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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (29/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Viernes 29 de agosto de 2025 El Peruano / LEAVES Meyen & walp”, en el “73rd International Congress and Annual Meeting of the Society for Medicinal Plant and Natural Product Research (GA), jointly with Italian Society of Phytochemistry (SIF)”, a realizarse del 31 de agosto al 03 de setiembre de 2025, en Nápoles - Italia; todo ello en ejecución del proyecto de investigación titulado: “Caracterización química, biológica, actividad antiin fl amatoria del aceite esencial y del extracto etanolico de la Baccharis latifolia (Chilca)”, seleccionado según Resolución Vicerrectoral Nº 041-2020-VRI; adjuntando para tal efecto, los siguientes documentos: a) Copia del Contrato de Financiamiento Nº IBA-IB-60-2020-UNSA, y su 1ra., 2da. y 3ra. Adenda; b) Carta de invitación expedida por la Prof. Alessandra Braca, On behalf of the Local Organizing Committee, en la que se hace constar que la docente VIRGINIA ANA DE LOS ANGELES LIZARRAGA LAZO participará en el mencionado evento; c) Copia de la Resolución Nº 1440-2025-UNSA/URH de la Unidad de Recursos Humanos, en la que se acredita el otorgamiento de la Licencia con Goce de Remuneraciones a favor de la docente VIRGINIA ANA DE LOS ANGELES LIZARRAGA LAZO, para participar en el “73rd International Congress and Annual Meeting of the Society for Medicinal Plant and Natural Product Research (GA), jointly with Italian Society of Phytochemistry (SIF)”; d) Declaración Jurada con la que la docente se compromete a servir en la Universidad el doble de tiempo que dure su licencia; e) Declaración Jurada del docente Jorge Pascual Chávez Fernández, con la que se compromete a asumir la labor lectiva de la investigadora durante su participación en el evento; y, f) Solicitudes de Descuento por Planilla de Remuneraciones de pasajes y viáticos de la docente. Que, la participación de la docente en el citado evento con fi nes de Investigación, se encuentra enmarcada dentro de los fi nes de la Universidad, descritos en los numerales 1 y 5 del artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: “6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia cientí fi ca, tecnológica, cultural y artística de la humanidad. (…)”, y “(…) 6.5 Realizar y promover la investigación cientí fi ca, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística”. Que, en tal sentido, la Unidad de Abastecimiento mediante O fi cio Nº 1601-2025-UA-DIGA de fecha 25 de agosto de 2025, ha determinado el itinerario, monto de pasajes aéreos, seguro viajero y viáticos internacionales; asimismo, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del O fi cio Nº 0757-2025-OPPM/ UNSA de fecha 25 de agosto de 2025, de acuerdo al Informe Nº 0143-2025-UPRE-UNSA de la Unidad de Presupuesto, informa que revisado el presupuesto institucional de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para el ejercicio presupuestal 2025, se cuenta con Disponibilidad Presupuestal en la Fuente de Financiamiento, Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, por el monto de S/ 17,410.35, para atender el requerimiento efectuado, según el siguiente detalle: (i) Pasajes aéreos S/ 9,620.50 (ii) Seguro Viajero S/ 166.85(iii) Viáticos S/ 7,623.00 Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, al Rectorado; SE RESUELVE:Primero.- Autorizar el viaje internacional de la DRA. VIRGINIA ANA DE LOS ANGELES LIZARRAGA LAZO, Docente de la Facultad de Ciencias Naturales y Formales de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que, en calidad de Investigadora Principal, participe con fi nes de investigación, como ponente del poster “EVALUATION OF THE ANTIOXIDANT AND ANTI-INFLAMMATORY ACTIVITY OF THE ETHANOLIC EXTRACT OF Baccharis alnifolia LEAVES Meyen & walp”, en el “73rd International Congress and Annual Meeting of the Society for Medicinal Plant and Natural Product Research (GA), jointly with Italian Society of Phytochemistry (SIF)”, a realizarse del 31 de agosto al 03 de setiembre de 2025, en Nápoles - Italia; todo ello en ejecución del proyecto de investigación titulado: “Caracterización química, biológica, actividad antiin fl amatoria del aceite esencial y del extracto etanolico de la Baccharis latifolia (Chilca)”, seleccionado con Resolución Vicerrectoral Nº 041-2020-VRI y, en atención al Contrato de Financiamiento Nº IBA-IB-60-2020-UNSA y a su 1ra., 2da. y 3ra. Adenda. Segundo.- Autorizar a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y a la Unidad de Abastecimiento, otorguen a favor de la mencionada docente, la Certi fi cación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, según el siguiente detalle: - Pasajes aéreos : S/ 9,620.50 Del 29 de agosto al 04 de setiembre de 2025. Arequipa - Lima – Nápoles (Italia) – Lima - Arequipa. - Seguro Viajero : S/ 166.85 - Viáticos : S/ 7,623.00 Del 30 de agosto al 04 de setiembre de 2025. Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la citada docente presentará un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y archívese. HUGO JOSE ROJAS FLORES Rector RUTH MARITZA CHIRINOS LAZO Secretaria General 2432406-1 Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica a España, México, Brasil e Italia como ganadores de programa de movilidad académica y de investigación UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA RESOLUCIÓN Nº 1180-2025-CU-UNH Huancavelica, 14 de agosto de 2025VISTOS: Resoluciones N°s. 1113, 1123, 1147 y 1151-2025-CU- UNH; sobre autorización de viaje al exterior del país, de 04 docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220, Cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes; El Estado reconoce la Autonomía Universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, respectivamente; Que, mediante la Resolución Nº 0652-2025-R-UNH (12.08.2025), se delega la suscripción de fi rmas de los diferentes documentos de gestión, así como de actos resolutivos de Asamblea Universitaria, Consejo