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79 NORMAS LEGALES Jueves 14 de agosto de 2025 El Peruano / OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban los “Lineamientos para la contratación de bienes y servicios requeridos por la ONPE para la realización del proceso electoral Elecciones Generales 2026” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000131-2025-JN/ ONPE Lima, 11 de agosto de 2025VISTOS: El proyecto de Lineamientos para la contratación de bienes y servicios requeridos por la ONPE para la realización del proceso electoral Elecciones Generales 2026; remitidos por la Gerencia de Administración; el Informe Nº 001056-2025-SGL-GAD/ONPE, de la Subgerencia de Logística, el Informe Nº 000147-2025-GAD/ONPE, de la Gerencia de Administración, así como, el Informe Nº 000412- 2025-GAJ/ONPE; y, CONSIDERANDO: Mediante la Ley Nº 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas, publicada el 1 de agosto de 2025 en el diario o fi cial El Peruano, se introdujo una modi fi cación a la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, a través de su Sétima Disposición Complementaria Modi fi catoria; Como resultado de dicha modi fi cación, se autorizó expresamente a los organismos del Sistema Electoral a inaplicar la Ley Nº 32069 – Ley General de Contrataciones Públicas, para efectos de garantizar la ejecución oportuna de los procesos electorales, permitiéndoles contratar bienes y servicios bajo procedimientos internos especiales; Asimismo, la citada disposición establece que los organismos electorales deberán aprobar, mediante resolución del Titular de la Entidad, los procedimientos y lineamientos necesarios dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de publicada la Ley, observando los principios previstos en el artículo 5 de la Ley Nº 32069 – Ley General de Contrataciones Públicas; En este contexto normativo, los presentes lineamientos constituyen el instrumento interno que desarrolla un marco procedimental claro, fl exible y orientado a resultados, que asegura la observancia de los principios previstos en la Ley Nº 32069, aun cuando su aplicación normativa general haya sido dejada sin efecto por mandato legal. Asimismo, incorporan mecanismos de control y supervisión, disponiendo como obligación la remisión de información a la Contraloría General de la República, además de garantizar la publicidad de las contrataciones a través del portal institucional y del SEACE, según corresponda; En cumplimiento de dicho mandato legal, y considerando el carácter extraordinario, masivo y descentralizado del proceso electoral convocado mediante Decreto Supremo Nº 039-2025-PCM y el cronograma aprobado por Resolución Nº 0126-2025-JNE, resulta necesario aprobar los Lineamientos para la contratación de bienes y servicios requeridos por la ONPE para la realización de las Elecciones Generales 2026, como marco normativo interno que regule tales contrataciones bajo un enfoque de legalidad, e fi ciencia, transparencia y control; De conformidad con lo dispuesto en la Sétima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº 32416; los literales a) y b) del artículo 9 del Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS – Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; los literales a) y r) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 00125-2024-JN/ONPE; y, Con el visado de la Secretaría General, Subgerencia de Logística, Gerencia de Administración y Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los “Lineamientos para la contratación de bienes y servicios requeridos por la ONPE para la realización del proceso electoral Elecciones Generales 2026”, en el marco de lo dispuesto en la Sétima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº 32416, que modi fi ca la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, que como anexo forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración la implementación, ejecución y supervisión de los presentes lineamientos, delegándole todas las facultades necesarias para efectuar las acciones administrativas y operativas que resulten pertinentes, a fi n de asegurar el pleno cumplimiento de sus objetivos, en concordancia con la fi nalidad pública prevista en la Ley Nº 32416. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y, de esta resolución y de su anexo en la sede digital de la ONPE ubicada en la plataforma digital única del Estado peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, publíquese y comuníquese. PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 2426882-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Ordenanza que declara oficial e intangible el Himno de Pachacámac e incorpora una última estrofa ORDENANZA MUNICIPAL N° 369-2025-MDP/C Pachacámac, 4 de agosto de 2025 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC EN SESIÓN DE CONCEJO EXTRAORDINARIA, VISTOS: los acuerdos de concejo N° 107-2008 y 048-2024-MDP/C, el memorando múltiple N° 0041-2025-MDP/GTCAI y el memorando N° 00215-2025-MDP/ GTCAI cursados por la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales, el Informe N° 090-2025-MDP/GTCAI-SGDTPC emitido por la Subgerencia de Desarrollo Turístico y Patrimonio Cultural, el memorando N° 2117- 2025-MDP/OGPPM cursado por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 169-2025-MDP-GDHyPV emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal, el Informe N° 232-2025-MDP/OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el memorando N° 1190-2025-MDP/GM cursado por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del título preliminar