TEXTO PAGINA: 37
37 NORMAS LEGALES Sábado 9 de agosto de 2025 El Peruano / formal, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque ha propuesto reasignar dicha función al Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, en adición a sus funciones, por razones operativas entre otros. Quinto. Que, la viabilidad técnica y operativa de dicha propuesta ha sido evaluada favorablemente, en tanto el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén cuenta con condiciones adecuadas para una atención más continua y oportuna de los casos de fl agrancia, requisito esencial del modelo especializado. Sexto. Que, la propuesta planteada no implica una modi fi cación estructural del modelo aprobado por este Consejo, sino una adecuación funcional válida y coherente con los principios de especialización y respuesta inmediata que rigen las Unidades de Flagrancia. Sétimo. Que, el artículo 82, inciso 26) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por tales fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 1047-2025 de la trigésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 30 de julio de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modi fi car el artículo segundo de la Resolución Administrativa N.º 000169-2025-CE-PJ, disponiendo que el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, en adición a sus funciones, actúe como Juzgado de Investigación Preparatoria de Flagrancia de Jaén, con competencia funcional para todos los procesos inmediatos por delito fl agrante conforme a Ley, con sede en Jaén y competencia territorial en toda la provincia de Jaén, manteniéndose vigentes y sin modi fi cación las demás disposiciones contenidas en dicho acto resolutivo. Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque dicte medidas administrativas a efectos de que implemente los ajustes correspondientes en la programación de turnos, recursos humanos y soporte administrativo para garantizar la implementación y funcionamiento de la Unidad de Flagrancia de Jaén. Artículo Tercero.- Disponer que la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia brinde el acompañamiento técnico necesario a la Corte Superior de Justicia de Lambayeque para la adecuada instalación de la Unidad Piloto de Jaén, en coordinación con los operadores de justicia del sistema de justicia penal de fl agrancia. Artículo Cuarto.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Secretario Técnico de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta 2426245-1Prorrogan el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000282-2025-CE-PJ Lima, 8 de agosto del 2025VISTA: La Resolución Administrativa Nº 000160-2025-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000160-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogó por el término de tres meses, a partir del 12 de mayo de 2025, el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Segundo. Que, la referida Sala Suprema tiene considerable carga procesal de expedientes en trámite, situación que conlleva a disponer su continuación, la que se justi fi ca en la urgente necesidad de proseguir con la importante labor de descarga por la que fue creado el citado órgano jurisdiccional. Tercero. Que, por consiguiente, resulta pertinente disponer la prórroga del funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses; de conformidad con lo establecido en el artículo 82, inciso 18), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Cuarto. Que conforme a lo establecido por el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar las medidas necesarias para que las dependencias judiciales funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1066-2025 de la trigésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 7 de agosto de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por el término de tres meses, a partir del 12 de agosto de 2025, el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Segundo.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI Presidenta 2426249-1