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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (27/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de agosto de 2025 El Peruano / “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; Resolución Viceministerial N° 53-2023-MINEDU, que Incorpora el numeral 7.7 al numeral VII. Disposiciones Complementarias, Resolución Viceministerial N° 158-2023-MINEDU, que Designa a la Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca y la Resolución Viceministerial N° 062-2024-MINEDU que designa a los Vicepresidentes de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca y en uso de las facultades conferidas por las normas vigentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje en Comisión de Servicio, a favor del Mg. WILLIAMS ROBERT RUIZ HORNA, para participar de una pasantía internacional en el Laboratorio de Neurociencia del Consumidor, bajo la tutoría de la coordinadora Mariana Gómez Mejía en la Universidad Ponti fi cia Bolivariana sede Medellín, del 18 de agosto al 06 de setiembre del 2025; asimismo, la asignación de monto por pasajes aéreo y viáticos, por la suma de S/ 13,328.00 (Trece mil trescientos veintiocho y 00/100 soles); por las consideraciones expuestas en la presente resolución y conforme al siguiente detalle: Clasificador Descripción Importe (S/) 2.3.2 1.11 Pasaje Aéreo: Lima - Medellín (Colombia) - Lima + Seguro de Viaje5,000.00 2.3.2 1.12 Viáticos (alimentación, alojamiento y movilidad local)8,328.00 Total: 5,000.00 S/ 13,328.00 Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. Artículo 3.- NOTIFICAR a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Departamento Académico de Ingeniería, al Mg. WILLIAMS ROBERT RUIZ HORNA para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CECILIA H. E. ALIAGA HERRERA Presidenta de la Comisión Organizadora JOSÉ LUIS SERVELEÓN BELLIDO Secretario General 2429027-1 Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno para participar en evento que se realizará en Costa Rica UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO DE PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2279-2025 -R-UNA Puno, 31 de julio del 2025VISTOS:Los OFICIOS Nros. 230 y 231-2025-D-FCEDUC- UNA-PUNO (27-05-2025), cursados por el Decano de la Facultad de Ciencias de la Educación – UNA-PUNO; y, el MEMORANDUM Nº 0846-2025-SG-UNA-PUNO (14-07-2025) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación de autorización de viaje al exterior, de las docentes de la Facultad de Ciencias de la Educación: Dra. INDIRA IRACEMA GÓMEZ ARTETA y Dra. MYRNA CLEOFÉ SÁNCHEZ ROSSEL, con fi nes de participación en evento internacional, con sede en la ciudad de San José de Costa Rica; CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18º de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, conforme prescribe el primer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley Nº 27619, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su artículo 2º, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4º sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10º, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”; Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA- PUNO (RAU. Nº 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”; Que, con OFICIOS Nros.: 230 y 231-2025-D-FCEDUC- UNA-PUNO, el Decano de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, hace alcance las RESOLUCIONES DE DECANATO Nros.: 271 y 272-2025-D-FCEDUC-UNA, que conceden licencia con goce de remuneraciones desde el 18 hasta el 22 de agosto de 2025 y autorizan el viaje al exterior, a las docentes: Dra. INDIRA IRACEMA GÓMEZ ARTETA y Dra. MYRNA CLEOFÉ SÁNCHEZ ROSSEL, del Programa de Estudios de Educación Secundaria Especialidad Lengua, Literatura, Psicología y Filosofía, para participar como