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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Sábado 6 de diciembre de 2025 El Peruano / Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Implementar a partir del 15 de diciembre de 2025, el tercer tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, en los siguientes órganos jurisdiccionales del distrito de El Agustino, provincia y departamento de Lima: - 1° Juzgado Civil - El Agustino - 2° Juzgado Civil - El Agustino Artículo Segundo.- Disponer que los señores magistrados y el personal contratado bajo los alcances de los Decretos Legislativos Nros. 728 y 1057 de los juzgados señalados en el artículo primero, integren el tercer tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lima Este. Artículo Tercero.- Disponer que la Corte Superior de Justicia de Lima Este, elabore el informe de reordenamiento y actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), que incluya a los órganos que conforman el tercer tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para revisión y validación por la Gerencia de Recursos Humanos de la Gerencia General del Poder Judicial y el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. Artículo Cuarto.- Disponer la aplicación de las normas contenidas en las Resoluciones Administrativas Nros. 000482-2023-CE-PJ y 000426-2025-CE-PJ; en los extremos que resulten pertinentes de aplicar por el 1° y 2° Juzgado Civil del Agustino, como órganos jurisdiccionales integrantes del tercer tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lima Este. Artículo Quinto.- Disponer que el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, informe al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre la ejecución del Plan de implementación del tercer tramo de la oralidad civil en la Corte Superior de Justicia de Lima Este. Artículo Sexto.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Corte Superior de Justicia de Lima Este, O fi cina de Productividad Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI PresidentaConsejo Ejecutivo 2466333-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Dan por terminada designación de Jefe del Órgano de Control Institucional del Hospital Huacho-Huaura-Oyón y Servicios Básicos de Salud RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 528-2025-CG Lima, 4 de diciembre de 2025VISTOS: La Hoja Informativa N° 000258-2025-CG/VCG, de la Vicecontraloría de Control Gubernamental; la Hoja Informativa N° 000003-2025-CG/GRLP-CBG, de la Gerencia Regional de Control de Lima Provincias; el Memorando N° 001341-2025-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; la Hoja Informativa N° 000913- 2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 001206-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392- 2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional designado por la Contraloría General de la República ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el período de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes del Órgano de Control Institucional termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 158- 2025-CG de 16 de abril de 2025, se designó al señor Karol Wottila Cordero Torres en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional del Hospital Huacho-Huaura-Oyón y Servicios Básicos de Salud; Que, la Vicecontraloría de Control Gubernamental, mediante la Hoja Informativa Nº 000258-2025-CG/VCG, en atención a sus competencias establecidas en el literal e) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 274-2025-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Lima Provincias para dar por terminada la designación del señor Karol Wottila Cordero Torres en el cargo de