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45 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de agosto de 2025 El Peruano / PONENTES en el “V CONGRESO INTERNACIONAL DE INVESTIGACIÓN EDUCATIVA: INICIATIVAS PARA LA TRANSFORMACIÓN SOCIOEDUCATIVA”, que se realizará del 19 al 21 de agosto 2025 con sede en la Universidad de Costa Rica, ciudad de San José de Costa Rica. Solicitándose su rati fi cación; Que, la DIRECTIVA Nº 04-2023-VRI-UNA “PATROCINIO, PARA ASISTENCIA A EVENTOS CIENTÍFICOS NACIONALES E INTERNACIONALES”, aprobado mediante RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2218-2023-R-UNA, en su numeral 6.2 establece que “Se otorgará la asignación económica o bolsa de viaje únicamente, a los estudiantes y docentes, cuyos trabajos de investigación sean aceptados en eventos cientí fi cos nacionales e internacionales de relevancia para la comunidad cientí fi ca de la respectiva especialidad”; asimismo, en su numeral 6.4 señala: “El patrocinio a que se hace mención consistirá en la asignación de una bolsa de viaje para el docente (…), apoyando con el costo de los pasajes o inscripciones de los respectivos eventos cientí fi cos, hasta un (…) 60% para Latinoamérica (…).”; en cuyo marco normativo y en atención a las solicitudes de parte, mediante INFORMES Nros.: 093 y 094-2025- SECT/VRI-UNAP, del Vicerrectorado de Investigación, se recomienda autorización de Bolsa de Viaje para cubrir costos de pasajes para el viaje materia de la presente, en el equivalente al 60%, con la fuente de fi nanciamiento RDR del VRI; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido sus opiniones técnicas contenidas en: los INFORMES Nros.: 1235 y 1236-2025-UP-OPP-UNA-PUNO, de los que se in fi ere que existe marco presupuestal en la Meta SIAF 39: 5.000650 Desarrollo de Estudios, Investigación y Estadística – Desarrollo de Proyectos y Estudios de Investigación Cientí fi ca, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, en la Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, por el monto de S/. 1,415.02 Soles, para la docente Indira Iracema Gómez Arteta y S/. 1,414.80 Soles para la docente Myrna Cleofé Sánchez Rossel, afecto al Centro de Costo del Vicerrectorado de Investigación. Por su parte, la O fi cina de Asesoría Jurídica ha emitido las OPINIONES LEGALES Nros.: 596 y 625-2025-OAJ-UNA-PUNO, los cuales, en armonía con la normativa y consideraciones expuestas, contienen pronunciamiento favorable para autorizar el viaje al exterior, de las docentes antes referidas; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y, De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria del 08 de julio 2025; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior, ciudad de SAN JOSÉ DE COSTA RICA, a partir del 18 al 22 de agosto del 2025, de la Dra. INDIRA IRACEMA GÓMEZ ARTETA y Dra. MYRNA CLEOFÉ SÁNCHEZ ROSSEL, docentes del Programa de Estudios de Educación Secundaria Especialidad Lengua, Literatura, Psicología y Filosofía, Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, para participar en calidad de ponentes en el “V CONGRESO INTERNACIONAL DE INVESTIGACIÓN EDUCATIVA: INICIATIVAS PARA LA TRANSFORMACIÓN SOCIOEDUCATIVA”, que se realizará del 19 al 21 de agosto del presente año, en la Universidad de Costa Rica, ciudad de San José de Costa Rica; de conformidad con los fundamentos descritos en la parte considerativa del presente acto administrativo. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, se otorgue una bolsa de viaje por el importe de UN MIL CUATROCIENTOS QUINCE CON 02/100 SOLES (S/. 1,415.02), a favor de la Dra. INDIRA IRACEMA GÓMEZ ARTETA y UN MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 80/100 SOLES (S/. 1,414.80), a favor de la Dra. MYRNA CLEOFÉ SÁNCHEZ ROSSEL; cuyos egresos serán atendidos con cargo a la Meta SIAF 39: 5.000650 Desarrollo de Estudios, Investigación y Estadística – Desarrollo de Proyectos y Estudios de Investigación Cientí fi ca, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, afecto al Centro de Costo del Vicerrectorado de Investigación. Artículo Tercero.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Facultad de Ciencias de la Educación, Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la institución, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAULINO MACHACA ARI Rector LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA Secretaria General 2429266-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo lo actuado hasta el acto de notificación del Acuerdo de Concejo Municipal N° 012-2025-MDCH/CM, dirigido a regidora del Concejo Distrital de Chilcayoc, provincia de Sucre, departamento de Ayacucho, en el procedimiento de vacancia seguido en su contra; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN N° 0309-2025-JNE Expediente N° JNE.2025000167 CHILCAYOC - SUCRE - AYACUCHOVACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 22 de julio de 2025VISTO: el O fi cio N° 182-2025-MDCH/A, presentado el 17 de julio de 2025, mediante el cual don Juan Minaya Cabana, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chilcayoc, provincia de Sucre, departamento de Ayacucho (en adelante, señor alcalde), remitió documentación relacionada con el procedimiento de vacancia seguido en contra de doña María Luz Calderón Cadillo, regidora de dicha comuna (en adelante, señora regidora), por la causal de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 29792, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES1.1. Mediante la Resolución N° 0238-2025-JNE, del 19 de junio de 2025, este Supremo Tribunal Electoral declaró la nulidad de lo actuado hasta el acto de noti fi cación del Acuerdo de Concejo Municipal N° 012-2025-MDCH/CM, del 22 de abril de 2025, dirigido a la señora regidora; en el procedimiento de vacancia seguido en su contra por la causal prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. Dicha resolución fue recibida por la entidad edil, el 8 de julio de 2025, según cargo de la Noti fi cación N° 11186- 2025-JNE. 1.2. Con el o fi cio citado en el visto, el señor alcalde remitió, entre otros, los siguientes documentos: a) Carta N° 034-2025-MDCH/A, del 15 de julio de 2025, mediante la cual se noti fi có a la señora regidora el Acuerdo de Concejo Municipal N° 012-2025-MDCH/CM.