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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (29/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 116

116 NORMAS LEGALES Viernes 29 de agosto de 2025 El Peruano / Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM, se aprueba el reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el cual provee el marco normativo especí fi co para la implementación de los Sistemas Regionales de Gestión Ambiental; Que, según el Informe N° 0053-2025-G.R. PASCO- GGR/GRRNGMA de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la propuesta de Ordenanza Regional busca implementar el sistema regional de gestión ambiental, basándose en los órganos que desempeñan funciones ambientales y la participación de la sociedad civil, cumpliendo con los lineamientos de la Ley N° 28245 y su reglamento. Que, de acuerdo a la Conclusión 4.2 del informe técnico, la aprobación del proceso de implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de Pasco es de suma importancia, ya que a través de ello se formulará y dirigirá la Política Ambiental y Climática Regional del departamento de Pasco, abordando la problemática ambiental del departamento; Que, en la décima cuarta sesión ordinaria y cuarta sesión descentralizada de Consejo Regional de Pasco, de fecha quince de julio de dos mil veinticinco, la presidenta de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, consejera regional Hilda Victoria Blas Flores, solicita al magno consejo la dispensa de emisión del Dictamen, para la propuesta de Ordenanza Regional. Luego de un debate amplio se aprobó por unanimidad la dispensa para la no presentación del dictamen, en mérito al último párrafo del artículo 67º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368.2025-GRP/CR; Que, asimismo la presidenta de la mencionada comisión pone en consideración y ha sustentado ante el pleno del consejo regional, la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba el proceso de implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de Pasco, conforme al Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM. Luego de un debate de la propuesta de ordenanza regional, fue aprobado por unanimidad de los consejeros y consejeras presentes; Asimismo, se aprobó por unanimidad la dispensa del trámite y lectura del acta; Estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 38º de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el proceso de implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de Pasco, conforme al Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM. Artículo Segundo.- APROBAR la Hoja de Ruta para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Pasco, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente reportar semestralmente los avances del proceso de implementación al Consejo Regional y al Ministerio del Ambiente. Artículo Cuarto.- DISPENSAR, el trámite de lectura y aprobación del acta. Artículo Quinto.- Establecer que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y se publique en la sede digital institucional, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS. Artículo Sexto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En Cerro de Pasco, a los quince días del mes de julio de dos mil veinticinco. JESSICA ORTIZ ÑAHUINRIPA Presidenta del Consejo Regional POR TANTO:Mando se Publique, Registre y Cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, de fecha veintidós días de julio del año dos mil veinticinco. JUAN LUIS CHOMBO HEREDIA Gobernador Regional 2427202-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza Regional que aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado de Piura 2025-2034 ORDENANZA REGIONAL N° 527-2025/GRP-CR El Concejo Regional de Gobierno Regional de Piura.POR CUANTO:De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867, sus modi fi catorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00028-2021/CEPLAN/PCD, se aprueba la Guía para el Plan de Desarrollo Regional Concertado para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial; siendo el Plan de Desarrollo Regional Concertado el instrumento de gestión del Estado del planeamiento estratégico de mediano y largo plazo que orienta el desarrollo integral y sostenible en el territorio, buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, y promoviendo sinergias con el sector privado y la sociedad civil a nivel departamental, a fi n de alcanzar el futuro deseado para el territorio. El PDRC se elabora en base a los aportes de los actores en el territorio, siendo así un instrumento de carácter participativo y concertado; Que, la Guía para el Plan de Desarrollo Regional Concertado para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial, en la sección III - Consideraciones para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del PDRC, señala que en el proceso de formulación o actualización del PDRC se aplica el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, compuesto por cuatro fases interrelacionadas: Fase 1: El conocimiento integral de la realidad. Fase 2: Futuro Deseado. Fase 3: Políticas y Planes Coordinados. Fase 4: Seguimiento y la evaluación para la mejora continua;