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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (27/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de agosto de 2025 El Peruano / formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes del TUO de la LPAG, así como el plazo señalado en el cuarto párrafo del artículo 13 de la LOM. 2.7. Asimismo, se requiere a la secretaria general de la mencionada municipalidad -o a quien haga sus veces- para que informe si en contra del acuerdo de concejo municipal a emitirse, respecto a la vacancia de la señora regidora, se interpuso recurso impugnatorio alguno o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo. 2.8. Cabe precisar que, en caso de incumplimiento de lo dispuesto en los considerandos 2.6. y 2.7. de esta resolución, se declarará la improcedencia del pedido de convocatoria de candidato no proclamado y el archivo del presente expediente, así como se remitirán copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe la conducta de cada uno de acuerdo con sus competencias. 2.9. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.9.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1.- Declarar la NULIDAD de todo lo actuado hasta la citación dirigida a doña María Tereza Bardales Montoya, regidora del Concejo Distrital de Soloco, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, para que asista a la sesión extraordinaria de concejo en la que se evaluó la vacancia seguida en su contra. 2.- REQUERIR al alcalde de la Municipalidad Distrital de Soloco, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, para que convoque a una nueva sesión extraordinaria de concejo, en la cual se dilucide y resuelva la vacancia seguida contra doña María Tereza Bardales Montoya, regidora del citado concejo municipal, respetando estrictamente las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, así como el plazo señalado en el tercer párrafo del artículo 13 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado y se archive el presente expediente, así como se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta de acuerdo con sus competencias. 3.- REQUERIR a la secretaria general de la Municipalidad Distrital de Soloco, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, o a quien haga sus veces, para que informe si en contra del acuerdo de concejo municipal a emitirse, respecto a la vacancia de doña María Tereza Bardales Montoya, regidora de la citada entidad edil, se interpuso recurso impugnatorio alguno o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado y se archive el presente expediente, así como se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta de acuerdo con sus competencias. 4.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución N° 117-2025-JNE.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, publicado el 25 de enero de 2019 en el diario oficial El Peruano. 2 Aprobado mediante la Resolución N° 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2431783-1 MINISTERIO PÚBLICO Designan fiscales en la Segunda Fiscalía Suprema Penal, en la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos y en el Distrito Fiscal de Huaura RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2584-2025-MP-FN Lima, 26 de agosto de 2025 VISTO:El o fi cio N° 430-2025-MP-FN-2°FSEDCFP e informe N° 0200-2025-MP-FN-OREF-YGRC, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio de vistos, la abogada Zoraida Avalos Rivera, fi scal suprema titular, designada en la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, solicita la reorganización del personal fi scal del despacho a su cargo por razones de dinámica organizacional. Con las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° s 2242-2019-MP-FN, 834-2021-MP-FN y 1587-2025-MP- FN, de fechas 21 de agosto de 2019, 8 de junio de 2021 y 2 de junio de 2025, respectivamente, se resolvió designar al abogado Jaime Alcides Velarde Rodríguez, fi scal adjunto supremo titular, en la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2094-2025-MP-FN, de fecha 9 de julio de 2025, se resolvió nombrar al abogado Martín Carlos Rivas Belotti, como fi scal adjunto supremo provisional, designándolo en la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos. Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 669-2024-MP-FN, de fecha 8 de marzo de 2024, se resolvió nombrar al abogado Luzgardo Ramiro González Rodríguez, como fi scal adjunto supremo provisional, designándolo en la Segunda Fiscalía Suprema Penal, con retención de su cargo de carrera. Por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1718-2024-MP-FN, de fecha 30 de julio de 2024, se resolvió nombrar al abogado William Rabanal Palacios, como fi scal adjunto supremo provisional, designándolo en la Segunda Fiscalía Suprema Penal, con retención de su cargo de carrera.