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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (29/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 117

117 NORMAS LEGALES Viernes 29 de agosto de 2025 El Peruano / Que, con Ordenanza Regional N° 381-2017/GRP-CR, publicada en el Diario O fi cial el Peruano con fecha 17 de marzo del 2017, se aprobó el Plan de Desarrollo Regional Concertado - Piura hacia el 2021, documento referente para los Planes Estratégicos Institucionales, Planes Operativos Institucionales del Gobierno Regional Piura, Planes Sectoriales, Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales, Mancomunidades Municipales, Planes Temáticos y, necesariamente, de los planes de diferente naturaleza que sean elaborados en el ámbito territorial del Departamento de Piura; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 80-2022/CEPLAN/PCD de fecha 28 de noviembre del 2022, se resolvió en su Artículo Primero: Ampliar de forma excepcional el horizonte temporal hasta el año 2027 de los Planes de Desarrollo Local Concertado que tienen su horizonte temporal hasta el año 2027, siendo aplicable a los Planes de Desarrollo Concertado que haya sido aprobados debidamente y cuenten con informe técnico del CEPLAN; y, mediante Ordenanza Regional N° 488-2023/GRP-CR, publicada en el Diario Ofi cial el Peruano con fecha 27 de setiembre de 2023, se aprueba la Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Regional Concertado-PDRC 2016-2027 del Gobierno Regional de Piura; Que, con O fi cio N° 91-2023/GRP-100040 de fecha 11 de agosto del 2023, el Director Ejecutivo del Centro Regional de Planeamiento Estratégico - CEPLAR del Gobierno Regional de Piura, remite a la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico Centro Nacional de Planeamiento Estratégico- CEPLAN el Primer entregable - FASE I: Conocimiento Integral de la realidad del PDRC Piura 2024-2034; Que, respecto a la formulación de las 3 primeras fases, cuentan con la validación del Consejo de Coordinación Regional (CCR) según constan en las Actas de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias: FASES VALIDACIÓN FECHA FASE 1: El conocimiento integral de la realidadActa de Sesión Extraordinaria CCR N° 01-202429 de Mayo de 2024 FASE 2: Futuro Deseado del PDRC PiuraActa de Sesión Ordinaria CCR N° 02-20245 de noviembre de 2024 FASE 3: Políticas y Planes Coordinados del PDRC Piura Acta de Sesión Ordinaria CCR N° 01-202529 de abril de 2025 Que, asimismo, las 03 fases cuentan con los Informes Técnicos de Evaluación y Diseño emitidos por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN - al Gobernador Regional de Piura tal y como se detalla a continuación: FASESFecha de Entrega de Informes Técnicos OFICIO FASE 1: El conocimiento integral de la realidad3 de junio de 2024Oficio N° 000558-2024-CEPLAN- DNCP FASE 2: Futuro Deseado del PDRC Piura31 de octubre de 2024Oficio N° 001016-2024-CEPLAN- DNCP FASE 3: Políticas y Planes Coordinados del PDRC Piura 13 de marzo de 2025Oficio N° 000224-2024-CEPLAN- DNCP Que, las cuatro fases son de aplicación obligatoria para la formulación y actualización de políticas y planes, sin embargo, la Fase 4: Seguimiento y la evaluación para la mejora continua, está orientada a recoger y analizar información de los indicadores de fi nidos en los planes para veri fi car el avance hacia el logro de la imagen del territorio deseado, así como el uso de los recursos asignados con ese fi n. Además, se analizan los cambios ocurridos en la vida de las personas (esperados o no esperados) y se generan informes periódicos que permiten identi fi car alternativas para mejorar políticas y planes, con respecto a su diseño o implementación, para el logro de los objetivos planteados. De esta manera, los informes de seguimiento y evaluación retroalimentan el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua que está orientado a resultados favorables para el bienestar de las personas. Por lo que dicha fase no aplica en la etapa de formulación y aprobación de Plan de Desarrollo Regional Concertado -PDRC; Que, el Centro Regional de Planeamiento Estratégico -CEPLAR- ha conducido el proceso de formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado de Piura, de manera participativa y concertada entre los diversos actores del territorio (Sector Público, Privado, Academia y Sociedad Civil) y en consenso con el Consejo de Coordinación Regional (CCR) y con el Equipo Técnico Ampliado (ETA), los cuales han cumplido con validar las tres fases de la formulación Plan de Desarrollo Regional Concertado de Piura 2025-2034, las mismas que se alinean con la Guía para el Plan de Desarrollo Regional Concertado para la mejora de planes estratégicos con enfoque territorial, aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00028-2021/CEPLAN/PCD; Que, con Acta de Sesión Ordinaria CCR N° 01-2025 de fecha 29 de abril del 2025 el Consejo de Coordinación Regional válida la tercera fase del Plan de Desarrollo Regional Concertado de Piura 2025-2034; Que, mediante Informe Técnico N° 01-2025/GRP- 100040 de fecha 12 de mayo del 2025, el Director Ejecutivo del Centro Regional de Planeamiento Estratégico - CEPLAR, informa sobre la aprobación del Plan de Desarrollo Regional Concertado de Piura 2025-2034; Que, mediante Informe N° 1517-2025/GRP-460000 de fecha 19 de mayo de 2025, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica concluye y recomienda continuar con la aprobación del PDRC 2025 2034; y, mediante proveído de fecha 10 de junio de 2025 inserto en el informe N° 1517-2025/GRP-460000, la Secretaría General remite a la Secretaría del Consejo Regional los actuados para que se tomen las acciones correspondientes; Que mediante Informe N° 034-2025/GRP-CRP- EACCR de fecha 19 de junio de 2025, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional emite opinión favorable para continuar con el procedimiento de aprobación de la presente Ordenanza, en consideración a las instrumentales e informes que dan cuenta en los actuados de la materia y mediante Dictamen N° 14-2025/GRP- CR-CPPTyAT, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial con fecha 14 de julio de 2025, recomienda al pleno del Consejo Regional la aprobación de la presente propuesta de Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria N° 08-2025 de fecha 13 de agosto de 2025, en la ciudad de San Miguel de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modi fi catorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO DE PIURA 2025 - 2034 Artículo Primero.- APROBAR el “PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO DE PIURA 2025-2034” documento referente para los Planes Estratégicos Institucionales; Planes Operativos Institucionales; Planes Sectoriales, Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales, Mancomunidades Municipales, Planes Temáticos y, necesariamente, de los planes de diferente naturaleza que sean elaborados en el ámbito territorial del Departamento de Piura. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Regional N° 488-2023/GRP-CR que aprobó la “Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Regional Concertado PDRC 2016-2027 del Gobierno Regional Piura”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinación con el Centro de Planeamiento