cobertura al departamento de Tacna; asimismo, que su ubicación será en el mencionado departamento; Que, asimismo, con Informe N° 343-2025-ITP/OAJ de fecha 25 de julio del 2025, la OAJ emite el Informe de Opinión Legal favorable señalando que, dado que los órganos técnicos involucrados han emitido los informes respectivos, los cuales contienen el pronunciamiento favorable respecto de la creación de la UT Agroindustrial Tacna, se cumple así con el procedimiento establecido en la Directiva, y considera jurídicamente viable su creación; Que, fi nalmente, en la Etapa de Aprobación de la Propuesta, de acuerdo con el literal A del numeral 8.1.5 de la Directiva, la Dirección Ejecutiva eleva al Consejo Directivo la propuesta de creación de la Unidad Técnica para su aprobación; Que, en ese sentido, con Memorando N° 0025-2025- ITP/SCD, de fecha 30 de julio de 2025, la Secretaria del Consejo Directivo informa que mediante Acuerdo N° SO-001-011-2025-ITP/CD, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 011-2025-ITP/CD de fecha 30 de julio de 2025, el Consejo Directivo acordó aprobar la creación de la UT Agroindustrial Tacna; Que, mediante Memorando N° 000367-2025-ITP/OAJ, de fecha 4 de agosto de 2025, la O fi cina de Asesoría Jurídica remite el proyecto de Resolución Ejecutiva que aprueba la creación de la UT Agroindustrial Tacna; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección de Operaciones, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, y; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción; la Resolución Ejecutiva N° 050-2021-ITP/DE, que aprueba la Directiva N° 003-2021-ITP/DE, Directiva de las Disposiciones para la Creación, Desarrollo Estratégico y Extinción de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE Públicos y Unidades Técnicas del ITP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la creación de la Unidad Técnica Agroindustrial Tacna - UT Agroindustrial Tacna, adscrita al Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Moquegua - CITEagroindustrial Moquegua, la cual cuenta con las siguientes características: